DISPOSICIÓN 30 1997 DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN
Síntesis:
DETERMINA QUE LAS ESCUELAS COMUNES DE TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES PRIORIZARÁN LA ORIENTACIÓN Y APOYO PARA LA INTEGRACIÓN DE NIÑOS Y JÓVENES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES - ALUMNOS - ALUMNAS - PRIMARIA - MEDIA - INICIAL
Publicación:
Sanción:
02/04/1997
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN
Visto la Resolución N° 579/SED/97
y;
CONSIDERANDO:
Que
conforme la citada norma corresponde elaborar pautas de acción para dar
cumplimiento a lo dispuesto.
Que
resulta indispensable coordinar acciones entre las áreas educativas
dependientes de esta Dirección General.
Por ello,
La
directora General
DISPONE:
Art. 1°. Determínase que las
escuelas comunes de todos los nivele y modalidades priorizarán como acción
fundamental de servicio a la comunidad ka orientación y apoyo para la
integración de niños y jóvenes con necesidades educativas especiales.
Art. 2°.- Aplíquese dicha
prioridad según Nota Múltiple N° 01 elaborada por las Direcciones de Area en
todos los servicios y Coordinaciones.
Art. 3°.- Las estrategias de
intervención de cada una de las Areas, deben ser seleccionadas atendiendo la
factibilidad de la integración y los acuerdos y articulaciones entre Areas,
Supervisiones, Equipos Directivos y Docentes involucrados que respondan y
garanticen la mejor integración para cada alumno.
Art. 4°. Efectuar los seguimientos
en forma articulada e informar en el período que cada área determine los
resultados de la integración.
Art. 5°.- Regístrese, comuníquese
a las Direcciones de Areas y Coordinaciones. Cumplido, archívese.