LEY 53 1998
Síntesis:
APRUEBA - PROYECTO DE INVERSIÓN - HOSPITAL FERNÁNDEZ - MARCO CONVENIO DE PRÉSTAMO SUBSIDIARIO SUSCRIPTO ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Y EL MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL Y LA ENTONCES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - RATIFICADO POR ORDENANZA 50841 - DETERMINA FORMA DE EJECUCIÓN DEL PRÉSTAMO - CONVENIO DE PRÉSTAMO - 3931 - AR - CELEBRADO ENTRE LA NACIÓN ARGENTINA Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO - TRANSFERENCIA DE RECURSOS
Publicación:
30/09/1998
Sanción:
13/08/1998
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
17/09/1998
Artículo 1° - Apruébase el Proyecto de Inversión del Hospital "Juan A. Fernández", elaborado por la Secretaría de Salud, en el marco del Convenio de Préstamo Subsidiario suscripto entre el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y el Ministerio de Salud y Acción Social y la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, ratificado por Ordenanza N° 50.841, por la cual se transfieren a esta última los recursos provenientes del Convenio de Préstamo 3931-AR, celebrado entre la Nación Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, ello en función de lo preceptuado en el Art. 2° del antes citado ordenamiento.
Art. 2° - A los fines de la ejecución del Préstamo BIRF 3931, el mismo se regirá por los Pliegos de Bases y Condiciones para las Licitaciones Públicas Internacionales para la Provisión de Bienes y Obras Civiles, aprobado por el referido organismo, aplicándose supletoriamente la Ley de Obras Públicas. Asimismo, y conservando la competencia de los Tribunales Argentinos y el idioma español, se aprueba la introducción de otros mecanismos de solución de controversias como por ejemplo el arbitraje.
Art. 3°- Comuniquese, etcetera.OLIVERA-GRILLO