RESOLUCIÓN 43 2013 MINISTERIO PÚBLICO
Síntesis:
PROCESO DE EVALUACIÓN 2013 - PERSONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO - INSTRUMENTACIÓN - EVALUACIÓN - APROBACIÓN - PLANILLAS DE - EVALUACIÓN - DESCARGO Y OBSERVACIONES E INDICADORES DE DESEMPEÑO - GUÍA DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO PARA EVALUADORES - CRONOGRAMA - FECHAS DE INICIO Y FINALIZACIÓN - FECHA LÍMITE ENTREGA DE PLANILLAS - DESIGNACIÓN INTEGRANTES JUNTA DE EVALUADORES DE DESEMPEÑO - ASOCIACIONES GREMIALES ACTUANTES - DESIGNACIÓN VEEDOR TITULAR Y SUPLENTE POR ENTIDAD - INFORME - INTERPOSICIÓN DE RECURSOS - DICTAMEN
Publicación:
11/11/2013
Sanción:
31/10/2013
Organismo:
MINISTERIO PÚBLICO
VISTO:
Los artículos 124, 125 y 126 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, la Ley N° 1903 y las Resoluciones CCAMP N° 18/2009, que aprueba el
"Reglamento Interno de Personal del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires", y CCAMP N° 26/2012, y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le
reconoce al Ministerio Público autonomía funcional y autarquía, lo que es reafirmado
por el artículo 1° de la Ley 1903, Orgánica del Ministerio Público y por el artículo 22 de
la misma.
Que de acuerdo con el artículo 3 de la Ley N° 1903, el gobierno y administración del
Ministerio Público estarán a cargo de sus titulares, señalando su artículo 18 que la
Fiscalía General, la Asesoría General Tutelar y la Defensoría General, cada uno en su
respectiva esfera, ejercen los actos que resultaren necesarios para el cumplimiento de
las funciones encomendadas (inc. 2).
Que resulta necesario ponderar y valorar el desempeño del personal del Ministerio
Público en los términos del Sistema de Evaluación Integral de Desempeño del
Personal y Gestión de la Calidad aprobado por el Reglamento Interno de Personal del
Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Resolución CCAMP N°
18/2009, conforme con el art. 24 inc. 1 Ley 1903) con miras a determinar el nivel de
eficiencia de los recursos humanos del organismo y evaluar el cumplimiento de sus
deberes.
Que a fin de llevar a cabo el mencionado sistema de evaluación corresponde aprobar,
en cumplimiento con las disposiciones del artículo 76 del Reglamento Interno de
Personal, los instrumentos necesarios para su ejecución, a saber: planilla de
evaluación, planilla de descargo y observaciones, planilla de indicadores de
desempeño y una "Guía de evaluación de desempeño para evaluadores", que deberán
ser utilizados por todos los evaluadores del Ministerio Público.
Que los mismos recogen la correcta práctica de la evaluación de desempeño durante
períodos 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012.
Que incumbe también establecer un cronograma con los plazos para la realización de
las evaluaciones de cada área, comenzando la primera semana de noviembre y
finalizando el día 3 de diciembre 2013; y que las mismas deberán ser remitidas antes
del día 16 de diciembre del corriente.
Que corresponde asimismo constituir la Junta de Evaluación de Desempeño, en los
términos del artículo 69 del Reglamento Interno de Personal, cuyos miembros
actuarán también como coordinadores/as técnicos/as de la evaluación del desempeño
del personal en cada ámbito del Ministerio Público, debiendo estar a disposición de
los/as evaluadores/as para responder todo tipo de consultas, fiscalizar el efectivo y
oportuno cumplimiento de todas las fases del sistema, verificar la ejecución en los
plazos de cumplimiento de la citada evaluación y demás obligaciones establecidas por
los artículo 69 y 70 del Reglamento Interno de Personal.
Que mediante Resolución CCAMP N° 26/2012 se adoptó la estructura orgánica de la
Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público, junto con sus respectivas
misiones y funciones, conforme fueran aprobadas por el Plenario del Consejo de la
Magistratura en la Resolución CM N° 37/2012. Como consecuencia de ello es
necesario designar un miembro integrante de la Junta de Evaluación de Personal en
representación de la Comisión Conjunta de Administración, para que actúe también
como coordinador técnico dentro de su ámbito con idénticas funciones a las
expresadas en el párrafo anterior.
Que a dicha Junta debe invitarse asimismo a las asociaciones gremiales, a efectos de
que designan veedores/as, en cumplimiento con el artículo 71 del citado reglamento.
Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los
arts. 1, 2, 3, 5 y concordantes de la Ley N° 1903 y sus modificatorias.
Por ello,
ARTÍCULO 1°.- Iniciar el proceso de evaluación 2013 del personal del Ministerio
Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- Cada una de las ramas del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, determinará la forma de instrumentar la evaluación en su ámbito.
ARTÍCULO 3°.- Los miembros titulares de la Comisión Conjunta de Administración del
Ministerio Público evaluarán a la Secretaria General de Relaciones Interinstitucionales,
a la Secretaria General de Gestión y Administración Financiera y a la Directora
General de Auditoría Interna.
ARTÍCULO 4°.- Los agentes dependientes de las áreas referidas en el Artículo 3°
serán evaluados por sus superiores jerárquicos
ARTÍCULO 5°.- Apruébanse los modelos de planilla de evaluación, de planilla de
descargo y observaciones, y, de planilla de indicadores de desempeño, que conforman
los Anexos I, II, III de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6°.- Apruébase la "Guía de evaluación de desempeño para evaluadores"
que como Anexo IV forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 7°.- Fíjase el siguiente cronograma:
a. Fecha de inicio del Proceso de Evaluación de Desempeño del Personal del
Ministerio Público, según lo establecido en los Arts. 73 y 74 del Reglamento Interno de
Personal del Ministerio Público de la CABA: primera semana de noviembre 2013.
b. Fecha de finalización del proceso de evaluación al personal: el día 3 de diciembre
de 2013.
c. Fecha límite de entrega de las planillas: el día 16 de diciembre de 2013.
ARTÍCULO 8°.- Establecer que las planillas de evaluación deberán ser remitidas por
los evaluadores/as a las respectivas autoridades de aplicación en materia de recursos
humanos de cada rama del Ministerio Público.
ARTÍCULO 9°.- Desígnase como integrantes de la Junta de Evaluación de
Desempeño del Ministerio Público a la Lic. Karin Mancuso, en representación del
Ministerio Público Fiscal, al Dr. Guillermo M. Vinitzky, por el Ministerio Público Tutelar,
a la Dra. Mónica Fernández, por el Ministerio Público de la Defensa, y, al Dr. Alejandro
Bonani por la Comisión Conjunta de Administración.
ARTÍCULO 10°.- Invítase a las asociaciones gremiales actuantes en el Ministerio
Público a designar un/a veedor/a titular y un/a suplente por entidad, con voz pero sin
voto, en los términos del artículo 71 del Reglamento Interno de Personal.
ARTÍCULO 11°.- Una vez finalizado el procedimiento de evaluación conforme el
cronograma establecido en el Artículo 7 de la presente Resolución los miembros de la
Junta de Evaluación de Desempeño, cada uno en su respectivo ámbito elaborará un
informe con lo actuado, a fin de que se proceda a la aprobación final del procedimiento
de evaluación llevado a cabo por cada uno/a de los titulares del Ministerio Público en
su respectivo ámbito y la Comisión Conjunta de Administración en el caso de sus
dependientes. Dentro de los diez (10) días hábiles de vencido el plazo para interponer
recursos la Junta de Evaluación de Desempeño deberá emitir el dictamen
correspondiente, recomendando el temperamento a seguir en el caso de los recursos
interpuestos. Dicho dictamen, junto con los expedientes correspondientes, serán
elevados a la Comisión Conjunta de Administración a efectos de su resolución.
ARTÍCULO 12°.- Téngase presente que los/as funcionarios/as y empleados/as tendrán
derecho a interponer recurso de reconsideración contra la calificación de la Evaluación
de Desempeño, en los términos del artículo 85 del Reglamento Interno de Personal.
ARTÍCULO 13°.- Regístrese, protocolícese, publíquese en la página de Internet del
Ministerio Público y en el Boletín oficial, comuníquese al Consejo de la Magistratura,
notifíquese a los/as miembros de la Junta de Evaluación de Desempeño, a las
asociaciones gremiales actuantes en el Ministerio Público, instrúyase a las autoridades
de aplicación en materia de recursos humanos de cada ámbito del Ministerio Público
para que siguiendo la vía jerárquica correspondiente, comunique a todas las
dependencias del Ministerio Público, y oportunamente, archívese. kestelboim -
Baliero de Burundarena - Garavano
ANEXOS