RESOLUCIÓN 43 2013 MINISTERIO PÚBLICO

Síntesis:

PROCESO DE EVALUACIÓN 2013 - PERSONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO - INSTRUMENTACIÓN - EVALUACIÓN - APROBACIÓN - PLANILLAS DE - EVALUACIÓN - DESCARGO Y OBSERVACIONES  E INDICADORES DE DESEMPEÑO - GUÍA DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO PARA EVALUADORES - CRONOGRAMA - FECHAS  DE INICIO Y FINALIZACIÓN - FECHA LÍMITE ENTREGA DE PLANILLAS -  DESIGNACIÓN INTEGRANTES JUNTA DE EVALUADORES DE DESEMPEÑO - ASOCIACIONES GREMIALES ACTUANTES - DESIGNACIÓN VEEDOR TITULAR Y SUPLENTE POR ENTIDAD - INFORME - INTERPOSICIÓN DE RECURSOS - DICTAMEN

Publicación:

11/11/2013

Sanción:

31/10/2013

Organismo:

MINISTERIO PÚBLICO


VISTO:

Los artículos 124, 125 y 126 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, la Ley N° 1903 y las Resoluciones CCAMP N° 18/2009, que aprueba el

"Reglamento Interno de Personal del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires", y CCAMP N° 26/2012, y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le

reconoce al Ministerio Público autonomía funcional y autarquía, lo que es reafirmado

por el artículo 1° de la Ley 1903, Orgánica del Ministerio Público y por el artículo 22 de

la misma.

Que de acuerdo con el artículo 3 de la Ley N° 1903, el gobierno y administración del

Ministerio Público estarán a cargo de sus titulares, señalando su artículo 18 que la

Fiscalía General, la Asesoría General Tutelar y la Defensoría General, cada uno en su

respectiva esfera, ejercen los actos que resultaren necesarios para el cumplimiento de

las funciones encomendadas (inc. 2).

Que resulta necesario ponderar y valorar el desempeño del personal del Ministerio

Público en los términos del Sistema de Evaluación Integral de Desempeño del

Personal y Gestión de la Calidad aprobado por el Reglamento Interno de Personal del

Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Resolución CCAMP N°

18/2009, conforme con el art. 24 inc. 1 Ley 1903) con miras a determinar el nivel de

eficiencia de los recursos humanos del organismo y evaluar el cumplimiento de sus

deberes.

Que a fin de llevar a cabo el mencionado sistema de evaluación corresponde aprobar,

en cumplimiento con las disposiciones del artículo 76 del Reglamento Interno de

Personal, los instrumentos necesarios para su ejecución, a saber: planilla de

evaluación, planilla de descargo y observaciones, planilla de indicadores de

desempeño y una "Guía de evaluación de desempeño para evaluadores", que deberán

ser utilizados por todos los evaluadores del Ministerio Público.

Que los mismos recogen la correcta práctica de la evaluación de desempeño durante

períodos 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012.

Que incumbe también establecer un cronograma con los plazos para la realización de

las evaluaciones de cada área, comenzando la primera semana de noviembre y

finalizando el día 3 de diciembre 2013; y que las mismas deberán ser remitidas antes

del día 16 de diciembre del corriente.

Que corresponde asimismo constituir la Junta de Evaluación de Desempeño, en los

términos del artículo 69 del Reglamento Interno de Personal, cuyos miembros

actuarán también como coordinadores/as técnicos/as de la evaluación del desempeño

del personal en cada ámbito del Ministerio Público, debiendo estar a disposición de

los/as evaluadores/as para responder todo tipo de consultas, fiscalizar el efectivo y

oportuno cumplimiento de todas las fases del sistema, verificar la ejecución en los

plazos de cumplimiento de la citada evaluación y demás obligaciones establecidas por

los artículo 69 y 70 del Reglamento Interno de Personal.

Que mediante Resolución CCAMP N° 26/2012 se adoptó la estructura orgánica de la

Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público, junto con sus respectivas

misiones y funciones, conforme fueran aprobadas por el Plenario del Consejo de la

Magistratura en la Resolución CM N° 37/2012. Como consecuencia de ello es

necesario designar un miembro integrante de la Junta de Evaluación de Personal en

representación de la Comisión Conjunta de Administración, para que actúe también

como coordinador técnico dentro de su ámbito con idénticas funciones a las

expresadas en el párrafo anterior.

Que a dicha Junta debe invitarse asimismo a las asociaciones gremiales, a efectos de

que designan veedores/as, en cumplimiento con el artículo 71 del citado reglamento.

Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los

arts. 1, 2, 3, 5 y concordantes de la Ley N° 1903 y sus modificatorias.

Por ello,

LA COMISIÓN CONJUNTA DE ADMINISTRACIÓN

DEL MINISTERIO PÚBLICO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Iniciar el proceso de evaluación 2013 del personal del Ministerio

Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- Cada una de las ramas del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, determinará la forma de instrumentar la evaluación en su ámbito.

ARTÍCULO 3°.- Los miembros titulares de la Comisión Conjunta de Administración del

Ministerio Público evaluarán a la Secretaria General de Relaciones Interinstitucionales,

a la Secretaria General de Gestión y Administración Financiera y a la Directora

General de Auditoría Interna.

ARTÍCULO 4°.- Los agentes dependientes de las áreas referidas en el Artículo 3°

serán evaluados por sus superiores jerárquicos

ARTÍCULO 5°.- Apruébanse los modelos de planilla de evaluación, de planilla de

descargo y observaciones, y, de planilla de indicadores de desempeño, que conforman

los Anexos I, II, III de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Apruébase la "Guía de evaluación de desempeño para evaluadores"

que como Anexo IV forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 7°.- Fíjase el siguiente cronograma:

a. Fecha de inicio del Proceso de Evaluación de Desempeño del Personal del

Ministerio Público, según lo establecido en los Arts. 73 y 74 del Reglamento Interno de

Personal del Ministerio Público de la CABA: primera semana de noviembre 2013.

b. Fecha de finalización del proceso de evaluación al personal: el día 3 de diciembre

de 2013.

c. Fecha límite de entrega de las planillas: el día 16 de diciembre de 2013.

ARTÍCULO 8°.- Establecer que las planillas de evaluación deberán ser remitidas por

los evaluadores/as a las respectivas autoridades de aplicación en materia de recursos

humanos de cada rama del Ministerio Público.

ARTÍCULO 9°.- Desígnase como integrantes de la Junta de Evaluación de

Desempeño del Ministerio Público a la Lic. Karin Mancuso, en representación del

Ministerio Público Fiscal, al Dr. Guillermo M. Vinitzky, por el Ministerio Público Tutelar,

a la Dra. Mónica Fernández, por el Ministerio Público de la Defensa, y, al Dr. Alejandro

Bonani por la Comisión Conjunta de Administración.

ARTÍCULO 10°.- Invítase a las asociaciones gremiales actuantes en el Ministerio

Público a designar un/a veedor/a titular y un/a suplente por entidad, con voz pero sin

voto, en los términos del artículo 71 del Reglamento Interno de Personal.

ARTÍCULO 11°.- Una vez finalizado el procedimiento de evaluación conforme el

cronograma establecido en el Artículo 7 de la presente Resolución los miembros de la

Junta de Evaluación de Desempeño, cada uno en su respectivo ámbito elaborará un

informe con lo actuado, a fin de que se proceda a la aprobación final del procedimiento

de evaluación llevado a cabo por cada uno/a de los titulares del Ministerio Público en

su respectivo ámbito y la Comisión Conjunta de Administración en el caso de sus

dependientes. Dentro de los diez (10) días hábiles de vencido el plazo para interponer

recursos la Junta de Evaluación de Desempeño deberá emitir el dictamen

correspondiente, recomendando el temperamento a seguir en el caso de los recursos

interpuestos. Dicho dictamen, junto con los expedientes correspondientes, serán

elevados a la Comisión Conjunta de Administración a efectos de su resolución.

ARTÍCULO 12°.- Téngase presente que los/as funcionarios/as y empleados/as tendrán

derecho a interponer recurso de reconsideración contra la calificación de la Evaluación

de Desempeño, en los términos del artículo 85 del Reglamento Interno de Personal.

ARTÍCULO 13°.- Regístrese, protocolícese, publíquese en la página de Internet del

Ministerio Público y en el Boletín oficial, comuníquese al Consejo de la Magistratura,

notifíquese a los/as miembros de la Junta de Evaluación de Desempeño, a las

asociaciones gremiales actuantes en el Ministerio Público, instrúyase a las autoridades

de aplicación en materia de recursos humanos de cada ámbito del Ministerio Público

para que siguiendo la vía jerárquica correspondiente, comunique a todas las

dependencias del Ministerio Público, y oportunamente, archívese. kestelboim -

Baliero de Burundarena - Garavano


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4276

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 43-CCAMP-13 en su art. 1° inicia proceso de evaluación 2013 para personal del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Res. 18-CCAMP-09, Reglamento Interno de Personal del Ministerio Público.
INTEGRADA POR
Art.1, Res.53-FG-14, Aprueba evaluaciones de desempeño del Personal de la Fiscalía gral, instrumentadas por Res. 43-FG-13.