RESOLUCIÓN 308 2013 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
INCORPORACIÓN - DOCUMENTOS - MÓDULO GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES - GEDO - SISTEMA ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS-SADE - DECRETO - FUNCIONARIO CON RANGO NO INFERIOR A MINISTRO - PROGRAMA GENERAL DE ACCIÓN DE GOBIERNO - PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES - PROYECTO DE LEY- MENSAJE - DOCUMENTOS - FUNCIONARIO CON RANGO NO INFERIOR A DIRECTOR GENERAL - ANEXOS - PROYECTO DE LEY - DECRETO - FIRMADOS CON TOKEN
Publicación:
11/11/2013
Sanción:
06/11/2013
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:
La Ley N° 3.304; los Decretos Nros. 589/09 y N° 196/11, las Resoluciones Nros. 96-
SECLyT/09, 138-SECLyT/10, 1-SECLyT/11 y el Expediente N° EX-2013-05475390-
SSGPM y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública este
Gobierno ha incorporado diversas tecnologías a los trámites, actuaciones y
procedimientos de la Administración;
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos
-SADE-;
Que dicha norma facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas
reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación y
funcionamiento del SADE y sus actuaciones;
Que en consecuencia, por Resolución N° 96-SECLyT/09 y posteriormente por
Resolución N° 138-SECLyT/10 se modificó el "Reglamento para el Inicio,
ordenamiento, registro y circulación de expedientes y actuaciones administrativas";
Que dichos Reglamentos definieron los tipos de documentación administrativa que
utiliza la Administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo entre
expedientes y actuaciones administrativas;
Que, según la Resolución N° 138-SECLyT/10, constituye "documento: (la) entidad
identificada y estructurada que comprende texto, gráficos, sonido, imágenes o
cualquier clase de información inherente a los procesos administrativos";
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado
"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",
entre las actividades a desarrollar determinó la implementación del: "Documento
Electrónico: Propiciar la utilización de documentos administrativos electrónicos
firmados digital o electrónicamente";
Que por Resolución N° 1-SECLyT/11 se aprobó el Reglamento para la Generación de
Documentos Electrónicos Oficiales- GEDO-;
Que, el artículo 3° estableció que "...los Documentos Electrónicos Oficiales generados
en -GEDO- son encriptados mediante tecnología de firma digital, utilizando
identificación y clave de usuario y archivados en el repositorio único de imágenes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.";
Que asimismo, el artículo 4° de la citada Resolución, estableció que: "...las especies y
subespecies de documentos iniciados en el Módulo "GEDO" del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos serán definidos por la Secretaría Legal y
Técnica, conforme la incorporación de las nuevas herramientas de tecnología de firma
digital al sistema previsto en el Decreto N° 765/10";
Que actualmente se utiliza el Generador de Documentos Electrónicos Oficiales
-GEDO- del SADE para la creación de distintos documentos tales como informes,
providencias, y dictámenes, entre otros.
Que por Decreto N° 196/11 se implementó el Expediente Electrónico en los términos
de la Ley de Modernización;
Que a efectos de optimizar la utilización del Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos -SADE- por parte de los usuarios, corresponde incorporar al
Generador de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO- nuevos documentos
electrónicos.
Por ello y en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Incorpórense al Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales
(GEDO) del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) el
documento DECRETO que deberá ser firmado con Token.
Artículo 2°.- Incorpórense al Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales
(GEDO) del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) los
siguientes documentos, que deberán ser firmados con Token y por funcionario con
rango no inferior a Ministro:
- Programa General de Acción de Gobierno.
- Plan Plurianual de Inversiones.
- Proyecto de Ley
- Mensaje
Artículo 3°.- Incorpórense al Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales
(GEDO) del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) los
siguientes documentos, que deberán ser firmados con Token y por funcionario con
rango no inferior a Director General:
- Anexo Proyecto de Ley
- Anexo Decreto
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese
a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General de
la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la
Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese.
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