RESOLUCIÓN 649 2013 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
CREACIÓN - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO PARA EL DESARROLLO DE APTITUDES TÉCNICAS Y PROFESIONALES - PERSONAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN- CAPACITACIÓN DEL PERSONAL - CAPACITACIÓN EN OFICIOS DE ARTE - BECAS DE ESTUDIO - LÍNEA DE SUBSIDIOS - BENEFICIARIOS - OBJETIVOS - MONTO - PERSONAL ESCENOTÉCNICO - PERSONAL DE SERVICIOS AUXILIARES
Publicación:
18/11/2013
Sanción:
11/11/2013
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
VISTO:
La Ley N° 2.855, el Decreto N° 1.342/GCABA/08, el Expediente Electrónico N°
6372765/MGEYA/EATC/2013, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.855 se crea el Ente Autárquico Teatro Colón, en el ámbito
del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la
organización y competencia establecidas en esa ley, reglamentándose sus términos
mediante el Decreto N°1.342/GCABA/08;
Que la Ley citada establece, en su artículo 2°, que este Ente tiene la misión de crear,
formar, representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical sinfónico
y de cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición
histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la mencionada norma dispone, en el inciso l del artículo 14, que la Dirección
General tiene la función de planificar y ejecutar las actividades que correspondan para
el desarrollo de los objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón y de las actividades de
sus recursos humanos;
Que para tales fines es necesario promover la capacitación continua del personal que
se desempeña en el Teatro, puesto que sus labores sustentan el desarrollo de las
actividades artísticas que se llevan cabo con niveles de excelencia y que caracterizan
a las obras que desarrolla este Coliseo;
Que de esta manera la Ley 2.855 establece en su inciso k del artículo 3 que el Ente
Autárquico Teatro Colón, tiene la función de entender en la capacitación de oficios de
arte vinculados a la producción de sus espectáculos, para lo cual está facultado para
proponer y ejecutar acciones de fomento para el desarrollo de las distintas actividades
y producciones artísticas de su competencia, desarrollando programas de estímulo y el
establecimiento de premios y la adjudicación de becas de estudio;
Que en este marco, se estima oportuno y conveniente, disponer la medidas
administrativas que permitan consolidar y potenciar la capacitación continua del
personal que presta sus servicios en beneficio de este Teatro, puesto que ello no sólo
redundará en su beneficio, adquiriendo nuevos conocimientos y fortaleciendo los ya
adquiridos, sino también repercutirá de manera directa en las actividades de este
Teatro, el que se verá beneficiado por la capacitación de sus agentes;
Que en virtud de las consideraciones expuestas resulta oportuna la creación de un
programa de estimulo para la capacitación del personal que se desempeña en las
áreas escenotécnicas y de servicios auxiliares, estableciéndose una línea de subsidios
que será destinada al desarrollo y formación de sus competencias y habilidades
técnicas y profesionales;
Que en virtud de las consideraciones expuestas, se estima conveniente la creación de
un programa de capacitación destinado al personal antes citado, para lo cual deben
establecerse sus objetivos y funcionamiento mediante el dictado del acto
administrativo pertinente;
Que la Direcciones Generales de Recursos Humanos y Técnica, Administrativa y
Legal de este Ente, han tomado intervención en el marco de sus competencias.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley 2855,
Artículo 1.- Créase el "Programa de Capacitación y Entrenamiento para el desarrollo
de aptitudes técnicas y profesionales", a partir del 1° de septiembre de 2013, con
destino al personal que se desempeña en las áreas escenotécnicas y de servicios
auxiliares del Ente Autárquico Teatro Colón, que tiene como finalidad la adquisición,
actualización y fortalecimiento de las habilidades técnicas y profesionales del personal
que se desempeña en la citadas áreas.
Artículo 2.- Establézcase, en el marco del programa creado en el artículo anterior, una
línea de subsidios por solicitante y por mes con destino al personal que se desempeña
en las áreas técnicas y de servicios auxiliares de este Ente, con los objetivos, metas y
por el monto que se indica en el Anexo I adjunto, que se destinará para su
capacitación en los oficios y tareas técnicas y profesionales que desempeñan en este
Teatro.
Artículo 3.- Apruébase el modelo de solicitud del subsidio que obra como Anexo II, el
cual integra la presente resolución, que deberá ser presentado en sede de la Dirección
General Técnica Administrativa y Legal, la que verificará la calidad del peticionante y el
cumplimiento de los demás requisitos establecidos en la presente resolución.
Artículo 4.- El otorgamiento del subsidio dispuesto en la presente resolución se
materializará mediante depósito en la cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de
la Ciudad de Buenos Aires, que el beneficiario indique en el formulario de solicitud de
subsidio aprobado en el artículo precedente.
Artículo 5.- La Dirección General de Recursos Humanos de este Ente, efectuará el
seguimiento de los beneficiarios con relación al subsidio que se les otorgue y en el
marco de los objetivos previstos en el Anexo I adjunto.
Artículo 6.- El gasto que demande el otorgamiento de los subsidios aquí dispuesto
será afectado a las partidas 5.13 Becas y otros subsidios y 5.16 Actividades
científicas y académicas- del Ente Autárquico Teatro Colón.
Artículo 7.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección Ejecutiva, Gerencia
General y a todas las Direcciones Generales de este Ente. Cumplido, archívese.
García Caffi
ANEXOS