RESOLUCIÓN 199 2013 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Síntesis:
ESTABLECE LA METODOLOGÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS PLANES DE NEGOCIOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DESARROLLO EMPRENDEDOR 2013 - PROGRAMA DE FOMENTO AL ESPÍRITU Y LA CULTURA EMPRENDEDORA - APRUEBA FORMULARIOS - PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE NEGOCIOS DE EMPRENDEDORES POR LA PÁGINA WEB - DOCUMENTACIÓN - FORMATO PAPEL - INSCRIPCIONES - EQUIPOS
Publicación:
20/11/2013
Sanción:
14/11/2013
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
VISTO:
Los Decretos Nros 236/GCABA/2012, 923/GCABA/2005, las Resoluciones Nros.
41/SSDE/2013, 59/SSDE/2013, 75/SSDE/2013, 77/SSDE/2013 y 143/SSDE/2013,
144/SSDE/2013 los Informes IF-2013--SSDE y IF-2013--SSDE, y lo que surge de los
Expedientes Nro. 843535/2013, 1082650/2013, 1144371/2013, 1085247/2013,
1144352/2013, 1145173/2013, 1224049/2013, 1145042/2013,
1081725/2013,
1143867/2013, 1145868/2013, 1144943/2013, 1083755/2013, 1144114/2013,
1145525/2013, 1144750/2013, 1144754/2013, 1183058/2013, 1083204/2013,
1144750/2013, 1145173/2013, 1146301/2013; y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto 236/GCABA/2012 se determinó, entre las responsabilidades
primarias de la Subsecretaría de Desarrollo Económico las de entender en los planes,
programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires; así como, planificar, instrumentar y coordinar los
programas, proyectos y actividades necesarios para la consolidación y desarrollo de
los distintos actores económicos en un marco de desarrollo sustentable, promoviendo
la radicación de actividades industriales y comerciales, de servicios y de tecnología, a
las pequeñas, medianas y grandes empresas y la innovación tecnológica;
Que, mediante el Decreto N° 923/GCABA/2005 se creó el Programa "Red Institucional
de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", con el objetivo de
promover el desarrollo, fortalecimiento y mejora de las capacidades de la red de
organizaciones que prestan apoyo a las empresas porteñas; estableciendo en su
artículo 7° como Autoridad de Aplicación a la actual Subsecretaría de Desarrollo
Económico;
Que mediante la Resolución N° 41/SSDE/2013 se convocó al concurso "Desarrollo
Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora", en
el marco del citado Decreto, convocando a las Organizaciones y Entidades No
Gubernamentales calificadas para brindar patrocinio y asistencia a nuevas empresas y
emprendedores, con el objetivo de participar en acciones específicas destinadas a
mejorar la inserción productiva y/o comercial de nuevos o incipientes proyectos
productivos y/o de negocios por parte de nuevos emprendedores;
Que, en virtud de ello, un total de veintiún (21) instituciones no gubernamentales y/o
educativas inscriptas en el Registro de Entidades de Apoyo a MIPyMEs, creado por la
Resolución N° 61/SSPRODU/2006 y su modificatorias, presentaron propuestas
técnicas sobre el desarrollo de acciones de apoyo y tutoría de emprendimientos,
dentro de los plazos establecidos en las Bases y Condiciones que rigen el presente
concurso;
Que así, mediante la Resolución N° 75/SSDE/2013, fueron aprobadas las propuestas
de las entidades que, a juicio de esta autoridad de aplicación, demostraron
antecedentes y capacidades para desarrollar actividades de difusión, asistencia
técnica y apoyo personalizado a emprendedores en las distintas áreas geográficas de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el presente programa tiene como objetivo promover una mayor difusión de la
práctica y la cultura emprendedora en estratos de la población de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires no cubiertos por programas públicos y/o privados tradicionales,
propiciando el surgimiento y el desarrollo de nuevos proyectos de negocios y/o la
mejora en la gestión de iniciativas productivas o comerciales ya existentes;
Que, en este contexto, a través de la Resolución 77/SSDE/2013 fue aprobada la
convocatoria a inscripción de los interesados en participar de las actividades del
programa "Desarrollo Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la
Cultura Emprendedora";
Que en este estado de cosas, mediante la Resolución N° 143/SSDE/2013 fueron
declarados como beneficiarios MIL SETECIENTOS CINCO (3705) emprendedores
inscriptos;
Que, a su vez, la Resolución N° 143/SSDE/2013 incorporó como sedes del Programa
"Desarrollo Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura
Emprendedora", a las las Sedes Comunales (ex CGPCs) N° 2, 6, 10 y 13, el Distrito
Audiovisual - "El Dorrego" y el Distrito Tecnológico - "Parque de los Patricios";
Que, en tal sentido la Resolución N° 144/SSDE/2013 aprobó las comisiones en las que
se llevan a cabo las actividades correspondientes al Programa "Desarrollo
Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora";
Que, en el punto 4.2, Anexo I de la Resolución N° 41/SSDE/2013 se estableció, que el
tercer pago a las entidades beneficiarias consistiría en un aporte que se realizará al
finalizar el programa, en atención a cada plan de negocio desarrollado por
participantes de este programa, que sea presentado ante esta Subsecretaría y
aprobado por la misma,
Que asimismo, se determinó que se definirían oportunamente tanto los requisitos de
detalle de admisibilidad que deberán cumplir dichos planes de negocios a efectos de
ser considerados para su evaluación, como el formato de presentación y la fecha tope
para la entrega formal de los mismos en la SSDE;
Que en tal sentido, resulta necesario instituir, la metodología para la presentación por
parte de las Entidades patrocinantes de planes de negocios pertenecientes a los
emprendedores incluidos en la Resolución N° 143/SSDE/2013;
Que para tal efecto, se encuentra habilitado un aplicativo vía Web creado en la
dirección www.programabae.mdebuenosaires.gob.ar, a través del cual, previa alta del
proyecto por parte de la entidad, se deberá adjuntar los documentos estipulados en el
punto II.2 del Anexo I, que se aprueba como parte integrante de la presente
Resolución;
Que, confirmada el alta del proyecto en el aplicativo, deberán presentar la
documentación solicitada en el punto II.3, del Anexo I, que se aprueba como parte
integrante de la presente Resolución, entre los días hábiles en el horario de 11 a 16
hs, hasta el día 28 de noviembre de 2013;
Que, en éste orden de ideas cabe destacar que la Resolución N°41/SSDE/2013,
estipuló en el Punto 4.2 la metodología de pagos a las entidades, instituyendo la
escala de aportes según los siguientes parámetros: si la entidad seleccionada
presenta entre 1 y 12 planes de negocios, recibirá un aporte de PESOS
SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 650) por cada plan admitido; si la entidad seleccionada
presenta más de 12 planes de negocios, recibirá un aporte de PESOS
OCHOCIENTOS TREINTA ($ 830) por cada plan admitido por esta Subsecretaría;
Que, por lo expuesto, resulta procedente establecer la metodología para la
presentación, por parte de las entidades participantes, de los planes de negocios
elaborados por los emprendedores en el marco del Programa "Desarrollo
Emprendedor 2013";
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1° - .Establécese la Metodología para la presentación, por parte de las
entidades participantes, de los planes de negocios elaborados por los emprendedores
en el marco del Programa "Desarrollo Emprendedor 2013, Programa de Fomento al
Espíritu y la Cultura Emprendedora", que como Anexo I IF-2013-06514237- SSDE,
forma parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Apruébanse los formularios de "Información General" - Anexo II- IF-2013-
06514508-SSDEy "Planes de Negocios" -Anexo III - F-2013-06514703- SSDE, los
cuales forman parte de la presente; para ser presentados por parte de las entidades
participantes en el presente programa. El mismo, deberá ser completado por el
emprendedor el cual deberá ser acompañado al plan de negocios, refrendado por la
respectiva entidad patrocinante.
Artículo 3° - Establécese que para el análisis de los proyectos presentados por parte
de las entidades patrocinadoras, la Autoridad de Aplicación tomará en consideración
aquellos proyectos a desarrollarse o en desarrollo en el territorio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que a su juicio sean económicamente sustentables.
Artículo 4° - Determínese que las entidades patrocinadoras podrán presentar los
proyectos de negocios de emprendedores, dando de alta el proyecto vía Web en el
aplicativo creado para tal efecto en la dirección
www.programabae.mdebuenosaires.gob.ar, adjuntando los documentos solicitados en
el punto II.2 del Anexo I, que forma parte integrante de la presente. Confirmada el alta
del proyecto en el aplicativo, deberán presentar la documentación solicitada en el
punto II.3 del presente los días hábiles en el horario de 11 a 16 hs., hasta el día 28 de
noviembre de 2013, en la Mesa de Entradas de la Subsecretaría de Desarrollo
Económico, sita en Algarrobo 1041, Barracas, Ciudad Autónoma de Buenos.
Artículo 5° - Determínese que las entidades patrocinadoras podrán presentar los
proyectos de negocios de emprendedores en formato papel adjuntando los
documentos solicitados en el punto II.2 del Anexo I, que forma parte integrante de la
presente, para lo cual, deberán presentar la documentación solicitada los días hábiles
en el horario de 11 a 16 hs., hasta el día 28 de noviembre de 2013, ante la Mesa de
Entradas de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, sita en Algarrobo 1041 ,
Barracas, Ciudad Autónoma de Buenos
Artículo 6° - Establécese que en caso de que los proyectos sean desarrollados por
más de un inscripto al mentado programa, solo podrán ser presentados una única vez,
debiendo mencionar a todos los integrantes del equipo emprendedor.
Artículo 7° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Avogadro
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4283