RESOLUCIÓN 559 2013 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

AMPLÍA EL PLAZO ESTABLECIDO POR RESOLUCIÓN  30-AGC-13 - ADECUACIÓN DE  NATATORIOS A LA NORMATIVA VIGENTE - AGENCIA GUBERNAMETAL DE CONTROL 

Publicación:

28/11/2013

Sanción:

15/11/2013

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


VISTO:

LA LEY N°

2.624, LA RESOLUCION N°

30/AGC/13, LA NOTA N°

6330652/DGFYC/13, Y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), entidad

autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, a efectos de controlar,

fiscalizar y regular -en las condiciones que lo reglamente el Sr. Jefe de Gobierno- el

ejercicio del poder de policía amplio, con el alcance normado en el plexo jurídico

respectivo;

Que mediante el dictado de la Resolución N° 30/AGC/13 se estableció un plazo de

ciento ochenta (180) días para que aquellos natatorios que se encuentran actualmente

en funcionamiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, alcanzados por las

prescripciones del Capitulo 11.15 del Código de Habilitaciones y Verificaciones, se

adecúen a la normativa vigente;

Que en virtud de la Nota N° 6330652/DGFYC/13 el Director General de la Dirección

General de Fiscalización y Control solicitó ampliar el plazo establecido en la

Resolución N° 30/AGC/13, por ciento ochenta (180) días a idénticos fines;

Que en tal sentido, informa que a la fecha se mantienen las circunstancias que

ameritaron el dictado de la Resolución 30/AGC/13, por lo tanto resulta pertinente y

beneficiosa la ampliación de dicho plazo;

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo a efectos de ampliar el

plazo establecido en la mencionada Resolución, de manera de lograr una transición

ordenada y a efectos de alcanzar la adecuación de los mencionados natatorios a las

normas aplicables;

Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, de la Dirección General Legal y

Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley N°

2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE

Artículo 1.- Amplíase el plazo establecido por la Resolución N° 30/AGC/13 por ciento

ochenta (180) días a fin de que los natatorios que actualmente se hallen funcionando

en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, alcanzados por las prescripciones del

Capitulo 11.15 del Código de Habilitaciones y Verificaciones, se adecúen a la

normativa vigente.

Artículo 2.- Vencido el plazo establecido en el artículo anterior solo podrán continuar

en funcionamiento, aquellos natatorios que cuenten con la constancia de inicio del

trámite correspondiente, otorgada por la Dirección General de Habilitaciones y

Permisos ó el Organismo pertinente, conforme las normas aplicables.

Artículo 3.- Encomiéndase a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la

Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esa AGC, poner en conocimiento

de la presente a los natatorios que actualmente se hallen funcionando en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, alcanzados por las prescripciones del Capitulo 11.15 del

Código de Habilitaciones y Verificaciones

Artículo 4.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones

Generales de Habilitaciones y Permisos, de Fiscalización y Control, de Fiscalización y

Control de Obras, todas ellas de esta AGC. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 de la Res. 559-AGC-13, amplia el plazo establecido por la Resolución 30/AGC/13.