DISPOSICIÓN 3480 2013 DIRECCION GENERAL ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

ANULACIÓN - DISPOSICIÓN 3239-DGOEP-13 - DISEÑO ÚNICO DE ESCAPARATE PARA LA EXHIBICIÓN Y VENTA DE FLORES NATURALES EN EL ESPACIO PÚBLICO - CÓDIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES - MOBILIARIO URBANO Y EQUIPAMIENTO - QUIOSCOS DE VENTA DE FLORES

Publicación:

02/12/2013

Sanción:

27/11/2013

Organismo:

DIRECCION GENERAL ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PUBLICO


VISTO:

las Leyes N° 4013 y N° 4484; los Decretos N° 408/2011, y N° 339/2012; y los

Expedientes N° 2.487.729/2012 y N° 5.565.816/2013; y

CONSIDERANDO:

Que la venta en el espacio público de flores naturales, plantas de adorno, ikebana y

otros elementos ornamentales afines se encuentra contemplada en el Capítulo 11.6.

del Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 11.6.4. del Código de Habilitaciones y Verificaciones estipula que la

exhibición y venta de dichas mercaderías se efectuará mediante escaparates muebles,

cuyas características reglamentará el Poder Ejecutivo;

Que con fecha 20 de diciembre de 2012 se sancionó la Ley N° 4.484, cuyo artículo 2°

declaró a los escaparates de exhibición y venta de flores naturales como elementos de

mobiliario urbano;

Que conforme el artículo 25 de la Ley N° 4.013 el Ministerio de Ambiente y Espacio

Público tiene entre sus objetivos el de diseñar e implementar las políticas relativas al

mobiliario urbano;

Que conforme lo dispuesto por el Decreto N° 339/2012 es competencia de la Dirección

General de Ordenamiento del Espacio Público supervisar las acciones de

conservación, cuidado y renovación del mobiliario urbano;

Que la Ordenanza N° 40.333 define parámetros constructivos generales para los

mencionados escaparates, sin que ello resulte suficiente para evitar la proliferación de

disímiles diseños y formatos, derivando ello en un impacto negativo en el espacio

público con alto grado de polución visual;

Que en el año 2004 se llevó a cabo un Concurso Nacional de Ideas para el diseño de

todos los elementos de mobiliario urbano y equipamiento para la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, promovido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

conforme lo dispuesto por la Ley N° 1.083 y organizado por la Sociedad Central de

Arquitectos;

Que entre los elementos de mobiliario urbano objeto del concurso se incluyeron los

quioscos de venta de flores naturales, resultando ganador el trabajo N° 29 presentado

por los arquitectos Juan Manuel Maseda y Silvina De Gennaro;

Que en el marco del Expediente N° 410.524/2012 esta Dirección General de

Ordenamiento del Espacio Público convocó a los mencionados profesionales a fin de

desarrollar, sobre la base del diseño ganador, un elemento tipo para toda la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que en mérito a ello, se desarrolló una nueva solución técnica y de diseño que,

respetando las pautas de la Ordenanza N° 40.333 y el Capítulo 11.6 del Código de

Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad de Buenos Aires, satisface los

requerimientos para el adecuado ejercicio de la actividad, en óptimas condiciones de

higiene y seguridad, atendiendo a los criterios de razonabilidad en la ocupación del

espacio público y de uniformidad estética con los restantes elementos del mobiliario

urbano de la ciudad;

Que conforme a lo expuesto anteriormente, fue suscripta con fecha 1 de noviembre de

2013 la Disposición N° 3.239-DGOEP-2013 en virtud de la cual se aprobó el diseño

único de escaparate para la exhibición y venta deflores naturales en el espacio público

en los términos del artículo N° 11.6.4 del Código de Habilitaciones y Verificaciones;

Que asimismo se incorporó como Anexo I de la mencionada Disposición N° 3.239-

DGOEP-2013 la documentación técnica del diseño aprobado, compuesta ésta por

planos de arquitectura, de detalle y lineamientos de identidad visual;

Que dicho acto administrativo fue publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad

Autónoma de Buenos N° 4275 de fecha 8 de noviembre de 2013;

Que con posterioridad a la publicación de la Disposición N° 3.239-DGOEP-2013 en el

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y en forma previa a su implementación

en el espacio público, se advirtieron diversos errores materiales en los planos que

componen el Anexo I de la misma, entre los que se encuentran la utilización de un

modelo de escudo de la Ciudad anterior al actualmente vigente, y errores en diversas

cotas que resultan ilegibles;

Que los mencionados errores son susceptibles de ser trasladados a los elementos que

en función de la documentación técnica se deben fabricar y emplazar en el espacio

público, siendo una posibilidad cierta la materialización de un producto final

discrepante con el mismo diseño que se pretende implementar;

Que por tal motivo corresponde proceder a la anulación de la Disposición N° 3.239-

DGOEP-2013 y del Anexo I que la integra, y proceder a la subsanación de los

mencionados errores;

Que ha tomado intervención la Coordinación de Asuntos Jurídicos y Normativos

dependiente de esta Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público,

emitiendo el correspondiente Dictamen Legal;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias conforme los Decretos N°

408/2011, 660/2011, 339/2012 y 342/2013;

EL DIRECTOR GENERAL DE ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE:

Artículo 1°.- Anúlase la Disposición N° 3.239-DGOEP-2013 y el Anexo I que integra la

misma, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos N° 4275 de

fecha 8 de noviembre de 2013.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese a la Gerencia Operativa de Mobiliario Urbano

dependiente de la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público. Cumplido,

archívese. Alabuenas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
Art 1 de la Disp 3480-DGOEP-13 anula la Disposición 3239-DGOEP-2013 y el Anexo I que integra la misma.