RESOLUCIÓN 905 2013 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

MODIFICACIÓN - RESOLUCIÓN 357-AGIP-13 - DIRECTOR GENERAL DE RENTAS - CONVALIDACIÓN DE DICTAMEN DE RECOMENDACIÓN DE EFECTUAR DENUNCIA POR PRESUNTA COMISIÓN DE LOS DELITOS CONTEMPLADOS EN LA LEY PENAL TRIBUTARIA- DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS- ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - PROCEDIMIENTO - COMPETENCIAS - TUTELA DE LAS HACIENDAS LOCALES -DENUNCIAS PENALES - PROCEDIMIENTO

Publicación:

04/12/2013

Sanción:

27/11/2013

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

La Ley 2603 (BOCBA 2846), Ley Nacional 24.769 y modificatorias, Ley 4.661 (BOCBA

4246), Resolución 357/AGIP/2013 (BOCBA 4163), y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la incorporación de la tutela de las haciendas locales a la Ley

Penal Tributaria - Ley Nacional 24.769 y modificaciones-, esta administración tributaria

comenzó un proceso de creación y adecuación de distintas áreas, a los fines de llevar

adelante las funciones encomendadas a los órganos de recaudación;

Que mediante la Resolución N° 357-AGIP-2013 se resolvió incorporar entre las

funciones de la Dirección General de Rentas la competencia exclusiva respecto a la

coordinación, análisis, seguimiento, asesoramiento, resolución y administración de las

facultades conferidas a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos en lo

relativo a los delitos de índole Penal Tributario;

Que la citada resolución creó, dependiendo de la Dirección de Asuntos Jurídicos y de

Gestión, la División Penal Tributaria, otorgándole competencia para dictaminar

respecto a la necesidad o no de realizar la denuncia prevista en el artículo 18 de la Ley

24.769 y sus modificaciones, cuando se esté potencialmente en presencia de los

delitos establecidos por dicha norma;

Que en labor de llevar a cabo las denuncias penales pertinentes, deviene necesario

simplificar y concentrar la competencia en una única área especializada;

Que en atención a la importancia y la celeridad de aquellas causas de índole penal

tributario, se debe establecer un procedimiento ágil para la realización de las

denuncias, procurando que en el proceso desde que se confirma el dictamen hasta su

efectiva concreción, se materialicen lo más pronto posible y se proteja la reserva de

las actuaciones, evitando fuga de información que puede ser perjudicial para el

desarrollo de las actuaciones en sede judicial.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

El ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°.- Sustitúyese el texto del artículo 5° de la Resolución 357/AGIP/2013

(BOCBA 4163) por el siguiente: "Artículo 5: Determínese que, en aquellos casos en

que el Director General de Rentas convalide el dictamen en el que se recomienda

efectuar la denuncia por presunta comisión de los delitos contemplados en la Ley

Penal Tributaria, la misma será incoada por el Director General de Rentas."

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, al Ministerio Público Fiscal de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Cumplido, archívese. Walter

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res 905-AGIP- 13 determina competencias en el marco del proceso de creación y adecuación de distintas áreas, en función de la incorporación de la tutela de las haciendas locales a la Ley Penal Tributaria - Ley Nacional 24.769
MODIFICA
Art 1 de la Res 905-AGIP-13 sustituye el texto del art 5 de la Res 357-AGIP-13.