RESOLUCIÓN 357 2013 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

INCORPORACIÓN DE FUNCIONES - INCORPORA FUNCIONES A LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - ÁREA ESPECIALIZADA QUE ASUMA COMPETENCIAS DE ÍNDOLE PENAL - COORDINACIÓN  ANÁLISIS SEGUIMIENTO ASESORAMIENTO RESOLUCIÓN Y ADMINISTRACIÓN - DELITOS DE INDOLE PENAL TRIBUTARIO - CREA LA DIVISIÓN PENAL TRIBUTARIO - MODIFICA LA DENOMINACIÓN DE LA DIRECCIÓN ASISTENCIA Y COORDINACIÓN LEGAL ADMINISTRATIVA LA CUAL PASARÁ A DENOMINARSE DIRECCIÓN ASUNTOS JURÍDICOS Y DE GESTIÓN - DESIGNA A MIGUEL ANGEL INCHAUSTI COMO ASESOR JURÍDICO - LEY PENAL TRIBUTARIA

Publicación:

29/05/2013

Sanción:

22/05/2013

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

La Ley 2603 (B.O. N° 2846), la Ley Nacional 24.769 y 26.375, las Resoluciones N°

500/AGIP/2008 (B.O. N° 3091) y sus modificatorias, N° 983/AGIP/2011 (B. O. N° 3808

12/12/2011), N° 721/AGIP/2012 (B. O. N° 4009 - 05/10/2012) y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a

establecer la estructura de la referida Administración;

Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/2008 y sus modificatorias se aprobó la

Estructura Orgánica Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos;

Que la Ley nacional 26.375 configuró la tipificación de los Delitos Tributarios en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que en el artículo 18 y siguientes de la norma actualizada, se invistió al organismo

recaudador con diversas competencias, entre las cuales se encuentra la de realizar la

denuncia penal respectiva y la de poder asumir la función de querellante particular.

Que en virtud de los antedicho, resulta imperioso establecer un área especializada que

asuma competencias de índole penal, ya sea para dictaminar, asesorar y/o coordinar

aquellos procesos que pudiesen terminar con una denuncia ante la justicia, como así

también establecer el órgano responsable de materializar dicha denuncia y

eventualmente querellar conforme lo establece la actual ley Penal Tributaria.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

El ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL

DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°.- Incorpórese a las funciones de la Dirección General de Rentas, la

competencia exclusiva

respecto a la coordinación, análisis, seguimiento,

asesoramiento, resolución y administración, de las facultades conferidas a la

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos en lo relativo a los delitos de

índole Penal Tributario, quedando dichas funciones conforme el Anexo I de la

presente, el cual forma parte integral de la misma.

Artículo 2°.- Añádase a las funciones de la Dirección Asistencia y Coordinación Legal

Administrativa las potestades operativas para ejercer las competencias en materia

Penal Tributario, quedando dichas funciones conforme el Anexo II, siendo el mismo

parte integral de la presente,

Artículo 3°.- Créase en la Dirección Asistencia y Coordinación Legal Administrativa,

dependiente de la Dirección General de Rentas, la División Penal Tributario con las

competencias que se indican en el Anexo III, dependiendo jerárquicamente dicha

división conforme el Anexo IV, y procédase a modificar la denominación de la dirección

primera, la cual pasará a denominarse, Dirección Asuntos Jurídicos y de Gestión,

siendo ambos anexos parte integral de la presente.

Artículo 4°.- Desígnese como asesor jurídico de la división ut supra generada, en

carácter ad honorem, al Dr. Miguel Angel Inchausti DNI 23.969.330.

Artículo 5°.- Determínese que, en aquellos casos en que el Director General de Rentas

convalide el dictamen en el que se recomienda efectuar la denuncia por presunta

comisión de los delitos contemplados en la Ley Penal Tributaria, deberá materializar la

misma con el patrocinio letrado de la Dirección General Legal y Técnica dependiente

de esta administración, previo toma de conocimiento por el Administrador

Gubernamental de Ingresos Públicos-

Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, al Ministerio Público Fiscal de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Cumplido, archívese. Walter


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4163

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Art. 1 de la Dispo. 24-DGR-13, aprueba lineamientos y procedimientos, que tienen como fin coordinar y organizar el circuito administrativo de las actuaciones con incumbencia en materia Penal Tributario, en el marco de la Res. 357-AGIP-13.
MODIFICA
Art. 1 de la Res. 357-AGIP-13, incorpora funciones de la Dirección General de Rentas.- Art. 2 añade a las funciones de la Dirección Asistencia y Coordinación Legal Administrativa las potestades operativas para ejercer las competencias en materia Penal Tributario. -Art. 3 crea en la Dirección Asistencia y Coordinación Legal Administrativa la División Penal Tributario y cambia la denominación de la dirección primera, la cual pasará a denominarse, Dirección Asuntos Jurídicos y de Gestión, modificando la Res. 500-AGIP-08.
INTEGRADA POR
Art. 1 de la Res. 821-AGIP-13, establece que los dictámenes que suscriba la Dirección de Asuntos Jurídicos y de Gestión, en cumplimiento de las funciones que le fueron asignadas, mediante Res. 357-AGIP-13, respecto de la aplicación de la Ley Penal Tributaria, tienen el carácter de Documento Reservado.
MODIFICADA POR
Art 1 de la Res 905-AGIP-13 sustituye el texto del art 5 de la Res 357-AGIP-13.
MODIFICADA POR
Art 2 de la Res 64-AGIP-14 modifica las funciones de la Dir Asuntos Jurídicos y de Gestión de la DG de Rentas, establecidas en el Anexo II de la Res 357-AGIP-13. Art 3 modifica funciones de la División Penal Tributario, establecidas en el Anexo III de la citada Resolución.
CESADA POR
<p>Art. 18 de la Resolución Nro 319-AGIP-15, cesa a Manuel Esteban Balestretti como Director  de Asuntos Jurídicos y de Gestión, designado mediante Resolución Nro 357-AGIP-13.</p>