RESOLUCIÓN 64 2014 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

FACULTADES DEL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS - COMPETENCIAS - DETERMINACIÓN DE CONVENIENCIA - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS- CALIDAD DE QUERELLANTE EN DENUNCIAS - LEY PENAL TRIBUTARIA - ESTRUCTURA ORGÁNICA - ORGANIZATIVA - MODIFICACIÓN DE FUNCIONES - DIRECCIÓN ASUNTOS JURÍDICOS Y DE GESTIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - DIVISIÓN PENAL TRIBUTARIO - DIRECCIÓN ASUNTOS JURÍDICOS Y DE GESTIÓN- DESIGNACIÓN DE JEFE DE LA DIVISIÓN PENAL TRIBUTARIO - JUAN IGNACIO NIGRELLI - REGLAMENTACIÓN - PRESENTACIÓN DE LAS DENUNCIAS EN MATERIA DE LA LEY PENAL TRIBUTARIA - DESIGNACIÓN DE REPRESENTACIÓN EN LAS TRAMITACIONES DE LAS DENUNCIAS O QUERELLAS RELATIVAS A LA LEY PENAL TRIBUTARIA-PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PENAL TRIBUTARIO - CÓDIGO FISCAL

Publicación:

06/02/2014

Sanción:

03/02/2014

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

LA LEY N° 2603 (BOCBA N° 2846), LA RESOLUCIÓN N° 500/AGIP/2008 (BOCBA N°

3091) Y SUS MODIFICATORIAS, LA RESOLUCIÓN N° 357/AGIP/2013 (BOCBA N°

4163) Y SU MODIFICATORIA RESOLUCIÓN N° 905/AGIP/2013 (BOCBA N° 4291), Y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a

establecer la estructura funcional de la referida Administración;

Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/2008 y sus modificatorias se aprobó la

Estructura Orgánica Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos;

Que en el marco de la incorporación de la tutela de las haciendas locales a la Ley

Penal Tributaria -Ley Nacional N° 24.769 y modificatorias-, esta Administración

comenzó un proceso de creación y adecuación de distintas áreas, a los fines de llevar

adelante las funciones encomendadas por la misma a los órganos de recaudación;

Que mediante la Resolución N° 357/AGIP/2013 se resolvió incorporar entre las

funciones de la Dirección General de Rentas la competencia exclusiva respecto a la

coordinación, análisis, seguimiento, asesoramiento, resolución y administración de las

facultades conferidas a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos en lo

relativo a los delitos de índole Penal Tributario;

Que la citada resolución creó la División Penal Tributario dependiendo de la Dirección

de Asuntos Jurídicos y de Gestión de la Dirección General de Rentas, otorgándole

competencia para dictaminar respecto a la procedencia de efectuar la denuncia

prevista en el artículo 18 de la Ley N° 24.769 y sus modificatorias, cuando se esté

potencialmente en presencia de los delitos establecidos por dicha norma;

Que el Código Fiscal (T.O. 2013) ha sido modificado por la Ley N° 4807 (BOCBA N°

4306), incorporando el Capítulo XVII bis referido al Procedimiento Administrativo Penal

Tributario;

Que tal incorporación autoriza a la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos a constituirse como querellante en aquellas causas de índole Penal

Tributario, exceptuándola de la limitación general establecida en el Código Procesal

Penal de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de la especialidad de la materia;

Que en consecuencia deviene necesario adecuar las competencias establecidas

oportunamente en la Resolución N° 357/AGIP/2013 y su modificatoria;

Que asimismo resulta oportuno proceder a la designación del agente responsable de

la División Penal Tributaria.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

El ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1.- Establécese que el Director General de Rentas procederá, en forma

exclusiva, a determinar la conveniencia de la Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos para actuar en calidad de querellante en las denuncias efectuadas

dentro del marco de la Ley Penal Tributaria.

Artículo 2.- Modifícanse las funciones de la Dirección Asuntos Jurídicos y de Gestión

de la Dirección General de Rentas establecidas en el Anexo II de la Resolución N°

357/AGIP/2013 y su modificatoria, por las que obran como Anexo I, el que a todos sus

efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 3.- Modifícanse las funciones de la División Penal Tributario de la Dirección

Asuntos Jurídicos y de Gestión de la Dirección General de Rentas establecidas en el

Anexo III de la Resolución N° 357/AGIP/2013 y su modificatoria, por las que obran

como Anexo II, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 4.- Desígnase, provisoriamente por un plazo de ciento veinte (120) días

hábiles, al Dr. Juan Ignacio Nigrelli FC N° 453.845, como Jefe de la División Penal

Tributario dependiente de la Dirección Asuntos Jurídicos y de Gestión de la Dirección

General de Rentas.

Artículo 5.- Facúltase a la Dirección General de Rentas a:

a. Dictar la reglamentación necesaria relativa a la presentación de las denuncias en

materia de la Ley Penal Tributaria;

b. Dictar la reglamentación necesaria relativa al ejercicio del rol de querellante en

causas de índole Penal Tributario;

c. Designar al/los funcionario/s que ejercerán su representación en las tramitaciones

de las denuncias o querellas relativas a la Ley Penal Tributaria.

Artículo 6.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y comuníquese al Ministerio de Hacienda, al Ministerio Público Fiscal de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Subsecretaría de

Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y a todas las áreas

dependientes de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido,

archívese. Walter


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4334

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art 1 de la Res 64-AGIP-14 establece que el Director General de Rentas procederá, en forma exclusiva, a determinar la conveniencia de la AGIP para actuar en calidad de querellante en las denuncias efectuadas dentro del marco de la Ley Penal Tributaria, Ley 24769.
MODIFICA
Art 2 de la Res 64-AGIP-14 modifica las funciones de la Dir Asuntos Jurídicos y de Gestión de la DG de Rentas, establecidas en el Anexo II de la Res 357-AGIP-13. Art 3 modifica funciones de la División Penal Tributario, establecidas en el Anexo III de la citada Resolución.