RESOLUCIÓN 64 2014 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
FACULTADES DEL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS - COMPETENCIAS - DETERMINACIÓN DE CONVENIENCIA - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS- CALIDAD DE QUERELLANTE EN DENUNCIAS - LEY PENAL TRIBUTARIA - ESTRUCTURA ORGÁNICA - ORGANIZATIVA - MODIFICACIÓN DE FUNCIONES - DIRECCIÓN ASUNTOS JURÍDICOS Y DE GESTIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - DIVISIÓN PENAL TRIBUTARIO - DIRECCIÓN ASUNTOS JURÍDICOS Y DE GESTIÓN- DESIGNACIÓN DE JEFE DE LA DIVISIÓN PENAL TRIBUTARIO - JUAN IGNACIO NIGRELLI - REGLAMENTACIÓN - PRESENTACIÓN DE LAS DENUNCIAS EN MATERIA DE LA LEY PENAL TRIBUTARIA - DESIGNACIÓN DE REPRESENTACIÓN EN LAS TRAMITACIONES DE LAS DENUNCIAS O QUERELLAS RELATIVAS A LA LEY PENAL TRIBUTARIA-PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PENAL TRIBUTARIO - CÓDIGO FISCAL
Publicación:
06/02/2014
Sanción:
03/02/2014
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO:
LA LEY N° 2603 (BOCBA N° 2846), LA RESOLUCIÓN N° 500/AGIP/2008 (BOCBA N°
3091) Y SUS MODIFICATORIAS, LA RESOLUCIÓN N° 357/AGIP/2013 (BOCBA N°
4163) Y SU MODIFICATORIA RESOLUCIÓN N° 905/AGIP/2013 (BOCBA N° 4291), Y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a
establecer la estructura funcional de la referida Administración;
Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/2008 y sus modificatorias se aprobó la
Estructura Orgánica Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos;
Que en el marco de la incorporación de la tutela de las haciendas locales a la Ley
Penal Tributaria -Ley Nacional N° 24.769 y modificatorias-, esta Administración
comenzó un proceso de creación y adecuación de distintas áreas, a los fines de llevar
adelante las funciones encomendadas por la misma a los órganos de recaudación;
Que mediante la Resolución N° 357/AGIP/2013 se resolvió incorporar entre las
funciones de la Dirección General de Rentas la competencia exclusiva respecto a la
coordinación, análisis, seguimiento, asesoramiento, resolución y administración de las
facultades conferidas a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos en lo
relativo a los delitos de índole Penal Tributario;
Que la citada resolución creó la División Penal Tributario dependiendo de la Dirección
de Asuntos Jurídicos y de Gestión de la Dirección General de Rentas, otorgándole
competencia para dictaminar respecto a la procedencia de efectuar la denuncia
prevista en el artículo 18 de la Ley N° 24.769 y sus modificatorias, cuando se esté
potencialmente en presencia de los delitos establecidos por dicha norma;
Que el Código Fiscal (T.O. 2013) ha sido modificado por la Ley N° 4807 (BOCBA N°
4306), incorporando el Capítulo XVII bis referido al Procedimiento Administrativo Penal
Tributario;
Que tal incorporación autoriza a la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos a constituirse como querellante en aquellas causas de índole Penal
Tributario, exceptuándola de la limitación general establecida en el Código Procesal
Penal de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de la especialidad de la materia;
Que en consecuencia deviene necesario adecuar las competencias establecidas
oportunamente en la Resolución N° 357/AGIP/2013 y su modificatoria;
Que asimismo resulta oportuno proceder a la designación del agente responsable de
la División Penal Tributaria.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Establécese que el Director General de Rentas procederá, en forma
exclusiva, a determinar la conveniencia de la Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos para actuar en calidad de querellante en las denuncias efectuadas
dentro del marco de la Ley Penal Tributaria.
Artículo 2.- Modifícanse las funciones de la Dirección Asuntos Jurídicos y de Gestión
de la Dirección General de Rentas establecidas en el Anexo II de la Resolución N°
357/AGIP/2013 y su modificatoria, por las que obran como Anexo I, el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 3.- Modifícanse las funciones de la División Penal Tributario de la Dirección
Asuntos Jurídicos y de Gestión de la Dirección General de Rentas establecidas en el
Anexo III de la Resolución N° 357/AGIP/2013 y su modificatoria, por las que obran
como Anexo II, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 4.- Desígnase, provisoriamente por un plazo de ciento veinte (120) días
hábiles, al Dr. Juan Ignacio Nigrelli FC N° 453.845, como Jefe de la División Penal
Tributario dependiente de la Dirección Asuntos Jurídicos y de Gestión de la Dirección
General de Rentas.
Artículo 5.- Facúltase a la Dirección General de Rentas a:
a. Dictar la reglamentación necesaria relativa a la presentación de las denuncias en
materia de la Ley Penal Tributaria;
b. Dictar la reglamentación necesaria relativa al ejercicio del rol de querellante en
causas de índole Penal Tributario;
c. Designar al/los funcionario/s que ejercerán su representación en las tramitaciones
de las denuncias o querellas relativas a la Ley Penal Tributaria.
Artículo 6.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
y comuníquese al Ministerio de Hacienda, al Ministerio Público Fiscal de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y a todas las áreas
dependientes de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido,
archívese. Walter
ANEXOS