DECRETO 470 2013

Síntesis:

APRUEBA MODELO DE CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERJURISDICCIONAL - INSTRUYE AL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD A SUSCRIBIR ACUERDOS DE COOPERACIÓN INTERJURISDICCIONAL CON JURISDICCIONES PROVINCIALES Y MUNICIPALES - DEUDORES-AS ALIMENTARIOS-AS MOROSOS-AS - SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Publicación:

09/12/2013

Sanción:

04/12/2013

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 269 y 4013,

los Decretos Nros. 660/11 y sus modificatorios, 149/12 y 346/13, el Expediente N°

05192670-MGEYASSJUS/ 13, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 269 creó en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el

Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as estableciéndose su

funcionamiento en el área de la entonces Secretaría de Justicia y Seguridad;

Que dicha Ley determina las funciones del Registro mencionado y en su articulado

hace mención a las Instituciones u Organismos Públicos que deben exigir las

certificaciones que expida dicho Registro;

Que asimismo, se determinan en la ley las personas obligadas a la presentación de

tales certificaciones y los trámites para los que estas últimas deben ser requeridas;

Que mediante la Ley N° 4013 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder

Ejecutivo al Ministerio de Justicia y Seguridad y al Ministerio de Gobierno;

Que por el Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo;

Que entre las Responsabilidades Primarias de la Subsecretaría de Justicia

dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, se encuentra la de "Gestionar el

Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as acorde lo prescripto por la Ley

N° 269";

Que asimismo entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Asuntos

Federales del Ministerio de Gobierno se encuentra la de coordinar las relaciones

políticas e institucionales entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

los gobiernos provinciales y municipales;

Que por otra parte la citada Subsecretaría entiende en las políticas que llevan adelante

las distintas áreas de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la relación

con los Municipios y las Provincias del país y promover y participar conjuntamente con

los Ministerios, Secretarías y Entes correspondientes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en la gestión y elaboración de convenios que se suscriban

con provincias y/o Municipios del interior del país;

Que el artículo 104 inc 3° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

establece entre las atribuciones y facultades del Jefe de Gobierno, la de concluir y

firmar los tratados, convenios y acuerdos internacionales e interjurisdiccionales;

Que a su vez, el artículo 101 del citado plexo normativo establece que cada Ministro

tiene a su cargo el despacho de los asuntos de su competencia y toma las decisiones

concernientes al régimen económico y administrativo de sus respectivos Ministerios y

a las funciones que expresamente les delegue el Gobernador;

Que la citada Subsecretaría ha señalado la conveniencia de generar mecanismos para

mejorar el sistema de información y de intercambio de datos existente entre las

distintas jurisdicciones con el objetivo de optimizar el funcionamiento de los Registros

de Deudores Alimentarios Morosos;

Que en tal sentido el Ministerio de Justicia y Seguridad propone la suscripción de

acuerdos de cooperación interjurisdiccionales entre el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y distintas jurisdicciones provinciales y municipales con la

finalidad de profundizar la aplicación de la normativa respectiva y de evitar que los

deudores del tipo moroso alimentario puedan eludir el cumplimiento de sus

responsabilidades, al trasladarse de una jurisdicción a otra;

Que los instrumentos cuya suscripción se propicia se encuentran alcanzados por la

previsión constitucional detallada ut supra;

Que la Subsecretaría de Asuntos Federales ha tomado la intervención que le compete;

Que en este orden de ideas, se considera oportuno instruir al Ministro de Justicia y

Seguridad, o al funcionario que este faculte quien no podrá tener rango inferior a

Subsecretario, a suscribir los instrumentos en cuestión;

Que corresponde aprobar el modelo de convenio de cooperación interjurisdiccional a

celebrarse entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las

jurisdicciones provinciales y municipales;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

que le compete de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 1218.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébase el modelo de convenio de cooperación interjurisdiccional a

celebrarse entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y distintas

jurisdicciones provinciales y municipales, que como Anexo IF 2013-06182904-

MJYSGC, a todos sus efectos forma parte integrante del presente.

Artículo 2°.- Instrúyase al Ministro de Justicia y Seguridad a suscribir acuerdos de

cooperación interjurisdiccional con jurisdicciones provinciales y municipales, de

conformidad con el modelo de convenio aprobado por el artículo 1° del presente,

pudiendo facultar a la suscripción de los mismos a un funcionario con rango no inferior

a Subsecretario.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los Señores Ministros de Justicia y

Seguridad y de Gobierno y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a los Ministerios de Gobierno y de Justicia y Seguridad, y para su

conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de

Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. MACRI - Montenegro - Monzó -

Rodríguez Larreta


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4294

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 599-MJYS-18 delega la firma del Convenio de Cooperación Interjurisdiccional entre el GCBA y la Provincia de Jujuy cuyo modelo aprobara el Decreto 470-13, al Señor Hernán Emilio Najenson, Subsecretario de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 470-13, aprueba el modelo de convenio de cooperación interjurisdiccional a celebrarse entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y distintas jurisdicciones provinciales y municipales, con el objetivo de optimizar el funcionamiento de los Registros de Deudores Alimentarios Morosos, creado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por Ley 269.</p>