DISPOSICIÓN 2 2013 DIRECCION GENERAL DE POLITICAS DE JUVENTUD
Síntesis:
CONVOCATORIA A PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS- ESCENARIO - SEDES - BANDAS POR BARRIOS- DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE JUVENTUD- SECRETARÍA DE DESARROLLO CIUDADANO - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - ARTISTAS JUVENILES - JÓVENES MÚSICOS - CLUBES DE MÚSICA EN VIVO - MODELO DE INSTRUMENTO- BANDAS DE MÚSICA- TÉRMINOS Y CONDICIONES- BANDAS X BARRIOS
Publicación:
13/12/2013
Sanción:
17/01/2013
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE POLITICAS DE JUVENTUD
VISTO:
El Decreto N° 660/11, el Expediente N°229237/13, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la Dirección
General de Políticas de Juventud dependiente de la Secretaría de Desarrollo
Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno;
Que conforme lo dispuesto por el citado Decreto, la referida Dirección General es el
área de gestión de políticas juveniles en el ámbito del Poder Ejecutivo, encontrándose
entre sus responsabilidades primarias el diseñar, coordinar e implementar programas,
proyectos y actividades dirigidas a los jóvenes de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que la iniciativa "Bandas por Barrios", disponible en el sitio web
http://www.generacionba.gob.ar/bandasporbarrios, tiene por objeto reunir a nuevos
artistas juveniles del mundo musical de esta Ciudad;
Que los interesados en participar de la mentada iniciativa atravesaron un proceso de
selección, el cual ha concluido con resultados satisfactorios, habiéndose efectuado la
selección de diversas bandas.
Que a fin de avanzar en la ejecución de la referida iniciativa, se considera conveniente
ampliar las sedes para la promoción y desarrollo de la misma;
Que por lo tanto corresponde realizar una convocatoria a fin de que distintos Clubes
de Música en Vivo de acuerdo a lo dispuesto por el Código de Habilitaciones y
Verificaciones, puedan participar de la referida iniciativa de conformidad con los
requisitos y condiciones que se establecen en la presente;
Que asimismo, resulta necesario modificar los términos y condiciones de la iniciativa
"Bandas por Barrios".
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Convocase a las personas físicas y jurídicas interesadas en prestar
escenario que sirvan como Sedes de la iniciativa "Bandas por Barrios", conforme los
requisitos y condiciones que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la
presente Disposición.
Artículo 2°.- Sustitúyanse los Términos y Condiciones de la iniciativa "Bandas por
Barrios", que como Anexo II forman parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 3°.- Apruébanse los Modelos de Instrumentos a suscribir con las Bandas que
se seleccionaron en el marco de la iniciativa "Bandas por Barrios" y las que en el futuro
seleccione la Dirección General de Políticas de Juventud, y con los "Clubes de Música
en Vivo", que como Anexo III y IV, respectivamente, forman parte integrante de la
presente Disposición.
Artículo 4°.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires. Cumplido Archívese. Pechersky
ANEXOS