DISPOSICIÓN 2 2013 DIRECCION GENERAL DE POLITICAS DE JUVENTUD

Síntesis:

CONVOCATORIA A PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS- ESCENARIO - SEDES - BANDAS POR BARRIOS- DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE JUVENTUD- SECRETARÍA DE DESARROLLO CIUDADANO - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - ARTISTAS JUVENILES - JÓVENES MÚSICOS - CLUBES DE MÚSICA EN VIVO - MODELO DE INSTRUMENTO- BANDAS DE MÚSICA- TÉRMINOS Y CONDICIONES- BANDAS X BARRIOS

Publicación:

13/12/2013

Sanción:

17/01/2013

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE POLITICAS DE JUVENTUD


VISTO:

El Decreto N° 660/11, el Expediente N°229237/13, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la Dirección

General de Políticas de Juventud dependiente de la Secretaría de Desarrollo

Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno;

Que conforme lo dispuesto por el citado Decreto, la referida Dirección General es el

área de gestión de políticas juveniles en el ámbito del Poder Ejecutivo, encontrándose

entre sus responsabilidades primarias el diseñar, coordinar e implementar programas,

proyectos y actividades dirigidas a los jóvenes de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que la iniciativa "Bandas por Barrios", disponible en el sitio web

http://www.generacionba.gob.ar/bandasporbarrios, tiene por objeto reunir a nuevos

artistas juveniles del mundo musical de esta Ciudad;

Que los interesados en participar de la mentada iniciativa atravesaron un proceso de

selección, el cual ha concluido con resultados satisfactorios, habiéndose efectuado la

selección de diversas bandas.

Que a fin de avanzar en la ejecución de la referida iniciativa, se considera conveniente

ampliar las sedes para la promoción y desarrollo de la misma;

Que por lo tanto corresponde realizar una convocatoria a fin de que distintos Clubes

de Música en Vivo de acuerdo a lo dispuesto por el Código de Habilitaciones y

Verificaciones, puedan participar de la referida iniciativa de conformidad con los

requisitos y condiciones que se establecen en la presente;

Que asimismo, resulta necesario modificar los términos y condiciones de la iniciativa

"Bandas por Barrios".

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICAS DE JUVENTUD

DISPONE

Artículo 1°.- Convocase a las personas físicas y jurídicas interesadas en prestar

escenario que sirvan como Sedes de la iniciativa "Bandas por Barrios", conforme los

requisitos y condiciones que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la

presente Disposición.

Artículo 2°.- Sustitúyanse los Términos y Condiciones de la iniciativa "Bandas por

Barrios", que como Anexo II forman parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 3°.- Apruébanse los Modelos de Instrumentos a suscribir con las Bandas que

se seleccionaron en el marco de la iniciativa "Bandas por Barrios" y las que en el futuro

seleccione la Dirección General de Políticas de Juventud, y con los "Clubes de Música

en Vivo", que como Anexo III y IV, respectivamente, forman parte integrante de la

presente Disposición.

Artículo 4°.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires. Cumplido Archívese. Pechersky


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4298

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Res. 399-SECDC-13 crea el programa -Bandas X Barrios- en el ámbito de la Dirección General de Políticas de Juventud, cuyo funcionamiento se ajustará a los Lineamientos Generales que como antecedente funcionara por Disposición 2-DGPJ-2013.