RESOLUCIÓN 399 2013 SECRETARIA DE DESARROLLO CIUDADANO

Síntesis:

PROGRAMA BANDAS X BARRIOS - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE JUVENTUD - SECRETARÍA DE DESARROLLO CIUDADANO

Publicación:

12/12/2013

Sanción:

09/12/2013

Organismo:

SECRETARIA DE DESARROLLO CIUDADANO


VISTO:

La Ley n° 4013, los Decretos N° 660/11 y N° 228/12, la Disposición N° 2-DGPJ-2013, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 32 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires enmarca como

acción específica del Gobierno la distinción y promoción de todas las actividades

creadoras;

Que en este marco se debe garantizar la democracia cultural facilitando el acceso de

los miembros de la comunidad a los bienes culturales;

Que el artículo 40 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que "La

Ciudad garantiza a la juventud la igualdad real de oportunidades y el goce de sus

derechos a través de acciones positivas...";

Que conforme surge del artículo 9° de la Ley N° 4013, el Jefe de Gobierno podrá

delegar en la Vicejefatura de Gobierno, entre otras materias, la facultad de definir,

formular, implementar y ejecutar políticas transversales referidas a la juventud;

Que, en tal sentido, a través del Decreto N° 660/11 y su modificatorio N° 228/12,

mediante el cual se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se delegó la referida facultad en la Vicejefatura de

Gobierno, al contemplarse en la órbita de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano a la

Dirección General Políticas de Juventud como instancia encargada de la gestión de

políticas juveniles en el ámbito del Poder Ejecutivo;

Que en virtud de lo dispuesto en el Anexo II del Decreto N° 228/12, entre las

responsabilidades primarias de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano se contempla la

supervisión del diseño e implementación de los programas dirigido al desarrollo de los

jóvenes residentes en la Ciudad de Buenos Aires.

Que en este entendimiento, la Dirección General de Políticas de Juventud ha

impulsado la iniciativa "Bandas x Barrios", la cual tiene como misión central consolidar

una circuito permanente de formación, promoción y difusión para músicos jóvenes,

como así también, valorizar y potenciar espacios culturales tales como clubes de

música en vivo, teatros independientes y/o centros culturales entre otros, en tanto

espacios de valor cultural y de pertenencia de los jóvenes.

Que la experiencia recogida durante el año 2012 y 2013, realizada en el marco de la

Disposición N° 2-DGPJ-2013, ha arrojado un balance positivo y una óptima recepción

por parte de los músicos artistas; lo cual se refleja en las 3.900 bandas de música

inscriptas, las 350 funciones realizadas en más de 10 clubes de música y clubes

barriales, entre otros espacios, que fueron escenarios de exhibición.

Que este balance confirma la necesidad de consolidar esta iniciativa que ha

demostrado ser un recurso valioso en la promoción de los músicos jóvenes, como así

también, en el posicionamiento a los clubes de música en vivo de la Ciudad de Buenos

Aires como ámbitos propicios para la exhibición del arte joven.

Que la Disposición N° 2-DGPJ-2013 operó como un antecedente de cuya aplicación

se obtuvieron las experiencias y conclusiones mencionadas ut supra y, por

consecuencia, fundamentan el presente acto administrativo;

Que en mérito a ello, se propicia la creación del Programa "Bandas x Barrios" a fin de

promover el trabajo de jóvenes artistas a través de su participación en festivales y

recitales;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE DESARROLLO CIUDADANO

RESUELVE

Artículo 1°.- Créase el Programa "Bandas X Barrios" en el ámbito de la Dirección

General de Políticas de Juventud, cuyo funcionamiento se ajustará a los Lineamientos

Generales que se detallan en el Anexo N° IF-2013-07045055-SECDC, que a todos sus

efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Facúltase a la Dirección General de Políticas de Juventud a dictar las

Bases y Condiciones Particulares del programa, las normas instrumentales,

interpretativas y complementarias y todo acto administrativo que fuera menester para

la implementación del Programa creado por el artículo 1°.

Artículo 3°.- El gasto que demande la realización del Programa "Bandas X Barrios" se

imputará a la partida presupuestaria correspondiente.

Articulo 4°.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de

Políticas de Juventud. Cumplido Archívese. Salvai


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4297

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Art. 1 Res. 399-SECDC-13 crea programa Bandas X Barrios en el ámbito de la Dirección General de Políticas de Juventud, complementando la estructura del Dec. 660-11.
INTEGRA
Res. 399-SECDC-13 crea el programa -Bandas X Barrios- en el ámbito de la Dirección General de Políticas de Juventud, cuyo funcionamiento se ajustará a los Lineamientos Generales que como antecedente funcionara por Disposición 2-DGPJ-2013.
COMPLEMENTADA POR
<p>Arts. 1 a 6 de la Disposición 18-DGPJ-14, establecen normas complementarias para la implementación del Programa Bandas x Barrios, creado por Resolución 399-SECDC-13.</p>