RESOLUCIÓN 97 2013 MINISTERIO DE MODERNIZACION
Síntesis:
ESTABLECE VALOR - UNIDAD RETRIBUTIVA - REMUNERACIONES DE AUTORIDADES SUPERIORES Y RÉGIMEN MODULAR PLANTAS DE GABINETE
Publicación:
13/12/2013
Sanción:
11/12/2013
Organismo:
MINISTERIO DE MODERNIZACION
VISTO:
La Ley N° 4013, el Decreto N°660/11, la Resolución Conjunta N°
56/MHGC/MMGC/2013, el Expediente N° 06326090-2013-MGEYA-DGCHU, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios N° 4.013, establece la actual estructura ministerial del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y determina que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que allí les fueron conferidas;
Que por su parte, el Decreto N° 660/11, faculta a los Ministerios de Modernización y de
Hacienda, a arbitrar las medidas que resulten pertinentes para cumplimentar la
aplicación de lo dispuesto en ese acto y en la Ley N° 4.013;
Que en este sentido, por Resolución Conjunta N° 56/MHGC/MMGC/13, se estableció
el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades
Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, en la suma remunerativa de
dos pesos con 7862/100 ($ 2,7862);
Que en el marco de la pauta salarial del año en curso, dispuesta para el personal de
planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la
readecuación producida sobre las remuneraciones brutas correspondientes al
Régimen Gerencial en sus dos niveles, Gerente y Subgerente Operativo, corresponde
adecuar el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades
Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete.
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Establecese a partir del 1° de noviembre de 2013 en tres pesos con
0927/100 ($ 3,0927), la suma remunerativa correspondiente al valor de la unidad
retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen
Modular de Plantas de Gabinete.
Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la
Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General de la Oficina
de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos remítase a
los Ministerios de Hacienda y de Modernización. Cumplido, archívese. Ibarra -
Grindetti