LEY 4739 2013

Síntesis:

AUTORIZA DEMOLICIÓN - PREDIO EX VELÓDROMO MUNICIPAL - PARQUE 3 DE FEBRERO - AVENIDA BELISARIO ROLDÁN- LÍNEA MITRE- AVENIDA FIGUEROA ALCORTA- CLUB UNIVERSITARIO CUBA - PLAN DE MANEJO PARQUE 3 DE FEBRERO - CLAÚSULAS TRANSITORIAS

Publicación:

17/12/2013

Sanción:

07/11/2013

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

09/12/2013


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Autorízase en el predio del ex Velódromo Municipal Fracción A/Manzana

162/Sección 21/Circunscripción 18- perteneciente al Parque 3 de Febrero y delimitado

por la Avenida Belisario Roldán, el terraplén ferroviario de la Línea Mitre, la Avenida

Presidente Figueroa Alcorta y el deslinde con el Club Universitario de Buenos Aires

CUBA-, las demoliciones técnicamente necesarias de las construcciones existentes,

manteniendo los paredones ornamentales que circunscribían el acceso al mismo.

Art. 2°.- Las acciones indicadas en el artículo 1° de la presente, se considerarán parte

del Plan de Manejo del Parque 3 de Febrero, a elaborar en el marco de la Ley 4334.

Cláusula transitoria primera: hasta tanto se demuelan, las estructuras existentes

pertenecientes al ex Velódromo Municipal serán cercadas convenientemente para

evitar posibles accesos, dejando liberado el resto del predio.

Cláusula transitoria segunda: se autoriza la instalación transitoria de oficinas móviles

destinadas al desarrollo de los Juegos Olímpicos de la Juventud 2018, hasta su

finalización y en la superficie ocupada por las construcciones existentes.

Art.3°.- Comuníquese, etc. Vidal - Pérez

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2013

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4739 (E.E. N° 6714559-MGEYA-DGALE-13),

sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión

del día 7 de noviembre de 2013 ha quedado automáticamente promulgada el día 9 de

diciembre de 2013.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico,

y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano.

Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 2 de la Ley 4739 las acciones indicadas en el art. 1 de la presente, seran parte del Plan de Manejo del Parque 3 de Febrero, en el marco de la Ley 4334.-</p>