RESOLUCIÓN 83 2013 SUBSECRETARIA DE GOBIERNO

Síntesis:

ESTABLECE USO DE TRATA - OFICIO JUDICIAL RESERVADO -  CÓDIGO GENE-3403 - OFICIO JUDICIAL INFORMACIÓN RESERVADA - SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO - SADE - EE- MÓDULO EXPEDIENTE ELECTRÓNICO -  DIRECCIÓN GENERAL REGISTROS DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS- SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS

Publicación:

23/12/2013

Sanción:

18/12/2013

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GOBIERNO


VISTO:

El Art. 979 del Cod. Civ., la Ley N° 26.413, N° 1.845, La Ley N° 3.304, los Decretos

Nros. 389/12, 660/11, 765/10, 589/09, y 196/11, Resolución RESFC-201-20-SECLYT,

la Nota NO-2013-06917493-DGRC

CONSIDERANDO:

Que la Ley 3.304 establece el Plan de Modernización de la Administración Pública del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización

administrativo.

Que en el capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado

"Del Gobierno electrónico y nuevas Tecnologías de la información y la Comunicación",

dispuso entre sus actividades desarrollar la arquitectura tecnológica para la

implementación del Expediente Electrónico.

Que en ese marco por Decreto 765/10 se instruye a todos los organismos del poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos, el módulo generador de documentos

electrónicos oficiales -GEDO- como medio de creación, registro y archivo de informes

y providencias.

Que por Decreto 196/11 se ordena la implementación del Expediente Electrónico.

Que la estructura organizativa de la Subsecretaría de Gobierno es modificada a través

del Decreto 389/12, por el cual se le transfiere la Dirección General Registros del

Estado Civil y Capacidad de las Personas.

Que la actividad del Registro Civil está regida por normativa sensible en materia de

confidencialidad de datos personales. Es así que, la Ley 1.845 tiene por objeto regular

el tratamiento de datos personales referidos a personas físicas o de existencia ideal

asentados o destinados a ser asentados en archivos, registros, bases o bancos de

datos del sector público a los fines de garantizar el derecho al honor, a la intimidad y a

la auto determinación informativa, de conformidad con el art. 16 de la Constitución de

la Ciudad de Buenos Aires.

Que el Art. 979 Inc. 10 del Código Civil y los Art. 5 a 9, y 23 de Ley N° 26.413

circunscriben la actividad de los actos públicos y la reserva de los instrumentos

públicos y de su contenido.

Por lo expuesto,

EL SUBSECRETARIO DE GOBIERNO

RESUELVE

Artículo 1.- Establécese el uso de la trata Oficio Judicial Reservado, código GENE3403

OFICIO JUDICIAL INFORMACIÓN RESERVADA, para todos los oficios judiciales que

tramiten en este organismo.

Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, para su conocimiento y demás

efectos, pase a la Gerencia Operativa Administración de Aplicativos Informáticos

(GOAAI) de la Dirección General de Mesa de Entradas, Salidas y Archivos de la

Secretaría Legal y Técnica de Jefatura de Gobierno. Rodríguez Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Art 1 de la Res. 83-SSGOBIER-13 establece el uso de la trata Oficio Judicial Reservado, código GENE3403OFICIO JUDICIAL INFORMACIÓN RESERVADA, para todos los oficios judiciales que tramiten en la SSGOB, considerando los Arts. 5 a 9 y 23 de la Ley 26413, que circunscriben la actividad de los actos públicos y la reserva de los instrumentos públicos y de su contenido.
REGLAMENTA
Art 1 de la Res 83-SSGOBIER-13 establece el uso de la trata Oficio Judicial Reservado, código GENE3403OFICIO JUDICIAL INFORMACIÓN RESERVADA, para todos los oficios judiciales de la SSGOB, que tramitan según lo establece la Res 20-SECLYT-13 por el módulo EE