RESOLUCIÓN 20 2013 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

ESTABLECE QUE LOS OFICIOS JUDICIALES DEBERÁN TRAMITARSE POR EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - MÓDULO EE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE

Publicación:

02/12/2013

Sanción:

29/11/2013

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

La Ley N° 3.304, los Decretos Nros. 589/09, 765/10 y 196/11, y el Expediente N°

06730777-MGEYA-SSGPM/13, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este

Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas

tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites

administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para

su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el

Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -

SADE- que, asimismo, facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas

necesarias para la implementación y funcionamiento de dicho sistema;

Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la

Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un

proceso de modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado

"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",

se dispuso entre sus actividades "... desarrollar la arquitectura tecnológica para la

implementación del expediente electrónico";

Que en ese marco, por Decreto N° 765/10 se instruyó a todos los organismos del

Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Bueno Aires a utilizar del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos - SADE- el módulo Generador de

Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO- como medio de creación, registro y

archivo de informes y providencias.

Que posteriormente, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del

"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304;

Que los Decretos mencionados encomendaron a la Jefatura de Gabinete de Ministros

y a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y

complementarias que resulten necesarias;

Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la

transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado

estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites

administrativos;

Que asimismo distintas normas han previsto la incorporación de trámites

administrativos al Expediente Electrónico como herramienta de gestión administrativa

y otras han previsto la creación de documentos electrónicos a ser utilizados en dichos

trámites.

Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación del

trámite correspondiente a los Oficios Judiciales dirigidos al Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Que asimismo y atento la incorporación de dicho trámite al Expediente Electrónico

resulta necesario crear un nuevo documento que deberá utilizarse a fin de

cumplimentar con lo dicho anteriormente.

Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establécese que a partir del 4 de diciembre de 2013, deberán tramitar por

Expediente Electrónico utilizando el Módulo "EE" del Sistema de Administración de

Documentos Electrónicos - SADE-, de conformidad con lo establecido en el Decreto N°

196/11 los oficios judiciales dirigidos al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

Artículo 2°.- Incorpórase al Módulo "Generador de Documentos Electrónicos Oficiales -

GEDO-" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), el

siguiente documento electrónico:

-Oficio Judicial: documento suscripto por letrado o funcionario judicial dirigido al

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que requiera información

correspondiente a la sustanciación de un proceso judicial.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las

reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de

Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los

Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. Rodríguez Larreta - Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art. 1 de la Res. 20-SECLYT-13, establece que los oficios judiciales deberán tramitar por Expediente Electrónico utilizando el Módulo EE del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos - SADE-, de conformidad con lo establecido en el Decreto 196/11.
REGLAMENTADA POR
Art 1 de la Res 83-SSGOBIER-13 establece el uso de la trata Oficio Judicial Reservado, código GENE3403OFICIO JUDICIAL INFORMACIÓN RESERVADA, para todos los oficios judiciales de la SSGOB, que tramitan según lo establece la Res 20-SECLYT-13 por el módulo EE
COMPLEMENTADA POR
Art 1 de la Res 50-SSAPM-13 establece el uso de la trata Oficio Judicial Reservado, GENE 3403- OFICIO JUDICIAL INFORMACIÓN RESERVADA, e INSTRUCCIÓN SUMARIO POLICÍA METROPOLITANA INFORMACIÓN RESERVADA,que tramitan por el módulo EE según lo establece la Res 20-SECLYT-MJGGC-13.