RESOLUCIÓN 1619 2013 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

ELEVA MONTO ESTABLECIDO EN ARTÍCULO 2 DEL DECRETO 224-13 - CONTRATACIÓN MODIFICACIÓN  EJECUCIÓN Y EXTINCIÓN DE CONTRATOS CELEBRADOS BAJO EL RÉGIMEN DE LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS - LOYS - MONTO MÁXIMO MENSUALES POR CONTRATO

Publicación:

23/12/2013

Sanción:

18/12/2013

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

El Decreto N° 224/13 y el Ex-2013-07236452-MGEyA-DGTALMH y

CONSIDERANDO:

El Decreto N° 224/13 se estableció que "...la contratación, modificación, ejecución y

extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de Obras y

Servicios deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración

de Documentos Electrónicos SADE-";

Que mediante el artículo 2°, se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a

los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los

funcionarios/as con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de

Pesos veinte Mil ($ 20.000.-) mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad

presupuestaria;

Que en los casos en que la contratación supere dicho monto, la misma deberá ser

autorizada mediante resolución conjunta suscripta por el/la titular de la jurisdicción

contratante y el/la titular del Ministerio de Hacienda;

Que mediante el artículo 3°, se facultó al señor Ministro de Hacienda a modificar el

monto máximo hasta el cual se encuentren autorizados a contratar las autoridades

referidas anteriormente;

Que conforme las pautas microeconómicas tenidas en cuenta al momento de definir el

presupuesto del ejercicio 2014 y con el objeto de posibilitar el cumplimiento de los

objetivos propuestos resulta necesario elevar el mencionado monto a la suma de

Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000.-).

Por ello en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 224/13,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Elévase el monto establecido en el artículo 2° del Decreto N° 224/13 a la

suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000.-).

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder

Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración

General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de

Buenos Aires, a los Organismos Descentralizados y a los organismos Fuera de Nivel

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido. Archívese. Grindetti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Res. 1619-MHGC-13 en su art. 1, eleva el monto establecido en artículo 2 del Decreto 224-13 a la suma de Pesos Veinticinco Mil.</p>