RESOLUCIÓN 942 2013 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
DEROGA RESOLUCIÓN 84-AGIP-12 - FACULTADAS PARA APLICAR SANCIONES - SUMARIO ADMINISTRATIVO - DIRECTORES Y SUBDIRECTORES GENERALES - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Publicación:
27/12/2013
Sanción:
16/12/2013
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO:
LAS LEYES N° 471, N° 1218 Y N° 2603, LOS DECRETOS N° 745/GCBA/08 Y N°
184/GCBA/10, LAS RESOLUCIONES N° 500/AGIP/2008 Y MODIFICATORIAS, N°
84/AGIP/2012 Y N° 617-MMGC/2013 Y EL EXPEDIENTE N° 3741167/2013; Y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471 regula las Relaciones Laborales en la Administración Pública del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Capítulo XII de dicha norma incluyó el Régimen Disciplinario al que esta sujeto
el personal del Gobierno de la Ciudad;
Que el Anexo I del Decreto N° 184/GCBA/2010 reglamentó el procedimiento relativo al
citado Capítulo XII;
Que la Resolución N° 84/AGIP/2012 estableció el procedimiento para la aplicación de
sanciones disciplinarias que no requieran la instrucción de sumario previo en el ámbito
de esta AGIP;
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, se
establecen distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas
que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites administrativos;
Que mediante Resolución N° 617/MMGC/2013 se resolvió establecer que deberá
tramitar por Expediente Electrónico, utilizándose el Módulo "EE" del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos SADE- de conformidad con lo
establecido en el Decreto N° 196/GCBA/11, el procedimiento para la aplicación de las
sanciones -del artículo 47 incisos c), d) y e) de la Ley 471- de apercibimiento o
suspensión sin sumario previo;
Que, asimismo, la citada norma en su artículo 2° aprobó el procedimiento
administrativo electrónico que deberá observarse para la aplicación de tales
sanciones;
Que toda vez que la Resolución N° 617-MMGC-2013 ha fijado el procedimiento
administrativo electrónico antes citado, la Resolución N° 84/AGIP/2012 ha sido
tácitamente derogada;
Que, por dicha razón corresponde dictar el acto administrativo que derogue
formalmente dicha Resolución;
Que asimismo corresponde dejar establecidas las autoridades facultadas para aplicar
sanciones sin sumario previo dentro del ámbito de esta Administración Gubernamental
de Ingresos Públicos;
Que en este sentido la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
ha emitido su opinión conforme el Dictamen N° 085403 del 17 de agosto de 2011;
Que la Dirección General Legal y Técnica de esta Administración Gubernamental ha
tomado la debida intervención.
Por ello, en virtud de las facultades que le son conferidas,
Artículo 1.- Derogar la Resolución N° 84/AGIP/2012.
Artículo 2.- Establecer como autoridades facultadas para aplicar sanciones, que no
requieran sumario administrativo previo, a los Directores Generales, Subdirectores
Generales o Directores de Áreas con dependencia directa de esta Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos.
Artículo 3.- Regístrese. Fecho, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. Comuníquese a las Direcciones Generales, Subdirecciones
Generales y Direcciones dependientes directamente de la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos para su conocimiento y demás fines. Cumplido,
archívese.- Walter