RESOLUCIÓN 52 2014 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA EL ANEXO CURRICULAR DE EDUCACIÓN DIGITAL DE NIVEL PRIMARIO - ESCUELAS PRIMARIAS - INNOVACCIÓN TECNOLÓGICA - TIC - PLAN SARMIENTO BA - INTERNET EN LA ESCUELA - APRENDER Y JUGAR - UNA COMPUTADORA POR ALUMNO ALUMNA - DOCENTES - ESCUELA Y SOCIEDAD DIGITAL - APRENDIZAJE BASADO EN PROYECTOS - ABP - METAS DE LOGROS - CICLOS - PRIMER - SEGUNDO - ORIENTACIONES DIDÁCTICAS - CRITERIOS DE BÚSQUEDA - SELECCIÓN DE INFORMACIÓN - REDES SOCIALES - MULTIMEDIAL - PROCESAMIENTO DE TEXTOS - DATOS - EVALUACIÓN
Publicación:
20/01/2014
Sanción:
09/01/2014
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
Estado:
No vigente
VISTO:
la Ley 4.013, el Decreto N° 63/13, las Resoluciones Nros. 4.138/04 y 1.123/10, el
Expediente N° 6.515.167/13, y
CONSIDERANDO:
Que según indica el artículo 23 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, la Ciudad deberá establecer los lineamientos curriculares para cada uno de los
niveles educativos;
Que la Ley 4.013 otorga, entre otras competencias, al Ministerio de Educación la de
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que el Decreto N° 63/13 describe que la Dirección General de Planeamiento
Educativo tiene entre sus responsabilidades primarias la de diseñar y proponer la
currícula educativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Resolución N° 4.138/04 se aprobó el Diseño Curricular para la
Escuela Primaria - Segundo Ciclo/Educación General Básica;
Que en pos de llevar adelante políticas de inclusión y de calidad educativa, a través de
la Resolución N° 1.123/10 se creó, bajo la órbita de la Dirección General de
Planeamiento Educativo, el Programa "Plan de Educación Digital" que cumplirá sus
objetivos mediante la entrega de una computadora por alumno;
Que en el marco de dicho Programa se creó en el año 2011 el Plan S@rmiento BA,
para promover la innovación pedagógica, a partir de los desafíos que plantea el nuevo
paradigma de la sociedad digital a través de la provisión de infraestructura digital a
todas las escuelas primarias de gestión estatal y gestión privada de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que en este orden de ideas y ante la necesidad de actualizar e incorporar las nuevas
Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) a la práctica docente y a la
escuela, la Dirección General de Planeamiento Educativo a través de su Gerencia
Operativa de Incorporación de Tecnologías y Gerencia Operativa de Curriculum ha
elaborado el Anexo Curricular de Educación Digital de Nivel Primario con el fin de
integrar los procesos de enseñanza y aprendizaje de las instituciones educativas a la
cultura digital;
Que el Anexo Curricular de Educación Digital conforma el marco para la enseñanza de
las competencias que atraviesan hoy el campo de la educación y cultura digital a partir
del cual los docentes podrán construir los contenidos de este espacio transversal;
Que atento a lo expuesto es necesario dictar el presente acto administrativo a fin de la
aprobación del documento mencionado ut supra;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1.- Apruébase el Anexo Curricular de Educación Digital de Nivel Primario,
conforme se detalla en el ANEXO (IF-2013-06974343-DGPLED) que, a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y,
comuníquese a la Subsecretarias de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica,
de Equidad Educativa, a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal,
de Educación Superior, y de Planeamiento Educativo; y para su conocimiento y demás
efectos, pase a las Direcciones de Educación Inicial, Primaria, Media, Técnica,
Especial, Adultos y Adolescentes, Formación Docente, a la Gerencia Operativa de
Currículum y Gerencia Operativa de Incorporación de Tecnologías. Cumplido,
archívese. Bullrich
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4321