RESOLUCIÓN 19 2014 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
DEROGA RESOLUCIONES 73-SGCBA-09 Y 15-SGCBA-10 - PROCEDIMIENTO INTERVENCIÓN DE LA SINDICATURA GENERAL PREVIA A LA SUSCRIPCIÓN DE ACTAS DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - RÉGIMEN DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA - LEY NACIONAL 13064 - CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS - SERVICIOS PÚBLICOS - PROCEDIMIENTO DE REGISTRACIÓN DE INFORMES DE PROCEDENCIA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - PRECIOS CONTRACTUALES Y REMITIRÁ LAS ACTUACIONES A LA JURISDICCIÓN COMITENTE DEL CONTRATO
Publicación:
24/01/2014
Sanción:
17/01/2014
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 70 (BOCBA N° 539), N°
2.809 (BOCBA N° 2.994) y N° 4.763 (BOCBA N° 4.313), las Resoluciones N° 73-
SGCBA/09 (BOCBA N° 3.296), N° 15-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.367), N° 125-
SGCBA/12 (BOCBA N° 4.039) y N° 106- SGCBA/13 (BOCBA N° 4.235), y el
Expediente Electrónico N° 488.849-MGEYA-SGCBA/14, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la
Sindicatura General de la Ciudad personería jurídica propia y autarquía administrativa
y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 130, inciso 2) de la Ley N°
70, el/la Síndico General cuenta con facultades suficientes para organizar y
reglamentar el funcionamiento interno del Organismo, en sus aspectos operativos y
funcionales y de administración de personal;
Que mediante Ley N° 2.809 se estableció el Régimen de Redeterminación de Precios
aplicable a los contratos de obra pública regidos por la Ley Nacional N° 13.064 y a los
contratos de locación de servicios y de servicios públicos que expresamente lo
establezcan;
Que el artículo 11 de la Ley N° 2.809 establecía que debía darse intervención a la
Sindicatura General de la Ciudad, en forma previa a la suscripción del Acta de
Redeterminación de Precios, a fin de que ésta se expidiese dentro de los quince (15)
días hábiles administrativos, transcurrido dicho plazo el silencio sería interpretado
como conformidad;
Que por Ley N° 4.763 se derogó el artículo 11 de la ley N° 2.809, en donde se
encontraba prevista la intervención de esta Sindicatura General;
Que por Resolución N° 73-SGCBA/09 se estableció el procedimiento interno para la
intervención de esta Sindicatura General en el Régimen de Redeterminación de
Precios;
Que por Resolución N° 15-SGCBA/10 se creó el Registro de Informes Ley N° 2.809;
Que por Resolución N° 125-SGCBA/12 se aprobó el Instructivo para Rúbrica de Libros
para todas las jurisdicciones y entes que componen la administración central y
descentralizada del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por lo expuesto, deviene necesario derogar las Resoluciones N° 73-SGCBA/09, y
N° 15-SGCBA/10 que establecen el procedimiento interno de dicha intervención, y su
registro, respectivamente, en el ámbito de esta Sindicatura General;
Que lo actuado no obsta a que esta Sindicatura General intervenga en su rol de
Órgano de Control Interno en el uso de las competencias que le fueran otorgadas por
la Constitución de la Ciudad y por la Ley N° 70;
Que la Subgerencia Normativa ha tomado la intervención correspondiente en virtud a
las funciones y misiones establecidas por la Resolución N° 106-SGCBA/13;
Que la Gerencia Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia,
mediante la emisión del Dictamen N° IF 497947-SGCBA/14.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130 incisos 2) de la Ley
N° 70,
Artículo 1°.- Deróganse las Resoluciones N° 73-SGCBA/09 y N° 15-SGCBA/10.
Artículo 2°.- Instrúyese a la Secretaría General de la Sindicatura General a efectuar el
cierre del Libro de Registro de Informes Ley N° 2.809, conforme el procedimiento
establecido en la Resolución N° 125-SGCBA/12.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Secretaría General, a la Unidad de Auditoría Interna de la
Sindicatura General y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia
General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial