RESOLUCIÓN 106 2014 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

SE RECTIFICA LA RESOLUCIÓN N° 1262/MAYEPGC/13

Publicación:

24/01/2014

Sanción:

22/01/2014

Organismo:

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO


VISTO:

El Decreto N° 162/13, el DNU N° 1510-GCBA/97 aprobado por Resolución N° 41-

LCABA/98, la Resolución N° 1.262-MAYEPGC/13, el E.E. N° 358.509/13 e

incorporados, y

CONSIDERANDO:

Que por los actuados citados en el Visto, tramita la Licitación Pública N° 997-

SIGAF/2013 para la contratación del "Servicio Público de Higiene Urbana - Fracción

Húmedos" mediante el procedimiento de Licitación Pública Nacional e Internacional;

Que mediante Decreto N° 162-GCABA/13 el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y

de Especificaciones Técnicas, sus respectivos anexos y autorizó al Ministro de

Ambiente y Espacio Público a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública

Nacional e Internacional así como también a realizar lo enunciado en el artículo 3° del

mencionado Decreto;

Que a través de la Resolución N° 1.262-MAYEPGC/13 se aprobó la Licitación Pública

Nacional e Internacional N° 997-SIGAF/13 para la contratación del "Servicio Público de

Higiene Urbana - Fracción Húmedos" y se adjudicó la Zona 1 a la Oferente N° 07,

AESA, ASEO y ECOLOGIA S.A., la Zona 2 a la Oferente N° 03, CLIBA INGENIERIA

AMBIENTAL S.A., la Zona 3 a la Oferente N° 04, INDUSTRIAS METALURGICAS

PESCARMONA SAI.C. y F., la Zona 4 a la Oferente N° 06, ECOHABITAT S.A. -

EMEPA S.A.- U.T.E., la Zona 6 a la Oferente N° 05, ASHIRA S.A. - MARTIN Y

MARTIN S.A. U.T.E. y la Zona 7 a la Oferente N° 02, TRANSPORTES OLIVOS

S.A.C.I. y F. - URBASER ARGENTINA S.A. - U.T.E.;

Que en este contexto, mediante la Presentación Agregada 2012-1002990-055-

MGEYA, el señor Luis M. Gilian, en representación de ECOHABITAT S.A. y OTRA -

U.T.E., pone de manifiesto que la mencionada U.T.E. constituida por las firmas

ECOHABITAT S.A. Y EMEPA S.A. fue inscripta en la Inspección General de Justicia

bajo la denominación "ECOHABITAT S.A. y OTRA - U.T.E.", acompañando al efecto la

Escritura Numero 379 por la cual se efectivizó su constitución y la constancia de inicio

del trámite de inscripción por ante el citado organismo;

Que atento la presentación efectuada, es dable remarcar que al momento de presentar

su Oferta las firmas ECOHABITAT S.A. y EMEPA S.A. (Oferta N° 04), efectuaron un

compromiso de constitución de Unión Transitoria de Empresas de resultar

adjudicatarias para la ejecución del "Servicio Público de Higiene Urbana - Fracción

Húmedos", obligándose a inscribir dicha UTE en la Inspección General de Justicia,

conforme surge del Informe N° 3832548-DGTALMAEP/13, adjudicándose en

consecuencia la zona 4 a la firma ECOHABITAT S.A. - EMEPA S.A.- U.T.E.;

Que sobre el particular, el artículo 120 del DNU N° 1510-GCBA/97 aprobado por

Resolución N° 41-LCABA/98, establece que "En cualquier momento podrán rectificarse

los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la

enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión";

Que debe tenerse presente que el efecto que produce es retroactivo, es decir, que el

acto surgió desde su nacimiento sin errores;

Que entre los supuestos en que la doctrina admite la retroactividad podemos citar a

"Los actos que corrigen errores materiales. Tienen efecto retroactivo pues no crean

una situación jurídica nueva sino que reconocen la preexistencia de una situación

determinada formando así una unidad el acto rectificatorio con el rectificado". (Dr.

Tomás Hutchinson, Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires,

Comentario exegético del Decreto N° 1510/1997, Jurisprudencia aplicable ED. Astrea

s. As. 2003, pág.106);

Que en virtud de lo expuesto, habiéndose adjudicado la zona 4 de la presente

Licitación Pública a la firma ECOHABITAT S.A. - EMEPA S.A.- U.T.E., siendo esta

Unión Transitoria de Empresas inscripta en la Inspección General de Justicia bajo la

denominación "ECOHABITAT S.A. y OTRA - U.T.E.", corresponde proceder a la

rectificación del artículo 2° de la Resolución N° 1.262-MAYEPGC/13;

Que en atención a ello corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 162-GCABA/2013,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Rectifícase el artículo 2° de la Resolución N° 1.262-MAYEPGC/13, el cual

quedará redactado de la siguiente manera: "Adjudícase la Zona 1 a la Oferente N° 07

(AESA, ASEO y ECOLOGIA S.A.) en su oferta básica, por un monto de PESOS

CINCO MIL DIECISEIS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL

SETECIENTOS CINCUENTA CON 01/100 ($ 5.016.631.750,01.-), la Zona 2 a la

Oferente N° 03 (CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A.) en su oferta básica, por un

monto de PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES

SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 40/100 ($

5.292.673.250,40.-), la Zona 3 a la Oferente N° 04 (INDUSTRIAS METALURGICAS

PESCARMONA S.A.I.C. y F.) en su oferta básica, por un monto de PESOS CINCO

MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL

DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 86/100 ($ 5.882.612.299,86.-), la Zona 4 a

la Oferente N° 06 (ECOHABITAT S.A. Y OTRA - U.T.E.) en su oferta básica, por un

monto de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS TRECE MILLONES NOVECIENTOS

UN MIL ($ 3.413.901.000,-), la Zona 6 a la Oferente N° 05 (ASHIRA S.A. - MARTIN Y

MARTIN S.A. U.T.E.) en su oferta básica, por un monto de PESOS CUATRO MIL

SETENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL ($

4.078.654.000,-) y la Zona 7 a la Oferente N° 02 (TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y

F. - URBASER ARGENTINA SA - U.T.E.) en su oferta básica, por un monto de

PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES

DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL ($ 4.484.266.000.-), lo cual asciende a un

monto total de PESOS VEINTIOCHO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES

SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CON 27/100 ($

28.168.738.300,27.-)".

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

exhíbase copia de la presente Resolución en la Cartelera de la Gerencia Operativa de

Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal de este Ministerio. Comuníquese a la Dirección General de

Limpieza y a la Subsecretaría de Higiene Urbana, ambas de este Ministerio y a la

Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda.

Notifíquese a todos los oferentes y a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y

Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este

Ministerio para la prosecución de su trámite. Cenzón

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1262-MAYEPGC-13 rectifica el art. 2 de la Resolución 1262-MAYEPGC-13.</p>