ORDENANZA 36572 1981
Síntesis:
AUTORIZA A LOS SECRETARIOS DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A EJERCER FACULTADES CONFERIDAS AL INTENDENTE MUNICIPAL, SOBRE LAS ASOCIACIONES COOPERADORAS DEPENDIENTES DE LAS DISTINTAS SECRETARÍAS
Publicación:
10/04/1981
Sanción:
01/04/1981
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Promulgación:
01/04/1981
Estado:
No vigente
Visto la necesidad de agilizar las gestiones administrativas inherentes a las Asociaciones Cooperadoras constituidas de conformidad con la Ordenanza número 35.514, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley Orgánica de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (Ley N° 19.987), en su artículo 31, inciso z bis), se faculta al Departamento Ejecutivo a delegar funciones a los Secretarios en las materias de su competencia;
Que la implementación de la delegación de facultades en lo que concierne a las Asociaciones Cooperadoras, redundaría en la celeridad de las tramitaciones.
Por ello,
Artículo 1° - Autorízase a los Secretarios del Departamento Ejecutivo a ejercer las facultades que los artículos 1°, 9°, 21 y 22 de la Ordenanza N° 35.514 confiere al Intendente Municipal, referida a las Asociaciones Cooperadoras dependientes de las distintas Secretarías que integran esta Comuna.
Art. 2° - La presente Ordenanza será refrendada por todos los Secretarios del Departamento Ejecutivo.
Art. 3° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento e intervención que le compete pase a todas las Secretarias del Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.