ORDENANZA 36572 1981

Síntesis:

AUTORIZA A LOS SECRETARIOS DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A EJERCER FACULTADES CONFERIDAS AL INTENDENTE MUNICIPAL, SOBRE LAS ASOCIACIONES COOPERADORAS DEPENDIENTES DE LAS DISTINTAS SECRETARÍAS

Publicación:

10/04/1981

Sanción:

01/04/1981

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Promulgación:

01/04/1981

Estado:

No vigente


Visto la necesidad de agilizar las gestiones administrativas inherentes a las Asociaciones Cooperadoras constituidas de conformidad con la Ordenanza número 35.514, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley Orgánica de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (Ley N° 19.987), en su artículo 31, inciso z bis), se faculta al Departamento Ejecutivo a delegar funciones a los Secretarios en las materias de su competencia;

Que la implementación de la delegación de facultades en lo que concierne a las Asociaciones Cooperadoras, redundaría en la celeridad de las tramitaciones.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo 1° - Autorízase a los Secretarios del Departamento Ejecutivo a ejercer las facultades que los artículos 1°, 9°, 21 y 22 de la Ordenanza N° 35.514 confiere al Intendente Municipal, referida a las Asociaciones Cooperadoras dependientes de las distintas Secretarías que integran esta Comuna.

Art. 2° - La presente Ordenanza será refrendada por todos los Secretarios del Departamento Ejecutivo.

Art. 3° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento e intervención que le compete pase a todas las Secretarias del Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Ord. 36572 <strong>(DEROGADA IMPLICITAMENTE)</strong> autoriza a los Secretarios del Depto. Ejecutivo a ejercer las facultades que los Arts. 1, 9, 21 y 22 de la Ordenanza 35514 confieren al Intendente, referidas a las Asociaciones Cooperadoras dependientes de las distintas Secretarías.</p>