RESOLUCIÓN 24 2014 SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
Síntesis:
ESTABLECE QUE TODA SOLICITUD DE TRABAJO COMPLEMENTARIO Y-O ADICIONAL DE OBRA Y-O DE BIENES Y SERVICIOS DEBERÁ REQUERIR LA AUTORIZACIÓN DEL GASTO Y SU INCLUSIÓN EN EL SISTEMA SAP - DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE GESTIÓN - MINISTERIO AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
Publicación:
20/02/2014
Sanción:
17/02/2014
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
VISTO:
La Ley Nacional N° 13.064 aplicable en el ámbito de la Ciudad en virtud de la cláusula
transitoria tercera de la Ley 70, las Leyes Nros. 2.095 y sus modificatorias, 3.304, las
Resoluciones Nros. 23- SSADM/12, 28 y 35-SSADM/113, 10-SSADM/14, la
Resolución Conjunta N° 7-MJGGC-MMGC- SLYT/13, el Expediente Electrónico N°
2.407.900-DGTALMAEP/14, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 3.304 se creó el Plan de Modernización de la Administración
Pública, a fin de mejorar la gestión administrativa en el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, fijándose entre sus objetivos los de promover e introducir
el uso de las nuevas Tecnologías de Información y Comunicación, de manera de
responder con mayor celeridad y efectividad tanto al cumplimiento de las funciones de
la Administración como a las demandas de la sociedad;
Que el sistema integral propuesto por la Ley N° 3.304 constituye un avance
significativo para la progresiva despapelización de la Administración Pública,
dictándose cuantiosa normativa; entre ella el Decreto N° 589/09 de creación del SADE,
el Decreto N° 765/10 de implementación del GEDO, el Decreto N° 494/11 sobre
notificación electrónica, el Decreto N° 196/11 sobre expediente judicial, y demás
normas complementaria y/o reglamentaria de las mismas, que implementan y ponen
en marcha el objetivo y espíritu de la aludida Ley;
Que a través de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, así como de la Ley N°
2.095 y sus modificatorias se prevén los lineamientos que debe observar el Sector
Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas
y contrataciones de bienes y servicios, regulándose allí las obligaciones y derechos
que se derivan de los mismos;
Que mediante la Resolución N° 23-SSADM/12 y sus modificatorias las Resoluciones
Nros. 28 y 35- SSADM/13, en vistas a las nuevas tecnologías de la información y
comunicación accesibles al público en general y a las empresas contratistas de la
Administración, este Ministerio aprobó el procedimiento SAP a los fines que los
reclamos ingresados en su órbita, mediante el sistema SUACI, las Mesas de Entradas,
así como Oficios Judiciales, sean verificados y posteriormente derivados al área
competente, quien envía la solicitud a las empresas contratistas prestatarias de los
servicios en cuestión, en la zona respectiva, previéndose posteriormente su etapa de
certificación, liquidación y pago;
Que las mentadas resoluciones se dictaron a los fines de acompañar el proceso de
modernización administrativa que se está llevando a cabo en este Gobierno de la
Ciudad, y entendiendo que el procedimiento creado aporta para el mejoramiento
continuo y agilización de los trámites administrativos que se utilizan en la órbita de
este Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que a través de la Resolución N° 10-SSADM/14, establece que las cargas,
expresiones y manifestaciones incorporadas en el Sistema SAP por el personal del
Gobierno de la Ciudad, como de las empresas contratistas de este Ministerio,
conforme procedimiento aprobado por la Resolución N° 23-SSADM/12 y sus
modificatorias las Resoluciones Nros. 28 y 35 -SSADM/13, tienen el mismo valor
jurídico y probatorio que las oportunamente contenidas en los Libros de Órdenes de
Servicio y de Notas de Pedido en soporte papel;
Que siguiendo esta misma línea argumental, y en el marco de la política de
modernización de la Administración Pública, se dictó la Resolución Conjunta N° 7-
MJGGC-MMGC-SLYT/13, mediante la cual se establece que debe tramitar por
expediente electrónico el procedimiento de Ejecución de Obra Pública;
Que en este marco, es dable remarcar que la Dirección General Control de Gestión
dependiente de esta Subsecretaría, efectúa el control del gasto y evalúa la eficiencia
ex ante y ex post del gasto del Ministerio, diseña las políticas destinadas al control del
gasto y el seguimiento de su ejecución presupuestaria;
Que asimismo, la Gerencia Operativa Control del Gasto que le depende, efectúa el
diseño y control de la evolución de la gestión y eficiencia del gasto; así como estudia,
modifica y elabora procedimientos internos que posibiliten una eficiente administración
de los recursos del Ministerio, asesorando a las distintas reparticiones en la
implementación del sistema SAP;
Que en este contexto, la citada repartición manifiesta que a los fines de dotar de un
mayor control, eficiencia y previsión del gasto de los certificados complementarios y
los adicionales de obra pública y/o de bienes y servicios que se ejecutan en el marco
de las contrataciones llevadas a cabo en la órbita de este Ministerio Ambiente y
Espacio Público, resulta conveniente que en forma previa a la autorización de obra y/o
trabajo a ejecutarse bajo estos conceptos, se informe a la misma sobre su necesidad,
tiempo de obra estimado, monto involucrado, contratación en cuestión y empresa
involucrada, entre otras cuestiones, a los fines que la misma proceda a su carga en el
Sistema SAP;
Que en este orden de ideas, y siguiendo la línea de modernización de la
Administración Pública que este Gobierno de la Ciudad está llevando a cabo, resulta
necesario continuar y avanzar con aquellas medidas que garanticen la mejora
permanente de las comunicaciones entre las distintas áreas de este Ministerio, así
como con las empresas contratistas de esta Administración, introduciendo nuevas
capacidades que generen las competencias necesarias y acordes a la realidad actual
y que contribuyan al mismo tiempo, al mejoramiento de la calidad de vida de los
ciudadanos;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde acceder a lo requerido, dictándose el
correspondiente acto administrativo que establezca que todos aquellos certificados
complementarios y/o adicionales de obra pública y/o de bienes y servicios que se
ejecutan en el marco de las contrataciones llevadas a cabo en la órbita del Ministerio
de Ambiente y Espacio Público, en forma previa a la autorización del mismo, deberá
requerirse ante de la Dirección General Control de Gestión, la respectiva autorización
del gasto y su inclusión en el sistema SAP que la misma ejecuta;
Que sobre el particular, es dable remarcar que no se procederá a la liquidación en el
Sistema SAP de aquellos trabajos complementarios y/o adicionales de obras y/o de
bienes y servicios ejecutados, sin la previa solicitud de autorización del gasto
efectuada por la Dirección General involucrada, así como la expresa autorización
emitida por la Dirección General Control de Gestión.
Por ello, en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Establécese que toda solicitud de trabajo complementario y/o adicional de
obra y/o de bienes y servicios a ejecutarse en el marco de las contrataciones llevadas
a cabo en la órbita del Ministerio Ambiente y Espacio Público, en forma previa a la
autorización de los trabajos, deberá requerir ante de la Dirección General Control de
Gestión dependiente de esta Subsecretaría, la respectiva autorización del gasto y su
inclusión en el sistema SAP.
Artículo 2°.- Déjase constancia que toda tramitación de certificado complementario y/o
adicional de obra y/o de bienes y servicios que no cuente con la respectiva solicitud de
autorización del gasto efectuada por la Dirección General involucrada, así como la
expresa autorización emitida por la Dirección General Control de Gestión, no será
liquidada en el Sistema SAP.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la totalidad de reparticiones dependientes de este Ministerio de
Ambiente y Espacio Público. Cumplido remítase a la Dirección General Control de
Gestión a los efectos de que se sirva notificar a la totalidad de empresas contratistas
que operan en la órbita de este Ministerio los términos del artículo 2° de la presente
Resolución. Cumplido, Archívese. Greco