RESOLUCIÓN 163 2014 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Síntesis:

  ESTABLECE LA METODOLOGÍA PARA LA EVALUACIÓN DE LOS PLANES DE NEGOCIOS PROPUESTOS PARA EL PREMIO DESARROLLO EMPRENDEDOR 2013 - PARTICIPANTES - HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN WEB - PROYECTOS   - CALIDAD DE PLAN DE NEGOCIO  -   ORIGINALIDAD O CONTENIDO INNOVATIVO - COMPETENCIAS EMPRENDEDORAS DEL RESPONSABLE DEL PROYECTO Y O DEL EQUIPO EMPRENDEDOR   -  IMPACTO SOCIO-ECONÓMICO Y O TERRITORIAL DEL PROYECTO  -   PROYECTO DE INTERÉS AMBIENTAL

Publicación:

11/03/2014

Sanción:

26/02/2014

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO


VISTO:

Los Decretos Nros 236/GCABA/2012, 923/GCABA/2005, las Resoluciones Nros.

41/SSDE/2013, 59/SSDE/2013, 75/SSDE/2013, 77/SSDE/2013, 143/SSDE/2013,

144/SSDE/2013; 199/SSDE/2013; 219/SSDE/2013; los Informes IF-2014-02951037-

SSDE; IF-2014-02951063-SSDE; IF-2014-02951093- SSDE; IF-2014-02951116-

SSDE; IF-2014-02951153-SSDE; IF-2014-02951174-SSDE; IF 2014- 02951204-SSDE

y lo que surge de los Expedientes Nro. 843535/2013, 1082650/2013, 1144371/2013,

1085247/2013, 1144352/2013, 1145173/2013, 1224049/2013, 1145042/2013,

1081725/2013,

1143867/2013, 1145868/2013, 1144943/2013, 1083755/2013,

1144114/2013, 1145525/2013,

1144750/2013, 1144754/2013, 1183058/2013,

1083204/2013, 1144750/2013, 1145173/2013, 1146301/2013; y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto 236/GCABA/2012 se determinó, entre las responsabilidades

primarias de la Subsecretaría de Desarrollo Económico las de entender en los planes,

programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires; así como, planificar, instrumentar y coordinar los

programas, proyectos y actividades necesarios para la consolidación y desarrollo de

los distintos actores económicos en un marco de desarrollo sustentable, promoviendo

la radicación de actividades industriales y comerciales, de servicios y de tecnología, a

las pequeñas, medianas y grandes empresas y la innovación tecnológica;

Que, mediante el Decreto N° 923/GCABA/2005 se creó el Programa "Red Institucional

de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", con el objetivo de

promover el desarrollo, fortalecimiento y mejora de las capacidades de la red de

organizaciones que prestan apoyo a las empresas porteñas; estableciendo en su

artículo 7° como Autoridad de Aplicación a la actual Subsecretaría de Desarrollo

Económico;

Que mediante la Resolución N° 41/SSDE/2013 se convocó al concurso "Desarrollo

Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora", en

el marco del citado Decreto, convocando a las Organizaciones y Entidades No

Gubernamentales calificadas para brindar patrocinio y asistencia a nuevas empresas y

emprendedores, con el objetivo de participar en acciones específicas destinadas a

mejorar la inserción productiva y/o comercial de nuevos o incipientes proyectos

productivos y/o de negocios por parte de nuevos emprendedores;

Que, en virtud de ello mediante la Resolución N° 75/SSDE/2013, se aprobaron las

propuestas de las entidades patrocinadoras que se presentaron en el ámbito del

concurso; resultando en consecuencia seleccionadas veintiún (21) instituciones;

Que, en este contexto, a través de la Resolución 77/SSDE/2013 fue aprobada la

convocatoria a inscripción de los interesados en participar de las actividades del

programa "Desarrollo Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la

Cultura Emprendedora";

Que asi, la Resolución N° 143/SSDE/2013 declaró como beneficiarios del Programa

"Desarrollo Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura

Emprendedora" a TRES MIL SETECIENTOS CINCO (3705) emprendedores e

incorporó como sedes para el desarrollo de las actividades previstas en el Anexo I de

la resolución 41/SSDE/2013 a las las Sedes Comunales (ex CGPCs) N° 2, 6, 10 y 13,

el Distrito Audiovisual - "El Dorrego" y el Distrito Tecnológico - "Parque de los

Patricios", ello, a fin de continuar ampliando la posibilidad de acceso al programa por

parte de los participantes de diferentes barrios de la Ciudad;

Que, en tal sentido la Resolución N° 144/SSDE/2013 aprobó las comisiones en las que

se llevan a cabo las actividades correspondientes al Programa "Desarrollo

Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora";

Que, la Resolución N° 41/SSDE/2013 previó en el punto 5.3 del Anexo I, el

otorgamiento de premios a los proyectos mas destacados, de alto potencial y

sustentabilidad, entre los participantes que hubieran participado de todas las

actividades previstas en el presente programa;

Que, en atención a ello, se definieron las cinco categorías a ser premiadas: a) "Calidad

de Plan de Negocio"; b) "Originalidad o Contenido Innovativo"; c) "Competencias

Emprendedoras del Responsable del Proyecto y/o del Equipo Emprendedor" y d)

"Impacto Socio-económico y/o Territorial del Proyecto" y e) "Proyecto de interés

ambiental"; determinando que los emprendedores que resulten beneficiarios con el

primer puesto y el segundo puesto, en cada una de las categorías accederán a un

aporte no reembolsable de PESOS DIECISEIS MIL ($ 16.000) y PESOS DIEZ MIL ($

10.000) respectivamente, destinado a colaborar con el desarrollo e implementación del

proyecto; y para los emprendedores que ocupen los terceros y cuartos puestos, se

prevén becas para la realización de cursos para emprendedores, en instituciones de

reconocida trayectoria en la temática;

Que, asimismo, la citada Resolución instituyó para los emprendedores que se ubiquen

del quinto al décimo puesto, una mención honorífica no pecuniaria;

Que, mediante la Resolución N°199/SSDE/2013, se estableció que las entidades

participantes podrán presentar proyectos de negocios de emprendedores, dando de

alta el proyecto vía Web en el aplicativo creado para tal efecto en la dirección

www.programabae.mdebuenosaires.gob.ar;

Que, en este contexto la Resolución N° 219/SSDE/2013, aprobó la metodología para

que las entidades participantes presenten las respectivas propuestas de premiación de

aquellos proyectos que resulten con mayor potencial en cada una de las citadas

categorías; estableciendo, como fecha límite para acreditar

información

complementaria y/o respaldatoria sobre cada uno de los proyectos propuestos, hasta

el jueves 28 de febrero de 2013;

Que en éste orden de ideas, las citadas instituciones postularon aquellos proyectos

que consideraban pasibles a ser premiados, en el marco del programa "Desarrollo

Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora";

proponiendo hasta dos proyectos para cada una de las cinco categorías antes

mencionadas;

Que, asi las cosas, y dado la instancia del concurso, ésta Subsecretaría tiene entre

otras responsabilidades, la evaluación de los proyectos de emprendedores que se

presenten en el marco del mencionado concurso, en virtud de la cual, resolverá cuales

serán los emprendimientos que resultarán seleccionadas en la presente convocatoria

para cada una de las categorías establecidas en el Anexo I de la Resolución N°

41/SSDE/2013: a) "Calidad de Plan de Negocio"; b) "Originalidad o Contenido

Innovativo"; c) "Competencias Emprendedoras del Responsable del Proyecto y/o del

Equipo Emprendedor" y d) "Impacto Socio-económico y/o Territorial del Proyecto" y e)

"Proyecto de interés ambiental"; ello , de conformidad con lo instituido por las

Resoluciones Nros. 41/SSDE/2013 y 219/SSDE/2013;

Que consecuentemente, y a los efectos de garantizar la mayor transparencia en los

procesos de evaluación y selección, de los proyectos concursantes, resulta

imprescindible explicitar los criterios, las pautas y las herramientas a las cuales se

accederá a través de: http://programabae.mdebuenosaires.gov.ar, y mediante las

cuales se realizarán las evaluaciones; estableciendo asimismo los recursos humanos

que se avocarán a la tarea;

Que por ello, resulta procedente que esta Autoridad de Aplicación apruebe la

metodología de evaluación de los planes de negocios propuestos para el "Premio

Desarrollo Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura

Emprendedora";

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

RESUELVE

Artículo 1°- Establécese la metodología para la evaluación de los planes de negocios

propuestos para el "Premio Desarrollo Emprendedor 2013", convocado por Resolución

N° 41/SSDE/2012, que como Anexo I (IF 2014-02951037-SSDE) forma parte

integrante de la presente; ello, de conformidad con lo instituído por Resolución N°

219/SSDE/2013.

Artículo 2°-

Apruébase la Herramienta de Evaluación via web:

http://programabae.mdebuenosaires.gob.ar/base/index.php para la evaluación de los

planes de negocios propuestos para el "Premio Desarrollo Emprendedor 2013", que se

identifican como Anexo II: a) "Calidad de Plan de Negocio" (IF 2014-02951063-SSDE);

b) "Originalidad o Contenido Innovativo" (IF 2014- 02951093-SSDE); c) "Competencias

Emprendedoras del Responsable del Proyecto y/o del Equipo Emprendedor" (IF 2014-

02951116-SSDE); d) "Impacto Socio-económico y/o Territorial del Proyecto" (IF 2014-

02951153-SSDE); y e) "Proyecto de interés ambiental" (IF 2014-02951174-SSDE),

que a todos los efectos forman parte integrante de la presente; ello, de conformidad

con lo instituído por las Resoluciones Nros. 41/SSDE/2012 y 219/SSDE/2013.

Artículo 3°- Establécese que los recursos humanos que se individualizan en el Anexo

III (IF 2014- 02951204-SSDE), que forma parte integrante de la presente resolución,

los cuales, participarán como evaluadores de los planes de negocios propuestos para

el "Premio Desarrollo Emprendedor 2013".

Artículo 4°- Establécese que los proyectos de emprendedores que resulten

beneficiarios con el primer puesto y el segundo puesto, en cada una de las categorías

accederán a un aporte no reembolsable de PESOS DIECISEIS MIL ($ 16.000) y

PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) respectivamente, destinado a colaborar con el desarrollo

e implementación del proyecto, el que será abonado mediante cheque; y para los

emprendedores que ocupen los terceros y cuartos puestos, se prevén becas para la

realización de cursos para emprendedores, en instituciones de reconocida trayectoria

en la temática. Aquellos emprendedores que se ubiquen del quinto al décimo puesto,

una mención honorífica no pecuniaria.

Artículo 5°- Destínese para el para el financiamiento de las propuestas que resulten

finalmente aprobadas, la suma de PESOS CIENTO TREINTA MIL ($ 130.000), los que

serán imputados a la partida presupuestaria vigente.

Artículo 6°- Determínese que la publicación de la información correspondiente a los

resultados del presente concurso estarán disponibles en el mes de Abril de 2014.

Dicha información será publicada en la

página web del Programa

http://www.buenosaires.gob.ar/desarrolloemprendedor.

Artículo 7°- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, para su conocimiento y remítase a la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, y pase a las

Direcciones Generales de Contaduría y Tesorería a sus efectos. Cumplido, archívese.

Avogadro

ANEXO


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4355

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Art. 1 de la Res. SSDE-13, establece la metodología para la evaluación de los planes de negociospropuestos para el Premio Desarrollo Emprendedor 2013, convocado por Res.41-SSDE-12.