RESOLUCIÓN 1 2014 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Síntesis:

 APRUEBA EL INFORME SOBRE LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL TRATAMIENTO DE LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO TARIFARIO PARA LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE SUBTE - AUMENTO - PASAJES - INCREMENTO - TARIFAS - SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES

Publicación:

17/03/2014

Sanción:

05/03/2014

Organismo:

F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS


VISTO:

el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, las Leyes N° 6 y sus modificatorias, N° 210

y N° 4472, el Decreto N° 48/2013 el Acta de Directorio N° 565 del 5 marzo de 2014, el

Expediente N° 9/EURSPCABA/2014, y

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó el Ente Único Regulador de los

Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería

jurídica, autarquía independencia funcional y legitimación procesal;

Que, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios

públicos, cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central o

descentralizada o por terceros para la defensa y protección del los derechos de los

usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la

observancia de las leyes que se dicten al respecto;

Que, de acuerdo con el Art. 2° inc. a) de la Ley N° 210, entre los servicios bajo su

control se encuentra el transporte público de pasajeros;

Que, a partir del 1° de enero de 2013 entró en vigencia la Ley N° 4472 por la cual la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires asumió el servicio de subte cuyas competencias

fueran transferidas por el Estado Nacional;

Que, mediante el Decreto N° 4/2014 el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires dispuso el llamado a Audiencia Pública para el "Tratamiento de la

modificación del cuadro tarifario para la explotación del servicio de subte";

Que, la Audiencia Pública fue celebrada el día 7 de febrero de 2014 en el Teatro Gral.

San Martín, sito en Avda Corrientes 1530 de esta Ciudad a las 11:00 hs;

Que, la Audiencia Pública se llevó a cado en el marco de lo previsto por la Ley N° 6 y

sus modificatorias, y en la misma sus expositores expresaron su postura respecto de

la modificación de la tarifa del servicio;

Que, en su reunión ordinaria del 5 de marzo de 2014 el Directorio aprobó el informe

referido a la Audiencia Pública;

Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébese el informe sobre al Audiencia Pública celebrada el día 7 de

febrero de 2014 para el "Tratamiento de la modificación del cuadro tarifario para la

explotación del servicio de subte" que como Anexo forma parte de la presente.

Artículo 2°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a las Gerencias de Usuarios, de Proyectos y de Control y a la Asesoría

Legal. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera - Goldsack - Lauría - Raffo


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4359

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art. 1 de la Res. 1-ERSP-14, aprueba informe sobre Audiencia Pública convocada para la propuesta del nuevo cuadro tarifario de Subtes, convocado por Dec. 4-14.