RESOLUCIÓN 105 2014 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
CONVOCATORIA DEL CONSEJO ASESOR EXTERNO - PLAN DE ADAPTACIÓN Y MITIGACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO - LEY 3871 - APRUEBA FUNCIONES Y PAUTAS DE FUNCIONAMIENTO - GERENCIA OPERATIVA DE CAMBIO CLIMÁTICO Y ENERGÍA SUSTENTABLE - DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS AMBIENTALES - DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 186-APRA-2009 - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL- APRA
Publicación:
20/03/2014
Sanción:
17/03/2014
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Estado:
No vigente
VISTO:
Las Leyes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2.628, N° 3.871, N° 4.013, los
Decretos N° 138/2008, y N° 39/2014, las Resoluciones APRA N° 137/2011 y APRA
13/2012 y el Expediente N° EX-2014-01755799-MGEYA-DGEAMB,
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad
autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, cuyo objeto es la protección de la calidad ambiental a
través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para
cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por su parte, la Ley N° 3.871 de "Adaptación y Mitigación al Cambio Climático",
tiene por objeto establecer las acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de
adaptación y mitigación al Cambio Climático en la Ciudad de Buenos Aires, para
reducir la vulnerabilidad humana y de los sistemas naturales, protegerlos de sus
efectos adversos y aprovechar sus beneficios;
Que mediante el Decreto N° 39/2014 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 3.871 y
la designación de la Agencia de Protección Ambiental como la Autoridad de Aplicación
de la mencionada Ley;
Que, el mencionado decreto faculta a la Agencia de Protección Ambiental a dictar las
normas aclaratorias, complementarias, instrumentales e interpretativas que fueren
necesarias para la mejor y más adecuada aplicación de la reglamentación de la Ley N°
3.871;
Que por su parte, la Ley N° 3.871 establece que la Autoridad de Aplicación debe
convocar a un Consejo Asesor Externo del Plan de Adaptación y Mitigación al Cambio
Climático integrado por científicos e investigadores y representantes de
organizaciones ambientales, universidades, entidades académicas y técnicas, y
centros de investigación públicos y privados en la materia, cuya función será la de
asesorar a la autoridad de aplicación en la elaboración de políticas públicas,
relacionadas con el cambio climático (Art. 11);
Que mediante la Resolución APRA 137/2011 se creó el Consejo Asesor de la Agencia
de Protección Ambiental del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, integrado por organizaciones no gubernamentales y
personas con antecedentes académicos y científicos de reconocido prestigio en temas
ambientales, cuya función es la de recomendar políticas y estrategias que impulsen la
agenda ambiental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en el ámbito de dicho Consejo ha funcionado una Comisión Técnica de Cambio
Climático en la que participan miembros con una marcada trayectoria en el ámbito
científico y académico que cuentan con antecedentes técnicos y solvencia en la
temática, que resultan idóneos para integrar el Consejo Asesor Externo del Plan de
Adaptación y Mitigación al Cambio Climático en el marco de los establecido en el
artículo 11° de la Ley N° 3.871;
Que por Resolución N° 13/APRA/2012 se creó la Dirección General de Estrategias
Ambientales de la Agencia de Protección Ambiental, que tiene como funciones, entre
otras, diseñar planes estratégicos, programas y proyectos tendientes a preservar y
mejorar la calidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acorde a las
tendencias globales del desarrollo sustentable y a las nuevas fuentes de impacto
ambiental que surgen en la ciudad, estimular la innovación tecnológica y su
implementación en materia de energías renovables, eficiencia energética y movilidad
sustentable aplicadas al medio urbano, impulsar la adecuación de la actividad
industrial y comercial a las normas ambientales;
Que dentro de la citada Dirección General se encuentra la "Gerencia Operativa de
Cambio Climático y Energía Sustentable" que evalúa las medidas de adaptación y
mitigación al cambio climático por parte del Gobierno de la Ciudad, y el Plan de Acción
de Cambio Climático y realiza el seguimiento de la implementación de las medidas en
materia de mitigación y adaptación al cambio climático;
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención
que le compete.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le otorga las Leyes N°2.628 y 3.871 y el
Decreto N°39/2014,
Artículo 1°.- La Presidencia de la Agencia de Protección Ambiental tendrá a su cargo
la convocatoria del Consejo Asesor Externo del Plan de Adaptación y Mitigación al
Cambio Climático en los términos establecidos en la Ley 3.871.
Artículo 2°.- Confórmase el Consejo Asesor Externo del Plan de Adaptación y
Mitigación al Cambio Climático creado por el artículo 11 de la Ley 3.871 el que
quedará integrado de conformidad con lo establecido en el Anexo I IF-2014-03523332-
APRA que forma parte de la presente. La Autoridad de Aplicación podrá incluir nuevos
integrantes o convocar invitados especiales en concordancia con lo establecido en el
artículo 12 de la Ley N° 3.871.
Artículo 3°.- Encomiéndase a la Dirección General de Estrategias Ambientales
mantener actualizado el Anexo I del artículo anterior en virtud de las modificaciones
que sufra la integración del Consejo.
Artículo 4°.- Apruébanse las funciones y las pautas de funcionamiento del Consejo
Asesor Externo del Plan de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático de
conformidad con lo establecido en el Anexo II IF-2014-03523413-APRA que forma
parte integrante de la presente resolución.
Artículo 5 °.- Encomiéndase a la Gerencia Operativa de Cambio Climático y Energía
Sustentable de la Dirección General de Estrategias Ambientales de la Agencia de
Protección Ambiental elaborar y actualizar el Plan de Adaptación y Mitigación al
Cambio Climático de conformidad con lo establecido en los artículos 6° y
subsiguientes de la Ley N° 3.871 y con los alcances establecidos en el Anexo III IF-
2014-03523431- APRA que forma parte de la presente. La Dirección General de
Estrategias Ambientales asistirá y colaborará en la implementación del mencionado
Plan.
Artículo 6°.- Establécese a cargo de a la Gerencia Operativa de Cambio Climático y
Energía Sustentable dependiente de la Dirección General de Estrategias Ambientales
la articulación técnica sustantiva con el Consejo Asesor Externo del Plan de
Adaptación y Mitigación al Cambio Climático.
Artículo 7°.- Apruébase el procedimiento para articular la participación ciudadana de
todos los actores involucrados con el fin de establecer las mejores opciones de
adaptación y mitigación al cambio climático, de conformidad con lo establecido en el
Anexo IV IF-2014-03523475-APRA que forma parte integrante de la presente.
Artículo 8°.- Déjese sin efecto la Resolución N° 186 APRA/2009.
Artículo 9°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, al
Ministerio de Gobierno y a las Direcciones Generales de la Agencia de Protección
Ambiental. Cumplido, archívese. Villalonga
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4362