DISPOSICIÓN 37 2014 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL
Síntesis:
SE RENUEVA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LUGARES BAILABLES DEL LOCAL QUE OPERA CON NOMBRE DE FANTASÍA MOLIERE
Publicación:
15/04/2014
Sanción:
14/03/2014
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL
Estado:
No vigente
VISTO
el expediente N° 10.598/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 01-
GCBA/2005 (BOCBA N° 2126) y N° 02-GCBA/2005 (BOCBA N° 2136), la Resolución
N° 02-SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 11-SSCC/2005 (BOCBA N°
2194), la Resolución N° 12-SSCC/2005 (BOCBA N° 2209), la Resolución N° 56-
SSCC/2005 (BOCBA N° 2352), la Resolución N° 13 -SSCC/06 ( BOCBA N° 2370), la
Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA N° 2521), la Resolución N° 12-
SSCC-2006, la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/2007 y;
CONSIDERANDO:
Que, Lorena Elizabeth SANTOS apoderada de la firma LES BEJART S.A., solicitó la
renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto
de Necesidad y Urgencia N° 01- GCBA/05, para el local ubicado en Balcarce N°
678/682/698 y Chile N° 269/99 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
desarrolla actividad con nombre de fantasía "MOLIERE" conforme constancia obrante
a fs.1951;
Que, el local posee habilitación por expediente N° 35.461/1998, concedida para los
rubros, restaurant, cantina, casa de lunch, café, bar, despacho de bebidas, whisquería,
cervecería y por expediente N° 76.113/2000 local de local de baile clase "C" actividad
complementaria y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables
bajo el N° 014/2005 por Disposición Conjunta N° 019/2005, de fecha 9 de marzo de
2005, obrante a fs.138;
Que, por Disposición Conjunta N° 025/2006, de fecha 10 de marzo de 2006 obrante a
fs. 442, se otorgó al local una capacidad máxima para funcionar de ochocientas
diecinueve (819) personas;
Que, mediante Disposiciones Conjuntas N° 025/06, N° 022/07, N° 014/08, N° 025/09,
N° 32/10, N°31/11, N° 37/12 y N° 38/13 de fechas 10/03/2006, 09/03/2007,
07/03/2008, 11/03/2009, 11/03/2010, 11/03/2011, 15/03/12 y 15/3/13 obrantes a
fs.442, fs. 650, fs.970, fs.1137, fs. 1359 , fs. 1542, fs. 1696 y 1848/9 respectivamente
el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término
de un (1) año en cada una de ellas;
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo
establecido por la Resolución N° 66/AGC/13.
Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la
documentación presentada por la empresa solicitante, y del análisis efectuado se
desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en
el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 01-GCBA/05 y sus
reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público
de Lugares Bailables con excepción de los comprobantes de pagos del impuesto a los
Ingresos Brutos; atento esta situación la requirente manifestó mediante presentación
de fecha 11 de marzo de 2014 inserta a Fs. 1962 que: "Respecto a los últimos pagos
de ingresos Brutos la empresa se encuentra bajo inspección de AGIP. Siendo que
debido a los requerimientos que conformaran una determinación de deuda, el sistema
informático nos imposibilita realizar la gestión a fin de ingresar las declaraciones
juradas y generar el volante de pago, por lo que por el momento, cumplir con dicho
requisito es imposible, sin perjuicio de que nos comprometemos a acreditar
inmediatamente los pagos, una vez cerrada la inspección y determinados los
montos...";
Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 01- GCBA/05 y la ley N° 2624/07 promulgada por Decreto N°
2137/07;
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
DISPONEN
Art. 1°: Renuévese a partir del 15 de marzo de 2014 y por el término de 30 días
hábiles la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto
de Necesidad y Urgencia N° 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo N°
014/2005 que opera con nombre de fantasía "MOLIERE", otorgada mediante
Disposición Conjunta N° 019/2005, a nombre de LES BEJART S.A., correspondiente al
establecimiento ubicado en la calle Balcarce N° 678/682/698 y calle Chile N° 269/99,
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por Expediente N°
35.461/1998, concedida para los rubros, restaurant, cantina, casa de lunch, café, bar,
despacho de bebidas, whisquería, cervecería y por expediente N° 76.113/2000 para el
rubro local de baile clase "C" actividad complementaria y, que le fuera otorgada una
capacidad máxima para funcionar de ochocientas diecinueve (819) personas, por los
motivos expuestos en el último párrafo del considerando quinto.
Art. 2°:Fijese un plazo improrrogable de treinta (30) días hábiles, para la acreditación
de los pagos del Impuesto a los Ingresos Brutos , bajo apercibimiento de disponer, sin
necesidad de intimación alguna, la baja de la inscripción en el Registro Público de
Lugares Bailables en caso de incumplimiento.-
Art.3°: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a LES BEJART S.A.
Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección
General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la Web y el Boletín Oficial
del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Alonso - Chapar