LEY 4901 2014

Síntesis:

RÉGIMEN NORMATIVO DE ELECCIONES PRIMARIAS ABIERTAS SIMULTÁNEAS Y OBLIGATORIAS - PASO - AGRUPACIONES POLÍTICAS - ALIANZAS ELECTORALES - JUNTAS ELECTORALES PARTIDARIAS TRANSITORIAS - PRECANDIDATURAS - LUGAR DE VOTACIÓN - SUFRAGIO - JUNTAS ELECTORALES PARTIDARIAS -  RÉGIMEN NORMATIVO DE BOLETA ÚNICA Y TECNOLOGÍAS ELECTRÓNICAS -  CORRIGE LA ERRATA DEL TÍTULO DEL ANEXO II DE LA LEY   4894

Publicación:

05/05/2014

Sanción:

06/03/2014

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

22/04/2014

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Corríjase la errata del título del Anexo II de la Ley 4894, que en vez de

"Régimen Normativo de Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias"

quedará redactada de la siguiente manera: "Régimen Normativo de Boleta Única y

Tecnologías Electrónicas".

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 24 de abril de 2014

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.901 (Expediente Electrónico N° 4.088.852-

MGEYA-DGALE-14), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires en su sesión del día 6 de marzo de 2014 ha quedado automáticamente

promulgada el día 22 de abril de 2014.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al

Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 de la Ley 4901 corrige la errata del título del Anexo II de la Ley 4894, que en vez de Régimen Normativo de Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, quedará redactada de la siguiente manera: Régimen Normativo de Boleta Única y Tecnologías Electrónicas.