LEY 4857 2013
Síntesis:
MODIFICA LA LEY 4121 - CALLE DEFENSA DEL 100 AL 150 Y DEL 200 AL 600 INCLUSIVE - REGULACIÓN - FUNCIONAMIENTO DE LAS ACTIVIDADES FERIALES - EMPLAZAMIENTO DE FERIAS
Publicación:
09/05/2014
Sanción:
05/12/2013
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
13/01/2014
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Modifícase el Inciso (30 del Artículo 2° de la Ley 4121, el que queda
redactado de la siguiente manera: "Calle Defensa (del 100 al 150 y del 200 al 600
inclusive): que funciona domingos de 9 a 20 horas. Actividades: manualidades".
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 6 de mayo de 2014
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.857 (Expediente Electrónico N°
7.363.259/MGEYA/DGALE/13), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires en su sesión del día 5 de diciembre de 2013 ha quedado
automáticamente promulgada el día 13 de enero de 2014.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Clusellas