LEY 4906 2014

Síntesis:

CORRECCIÓN DE ERRATAS DE LA LEY 4794 - AFECTACIONES A VÍA PÚBLICA - BARRIOS LAS PALOMAS - 26 DE JUNIO - INCORPORA PARÁGRAFOS 5.5.2.22 Y 5.5.2.28 - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU

Publicación:

09/05/2014

Sanción:

13/03/2014

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

09/04/2014


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Corrígese la errata del artículo 8° de la Ley 4794, publicada en el

B.O.C.B.A. N° 4345 del 21 de febrero de 2014, el cual queda redactado conforme lo

siguiente:

"Art. 8°.- Incorpóranse a los Parágrafos N° 5.5.2.22 y N° 5.5.2.28, en el Capítulo 5.5

Normas Especiales, Artículo 5.5.2 Zonificación, de la Sección 5 del Código de

Planeamiento Urbano, las Normas Especiales aprobadas en los Artículos 5° y 6° de la

presente."

Art. 2°.- Corrígese la errata del artículo 9° de la Ley 4794, publicada en el B.O.C.B.A.

N° 4345 del 21 de febrero de 2014, el cual queda redactado conforme lo siguiente:

"Art. 9°.- Encomiéndase a la Dirección General de Interpretación Urbanística la

modificación de las Planchetas de Zonificación, y la incorporación al Atlas del Código

de Planeamiento Urbano los Planos N° 5.5.2.22a) y N° 5.5.2.28 a) aprobados en los

Artículos 5° y 6° de la presente."

Art. 3°.- Corrígese la errata del plano obrante en el Anexo I de la Ley 4794, publicada

en el B.O.C.B.A. N° 4345 del 21 de febrero de 2014, conforme lo siguiente:

Donde dice: "Plano N° 5.5.2.22.a 2"

Debe decir: "Plano N° 5.5.2.22 a)

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 30 de abril de 2014

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.906 (E.E. N° 3.719.275-MGEYA-DGALE-

2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su

sesión del día 13 de marzo de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 9

de abril de 2014.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico

y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano.

Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 4906 corrige la errata del art 8 de la Ley 4794.</p><p>Art. 2 corrige la errata del art. 9.</p><p>Art. 3 corrige la errata del plano obrante en el Anexo I.</p>