RESOLUCIÓN 728 2014 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO - APRUEBA DOCUMENTOS - TÍTULOS DE CLASE 7 - EMISIÓN DE TÍTULOS DE DEUDA PÚBLICA - APRUEBA - SUPLEMENTO DEL PROSPECTO DEL 6 DE MAYO DE 2014 CORRESPONDIENTE A LOS TÍTULOS Y EL CONTRATO DE COLOCACIÓN CELEBRADO ENTRE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES SA
Publicación:
09/05/2014
Sanción:
07/05/2014
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO
las Leyes N° 4.315, N° 4.382, N° 4.431, N° 4.472, N° 4.810 y N° 4.885, la Resolución
N° 661/MHGC/2014 y el Expediente N° 4.971.057/2014, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 4.315 creó un programa de financiamiento en el mercado local para la
emisión de títulos de la deuda pública por hasta la suma de dólares estadounidenses
cien millones (U$S 100.000.000), monto que fue ampliado por la Ley N° 4.431 hasta la
suma de dólares estadounidenses ciento ochenta y cinco millones (U$S 185.000.000)
o su equivalente en pesos, otra u otras monedas; monto incrementado por la Ley N°
4.472 hasta la suma de dólares estadounidenses doscientos ochenta y cinco millones
(U$S 285.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas; por la Resolución
N° 382-MHGC/2013 dictada en el marco de la Ley N° 4.382 y del Decreto N° 161
GCBA/2013, hasta la suma de dólares estadounidenses quinientos un millones (U$S
501.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas; por la Ley N° 4.810
hasta la suma de dólares estadounidenses setecientos sesenta y un millones (U$S
761.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas y por la Ley N° 4.885
hasta la suma de dólares estadounidenses novecientos un millones (U$S
901.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas (en adelante, el
"Programa de Financiamiento en el Mercado Local");
Que el artículo 57, siguientes y concordantes de la Ley N° 4.472 autorizó al Poder
Ejecutivo a contraer un empréstito público representado por una o más emisiones de
títulos de deuda pública por un importe de hasta dólares estadounidenses trescientos
millones (U$S 300.000.000) o su equivalente en pesos u otras monedas, que no
podrán superar los cien millones de dólares (U$S 100.000.000) anuales y con destino
a inversiones en infraestructura del sistema de subterráneos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, conforme la plantilla que como Anexo I forma parte de dicha ley;
Que el 15 de marzo de 2013 por Resolución N° 222-MHGC/2013 y en el marco de la
Ley N° 4.472 se emitieron los títulos de la clase 3, dentro del Programa de
Financiamiento en el Mercado Local, por la suma de dólares estadounidenses cien
millones (U$S 100.000.000), quedando por lo tanto un saldo pendiente de emisión de
títulos de deuda pública por un importe de hasta dólares estadounidenses doscientos
millones (U$S 200.000.000) o su equivalente en pesos u otras monedas, que no
podrán superar los cien millones de dólares (U$S 100.000.000) anuales;
Que la Resolución N° 661/MHGC/2014 del 25 de abril de 2014 aprobó la propuesta
presentada por Banco de Servicios y Transacciones S.A. para emitir los títulos de
deuda pública de la clase N° 7 por un valor nominal de U$S 100.000.000 (en adelante,
los "Títulos"), en el marco general de los términos y condiciones del Programa,
aprobando también los términos y condiciones particulares de los Títulos, incluyendo
su monto, plazo, moneda de denominación, modo de suscripción e integración, tasa
de interés, amortización, tasa y fecha de interés, moneda de pago de los intereses,
orden de prelación, compromisos, supuestos de incumplimiento, ley aplicable y
jurisdicción, entre otras cláusulas;
Que los contratos y demás documentación suscripta en el marco del Programa, así
como el suplemento de prospecto del 6 de mayo de 2014 (en adelante, el "Suplemento
de Prospecto"), documentación adjuntada en el Anexo I como parte integrante de la
presente, son los usuales que se adoptan en esta clase de operaciones, cumplen con
la normativa nacional y de la Ciudad de Buenos Aires respecto de las operaciones de
Crédito Público, incluyendo la Ley N° 4.315 y la Ley N° 4.472 y sus disposiciones
concordantes, y resultan adecuados a los propósitos y objetivos del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que para lograr la negociación y colocación de los Títulos en el mercado local se
presentó el 23 de abril de 2014 una solicitud para la ampliación del Programa y el
listado de los Títulos ante la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. El 23 de abril de
2014 se presentó, además, la solicitud de su negociación en el Mercado Abierto
Electrónico S.A.;
Que para la implementación de la propuesta presentada por Banco de Servicios y
Transacciones S.A. para la estructuración del Programa y la emisión de Títulos en su
marco se otorgó el correspondiente mandato con fecha 30 de abril de 2014, que fue
aceptado el 30 de abril de 2014;
Que para la colocación de los Títulos se celebró un contrato de colocación de los
Títulos entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y Banco de Servicios y
Transacciones con fecha 30 de abril de 2014;
Que los Títulos serán representados por un certificado global que se depositará en
Caja de Valores S.A., entidad ante la cual se efectuó la presentación respectiva el 29
de abril de 2014;
Que el artículo 61° de la Ley N° 4.472 autorizó al Poder Ejecutivo, a través del
Ministerio de Hacienda, para efectuar los trámites correspondientes y suscribir todos
los instrumentos, contratos y documentación necesaria y conveniente a fin de dar
cumplimiento a dicha Ley, y para que por sí o por terceros actúe en la instrumentación,
emisión, registro y pago de los Títulos autorizados por la Ley, entre los cuales se
incluyen la aprobación y suscripción de los contratos, el Suplemento de Prospecto y
demás documentos relativos a su emisión;
Que, por tanto, corresponde aprobar toda la documentación suscripta en el marco del
Programa y dar por emitidos los Títulos;
Que atento a lo establecido por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en relación con el registro de los contratos y demás
documentación y hasta tanto se constituya el mismo, toda la documentación relativa al
Programa y a la emisión de los Títulos serán protocolizados en la Escribanía General
de la Ciudad;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
debida, conforme lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.218;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Ley N° 4.315, la Ley N° 4.431, la
Ley N° 4.472 y la Resolución N° 661/MHGC/2014,
Artículo 1°.- Apruébanse los siguientes documentos: i) el Suplemento del Prospecto
del 6 de mayo de 2014 correspondiente a los Títulos; y ii) el Contrato de Colocación
celebrado entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Banco de Servicios y
Transacciones S.A. el 30 de abril de 2014, documentos que se adjuntan como Anexo I
formando parte integrante de la presente resolución. Considérese, por lo tanto,
emitidos los Títulos de la Clase N° 7 en el marco del Programa de Financiamiento en
el Mercado Local creado por la Ley N° 4.315 y ampliado por las Leyes N° 4.382, N°
4.431, N° 4.472, N° 4.810 y N° 4.885 y la Resolución N° 382-MHGC/2013 y el Decreto
N° 161 GCBA/2013, a partir del 9 de mayo de 2014, cuyos términos se encuentran
descriptos en el Suplemento del Prospecto.
Artículo 2°.- Déjase establecido que hasta tanto se constituya el Registro a que hace
referencia el artículo 105, inciso 2) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, los documentos aprobados en los artículos precedentes, serán
protocolizados en la Escribanía General del Gobierno, con lo cual se considerará
cumplido el requisito de registración establecido en dicho artículo.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
remítase para su conocimiento a las Direcciones Generales de Contaduría, de
Tesorería y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y
demás efectos pase a la Dirección General de Crédito Público. Grindetti
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4392