DECRETO 165 2014

Síntesis:

 MODIFICACIÓN ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - MODIFICA LA ESTRUCTURA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS -  MODIFICA LA DENOMINACIÓN Y LA DEPENDENCIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL  INFORMACIÓN Y GOBIERNO ABIERTO  -  POR DIRECCIÓN GENERAL INNOVACIÓN Y GOBIERNO ABIERTO - CREACIÓN DE DEPENDENCIAS - CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE INGENIERÍA DE PROYECTOS - CON DEPENDENCIA DE LA SUBSECRETARÍA GESTIÓN DE PROYECTOS DE MODERNIZACIÓN - CREA   LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES  - UPE  - CIUDAD MODERNA Y SUSTENTABLE - ORGANISMO FUERA DE NIVEL EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN  -  RANGO -  NIVEL  -  ATRIBUCIONES DE DIRECCIÓN GENERAL - RÉGIMEN GERENCIAL - APRUEBA GERENCIAS OPERATIVAS  - SUBGERENCIAS OPERATIVAS - MODIFICA DENOMINACIONES  -  TRANSFIERE DEPENDENCIAS  - CREA NUEVAS GERENCIAS OPERATIVAS  

Publicación:

12/05/2014

Sanción:

09/05/2014

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 4.013 y 471, los Decretos Nros. 684/09, 660/11, 122/12, 408/12 y

226/13, el Expediente Electrónico N° 2014-3111533-MGEYA-DGCHU, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes

mencionados;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencial para los cargos más

altos de la Administración Pública previstos en el artículo 34 de la Ley N° 471;

Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al

Ministerio de Modernización;

Que a través del Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de

Dirección General, modificándose parcialmente mediante los Decretos Nros. 122/12,

408/12 y 226/2013 la estructura del Ministerio de Modernización, aprobándose

asimismo, la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del mencionado

Ministerio;

Que como resultado de la experiencia recogida en el cumplimento de las funciones

encomendadas, surge la necesidad de efectuar diversas modificaciones en la

estructura organizativa del Ministerio de Modernización a los fines de una mejor

proyección operativa y una profundización del alcance de los objetivos del Ministerio;

Que en tal sentido, resulta conveniente modificar la denominación de la Dirección

General Información y Gobierno Abierto por Dirección General Innovación y Gobierno

Abierto, así como transferir la misma de la órbita de la Subsecretaría Gestión de

Proyectos de Modernización a la dependencia directa del Ministerio de Modernización;

Que a los fines de dotar de mayor entidad a las políticas referentes a la Innovación

Digital, dentro del eje Gobierno Abierto, se procede a crear la Gerencia Operativa

Innovación Digital en el ámbito de la mencionada Dirección General;

Que por otra parte, se propicia crear en la órbita de la Subsecretaría Gestión de

Proyectos de Modernización, la Dirección General Ingeniería de Proyectos, cuya

principal responsabilidad primaria será la de definir los lineamientos, objetivos y el plan

de implementación de las iniciativas verticales de modernización tecnológica e

informática del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también

asistir a los Ministerios, Secretarías y Entes Descentralizados, en la certificación de

calidad de sus procesos, creándose bajo su dependencia la Gerencia Operativa

Proyectos de Modernización;

Que a su vez, resulta necesario transferir la Gerencia Operativa Ingeniería de

Procesos de la órbita de la Dirección General Modernización Administrativa, a la de la

Dirección General Ingeniería de Proyectos de la Subsecretaría Gestión de Proyectos

de Modernización, con la finalidad de centralizar en la misma la gestión de iniciativas

de mejoras de procesos;

Que por otra parte, resulta adecuado crear la Gerencia Operativa Beneficios y

Servicios al Ciudadano en la órbita de la Dirección General Proyectos de Ciudad

Inteligente, dependiente de la Subsecretaría Gestión de Proyectos de Modernización,

teniendo a su cargo, entre otras, las acciones de desarrollo de programas e iniciativas

de beneficios, en forma conjunta con las áreas competentes de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que como resultado de la modificación de la dependencia orgánica de la Dirección

General Información y Gobierno Abierto, la cual conlleva la asunción por ésta de

nuevas funciones, corresponde reflejar el nuevo ordenamiento de las tareas realizadas

por la Dirección General Administración de Bases de Datos y Proyectos, siendo

necesario cambiar la denominación de la Gerencia Operativa Administración de

Proyectos, por la de Gerencia Operativa Publicación y Disponibilidad;

Que considerando la necesidad de posicionar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

como referente mundial en la aplicación de políticas de modernización y

sustentabilidad, resulta necesario crear en la órbita del Ministerio de Modernización, la

Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Ciudad Moderna y Sustentable", como

Organismo Fuera de Nivel con rango, nivel y atribuciones de Dirección General,

contemplando entre sus objetivos principales, la implementación y administración de

una red de monitoreo integral de indicadores de modernidad y sustentabilidad, así

como también la articulación con los distintos organismos del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, el sector privado y el tercer sector, las acciones

necesarias para la concientización y comunicación a los ciudadanos, en los principios

de sustentabilidad;

Que a los fines de evitar la dispersión de las funciones encomendadas y de optimizar

los recursos aplicados, resulta necesario efectuar diversas modificaciones en la

estructura organizativa de la Dirección General de Relaciones Institucionales;

Que en virtud de ello, se propicia modificar la denominación y acciones de la Gerencia

Operativa Coordinación Legislativa y Relaciones Institucionales, por Gerencia

Operativa Estrategia Institucional, suprimiéndose la Subgerencia Operativa de

Relaciones Institucionales;

Que en tal contexto, resulta conveniente la modificación de la denominación de la

Gerencia Operativa Comunicación Institucional por Gerencia Operativa Contenidos

Internos y la creación de la Subgerencia Operativa Protocolo y Eventos, que asumirá

las funciones correspondientes a la Subgerencia Operativa Relaciones Internacionales

y Eventos, siendo pertinente la supresión de esta última;

Que en atención a la creciente complejidad y diferenciación de las iniciativas de

comunicación del Ministerio, entre aquellas destinadas al ciudadano en general, y las

correspondientes a los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

se estima necesario adecuar el rango de la Subgerencia Operativa de Comunicación

Interna y Externa, elevándose la misma al nivel de Gerencia Operativa, modificándose

su denominación a Gerencia Operativa de Comunicación;

Que de la experiencia surgida en la implementación del nuevo sistema de liquidación

de haberes de los agentes de todos los escalafones del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, la cual fuera liderada por la Dirección General de

Administración y Liquidación de Haberes, y como respuesta al crecimiento en la

complejidad y volumen de las tareas por ésta realizadas, se estima necesaria una

adecuación en la conformación de los cargos del nivel gerencial;

Que por lo expuesto, corresponde crear la Subgerencia Operativa Legajos y Archivos

en el ámbito de la Gerencia Operativa Administración y Normativa, cuya función

primaria consiste en intervenir en el proceso de ingreso y confección del legajo

personal de los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la relevancia de la administración y liquidación de haberes de los diferentes

escalafones del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el

nivel de trabajo propio de soporte en los procesos involucrados en la misma, surge la

necesidad de crear la Subgerencia Operativa de Administración y Liquidación

Escalafón General, en la órbita de la Gerencia Operativa Administración del Escalafón

General, la Subgerencia Operativa Liquidación del Régimen Docente en el ámbito de

la Gerencia Operativa Administración del Régimen Docente y la Subgerencia

Operativa Liquidación del Régimen de Salud en el ámbito de la Gerencia Operativa

Administración del Régimen de Salud;

Que por las razones manifestadas anteriormente, se propicia crear la Subgerencia

Operativa Configuración de Sistemas y la Subgerencia Operativa Análisis de Procesos

dependiente de la Gerencia Operativa Gestión de Sistemas de la citada Dirección

General;

Que por último, resulta pertinente la supresión de la Subgerencia Operativa Control

Presupuestario de Recursos Humanos de la órbita de la Dirección General

Planeamiento y Control de Gestión como asimismo corresponde transferir la Gerencia

Operativa Evaluación y Mejora del Gasto del ámbito de la citada Dirección General al

ámbito de la Dirección General Auditoría y Control Operativo, siendo necesaria la

adecuación de sus acciones y la modificación de su denominación a Gerencia

Operativa Control Operativo;

Que en virtud de lo expuesto corresponde modificar parcialmente la estructura

organizativa del Ministerio de Modernización, aprobada por el Decreto N° 660/11.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase la estructura organizativa del Ministerio de Modernización del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente

el Decreto N° 660/11, de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2014-04082174-

MMGC) y II (Responsabilidades Primarias, Acciones y Objetivos) (IF-2014-05078452-

MMGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Modifícase la denominación de la Dirección General Información y

Gobierno Abierto del Ministerio de Modernización, por Dirección General Innovación y

Gobierno Abierto, transfiriéndose la misma con su personal, patrimonio y presupuesto,

de la órbita de la Subsecretaría Gestión de Proyectos de Modernización, a la

dependencia directa del Ministerio de Modernización.

Artículo 3°.- Créase en la órbita de la Subsecretaría Gestión de Proyectos de

Modernización del Ministerio de Modernización, la Dirección General Ingeniería de

Proyectos.

Artículo 4°.- Créase la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Ciudad Moderna y

Sustentable", como Organismo Fuera de Nivel en el ámbito del Ministerio de

Modernización, con rango, nivel y atribuciones de Dirección General.

Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización

y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Subsecretarías Gestión de Recursos Humanos y Gestión de

Proyectos de Modernización del Ministerio de Modernización, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y

Capital Humano del Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás

efectos, remítase al Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. MACRI

Ibarra - Rodríguez Larreta


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4393

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<br>Art. 1 Dec. 165-14 modifica la estructura organizativa del Ministerio de Modernización del GCABA, quedando modificado parcialmente el Dec. 660-11.<br/><br>Art. 2 Dec.165-14 modifica la denominación de la DG Información y Gobierno Abierto, por DG Innovación y Gobierno Abierto, transfiere personal, patrimonio y presupuesto, de la órbita de la SS Gestión de Proyectos de Modernización, a la dependencia directa del Ministerio de Modernización.<br/><br>Art. 3 Dec.165-14 crea la DG de Ingeniería de Proyectos con dependencia de la SS Gestión de Proyectos de Modernización.<br/><br>Art. 4 Dec.165-14 crea la UPE Ciudad Moderna y Sustentable, como OFN en el ámbito del Ministerio de Modernización, con rango, nivel y atribuciones de Dirección General.<br/>