RESOLUCIÓN 492 2014 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
APRUEBA PROGRAMA DOCENTE - RESIDENCIA POSBÁSICA - MEDICINA DEL TRABAJO - ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO- OIT - ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD- OPS - ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD- OMS - SRT - DGPT - COMISIONES MEDICAS - ART - DEPARTAMENTO DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO HOSPITALARIO - HOSPITAL P PIÑERO - DURACIÓN DEL PROGRAMA DOS AÑOS - RESIDENTE - VIGILANCIA MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO- SALUD DE LOS TRABAJADORES- INFORMACIÓN FORMACIÓN ASESORAMIENTO - MINISTERIO DE SALUD - AÑO 2014
Publicación:
12/05/2014
Sanción:
07/05/2014
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
La Ordenanza N° 40.997, la Ley N° 153, el Expediente Electrónico N°
3.580.117/MGEYA-DGDOIN/2014, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 40.997 regula el Sistema de Residencias del Equipo de Salud en
sus distintas especialidades básicas y posbásicas de formación de los recursos
humanos en salud en el Nivel de Postgrado;
Que el programa de la Residencia Posbásica en Medicina del Trabajo tiene por
objetivo desarrollar una actitud crítica y reflexiva en los médicos que permita el
abordaje calificado de las problemáticas del proceso salud enfermedad en relación
con el trabajo sin descontextualizar al individuo y/o la comunidad del momento
histórico por el cual atraviesa;
Que, en ese sentido, la Dirección de Capacitación y Docencia dependiente de la
Dirección General de Docencia e Investigación propicia la aprobación del Programa
Docente de la Residencia Posbásica en Medicina del Trabajo;
Que el diseño curricular del mencionado Programa Docente pretende, a través de un
proceso estructurado y formal, la adquisición de competencias que avalen el ejercicio
de la especialidad contemplando los avances científicos tecnológicos y los
problemas del sistema de salud, constituyendo la herramienta esencial para
cumplimentar los extremos de la precitada Ordenanza y la Ley Básica de Salud N°
153.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1.- Apruébase el Programa Docente de la Residencia Posbásica en Medicina
del Trabajo, el que como Anexo (IF-2014-03618026-DGDOIN) forma parte integrante
de la presente.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Docencia e
Investigación y a la Dirección de Capacitación y Docencia. Cumplido, archívese.
Reybaud
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4393