RESOLUCIÓN 5 2014 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
APRUEBA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO QUE DEBERÁ OBSERVARSE EN LA LOCACIÓN ADMINISTRATIVA DE INMUEBLES - CONTRATACIÓN DIRECTA - ALQUILERES - PROCEDIMIENTO BÁSICO - COMPRAS - VENTAS - CONTRATACIONES DE BIENES Y SERVICIOS - DOMINIO DE TERCEROS - ADMINISTRACIÓN DE INMUEBLES - EXPEDIENTE ELECTRÓNICO
Publicación:
22/05/2014
Sanción:
19/05/2014
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO:
Las Leyes N° 2.095, N° 3.304 y N° 4.013, los Decretos N° 196/11 y N° 95/14, la
Resolución Conjunta N° 9-MMGC-MJGGC-SECLyT/12 y el Expediente Electrónico N°
4698500-MGEYA- DGTALMJG/14, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas que deben observarse para los
procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regula las
obligaciones que derivan de los mismos, en el ámbito del Sector Publico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 28 inciso 12 de dicha norma establece como supuesto de la
Contratación Directa la locación de inmuebles;
Que por Decreto N° 95/14 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095,
estableciendo en el artículo 28 inciso 12 el procedimiento de contratación directa para
las locaciones y adquisiciones de inmuebles;
Que en este sentido tal Decreto regula el procedimiento aplicable para el caso de
locaciones administrativas de inmuebles de dominio de terceros;
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que en el Anexo I de la Ley antes mencionada, en su Título II, Capítulo III,
denominado: "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y
Comunicación", en el punto 6.3: "Digitalización de procesos administrativos", se
dispuso entre las actividades: "...desarrollar la arquitectura tecnológica para la
implementación del expediente electrónico...";
Que en ese marco por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del
"Expediente Electrónico", en los términos del apartado 4 del punto 6.3 "Digitalización
de Procesos Administrativos" previstos en la Ley N° 3.304;
Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4.013 designa al Ministerio
de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización
de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las
políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura
informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que asimismo dicha Ley establece que le corresponde a la Jefatura de Gabinete de
Ministros, en forma conjunta con el Ministerio de Modernización, diseñar, coordinar y
verificar la implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la
información para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;
Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la
transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado
estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites
administrativos;
Que por Resolución Conjunta N° 9-MMGC-MJGGC-SECLyT/12 se estableció que el
procedimiento "Administración de Inmuebles-Alquiler" tramite por el Módulo de
Expediente Electrónico del SADE, conforme los términos del Decreto N° 196/11;
Que en esta instancia, resulta necesario regular el procedimiento administrativo
electrónico que deberá observarse en la locación administrativa de inmuebles de
dominio de terceros.
Por ello en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el Procedimiento Administrativo Electrónico que deberá
observarse en la locación administrativa de inmuebles en los términos del artículo 28
inciso 12 del Decreto N° 95/14 y que como Anexo (IF-4377286-DGMAD-2014) forma
parte integrante de la misma.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder
Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de
Buenos Aires, a los Organismos Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Rodríguez Larreta -
Grindetti - Ibarra - Clusellas
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4401