RESOLUCIÓN 9 2012 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
ESTABLECE NUEVAS FECHAS DE IMPLEMENTACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO -SADE-
Publicación:
12/07/2012
Sanción:
11/07/2012
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO:
Las Leyes N°, N° 3304 y N° 4013, los Decretos N° 196/11 y N° 193/12, y el Expediente
N° 01412845-MGEYA-DGMAD/2012, y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este
Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas
tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites
administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para
su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-
Que, asimismo, facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas necesarias
para la implementación y funcionamiento de dicho sistema;
Que, posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un
proceso de modernización administrativa;
Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado
"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",
se dispuso entre sus actividades "....desarrollar la arquitectura tecnológica para la
implementación del expediente electrónico";
Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del
"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304";
Que dicho Decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría
Legal y Técnica, a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias
que resulten necesarias
Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4013 designa al Ministerio
de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización
de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las
políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura
informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que asimismo dicha Ley establece que le corresponde a la Jefatura de Gabinete de
Ministros, en forma conjunta con el Ministro de Modernización, diseñar, coordinar y
verificar la implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la
información para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;
Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la
transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado
estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites
administrativos;
Que asimismo distintas normas han previsto la incorporación de trámites
administrativos al Expediente Electrónico como herramienta de gestión administrativa;
Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de
trámites al Expediente Electrónico, a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 196/11.
Por ello y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Establécese que, a partir del 12 de julio, deberán tramitar por Expediente
Electrónico, conforme lo establecido en el Decreto N° 196/11, utilizando el Módulo
"EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- los
procedimientos de:
1) Reclamo Valor Inmobiliario de Referencia (VIR),
2) Exenciones Generales previstas en el Art. 37 del Anexo del Decreto N° 193/12,
salvo incisos 1 y 15
3) Proceso de Certificación y Homologación de "Sistemas Informáticos de Control de
Asistencia"-
4) Designación de Responsable de Fondos
5) Bibliotecas populares subsidio mensual
6) Bibliotecas populares subsidio especial
7) Casco histórico, solicitud aprobación muestra
8) Escuela Creación Cooperadora
Artículo 2°.- Establécese que, a partir del 1° de agosto, deberán tramitar por
Expediente Electrónico, conforme lo establecido en el Decreto N° 196/11, utilizando el
Módulo "EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- los
procedimientos de:
1) Administración de inmuebles -Alquiler
2) Vía Pública -Permiso de Uso
3) Bienes en Desuso
4) Seguros Solicitud De Contratación
5) Seguros Póliza
Artículo 3°.- Establécese que, a partir del 15 de agosto, deberá tramitar por Expediente
Electrónico, conforme lo establecido en el Decreto N° 196/11, utilizando el Módulo
"EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- el
procedimiento de intervención Finca.
Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas
las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los
Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Cumplido,
archívese. Ibarra - Rodríguez Larreta - Clusellas