DISPOSICIÓN 130 2017 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - DISPOSICIÓN 60 DGSEGUROS -12 - ESTABLECE METODOLOGÍA - REPARTICION - JURISDICCION - OBJETO - UBICACION - CANTIDAD  Y DETALLE - VIGENCIA - CONTRATACIONES DE COBERTURAS DE SEGURO - SEGUROS SOLICITUD DE CONTRATACIÓN - FORMULARIO CONTRATACION  DE RESPONSABILIDAD CIVIL ESPECTADOR- ES - EVENTOS - COMPRENSIVA - MAQUINAS ELEVADORAS - ACCIDENTES PERSONALES - TECNICO - ROBO Y RIESGOS SIMILARES - DINERO EN TRANSITO - INCENDIO - DAÑO AMBIENTAL INCIDENCIA COLECTIVA - TODO RIESGO - OBRAS DE ARTE - INSTRUMENTOS MUSICALES - DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Publicación:

17/02/2017

Sanción:

14/02/2017

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES


VISTO:

Las Leyes N° 2.095 y N° 3.304 (Textos consolidados por Ley N° 5.666), los Decretos

N° 196/11 y N° 675/16, la Resolución N° 9/MMGC/MJGGC/SECLYT/12, la Disposición

N° 60/DGSEGUROS/12, el Expediente Electrónico N° 04493614-MGEYA-DGCYC-

2017, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666), se sancionó el marco

normativo en materia de compras y contrataciones del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley N° 3.304 (Texto consolidado por Ley N° 5.666), estableció el Plan de

Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización administrativa;

Que, en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley mencionada en el párrafo anterior,

denominado "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y

Comunicación", en el punto 6.3 "Digitalización de procesos administrativos", se

dispuso entre las actividades a implementar "...desarrollar la arquitectura tecnológica

para la implementación del expediente electrónico...";

Que por Decreto N° 675/16, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y no se

incluyó a la ex Dirección General de Seguros, encomendando a la Dirección General

de Compras y Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa

del Ministerio de Hacienda parte de sus competencias, entre las que se encuentra la

de entender e intervenir en las contrataciones y renovaciones de coberturas de

seguros que deban efectuar las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que por Decreto N° 196/11 se implementó el " Expediente Electrónico", en los

términos del apartado 4 del punto 6.3. "Digitalización de Procesos Administrativos",

contenido en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley N° 3.304 (Texto consolidado

por Ley N° 5.666), referido al "Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la

Información y Comunicación";

Que la Resolución N° 9/MMGC/MJGGC/SECLYT/12 establece que, deberán tramitar

por Expediente Electrónico, conforme lo establecido en el Decreto N° 196/11,

utilizando el Módulo "EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -

SADE- una pluralidad de procedimientos y en lo que nos ocupa en sus apartados 4) y

5), específicamente los de "Seguros Solicitud De Contratación" y "Seguros Póliza",

respectivamente;

Que mediante el dictado de la Disposición N° 60/DGSEGUROS/12, la entonces

Dirección General de Seguros reglamentó lo atinente a plazos y remisión de

expedientes de solicitud de contratación de coberturas de seguro, y estableció los

requisitos constitutivos de los elementos esenciales inherentes a los ramos

asegurativos requeridos según los diferentes riesgos a amparar;

Que en ese orden de ideas, es menester dejar sin efecto la mencionada norma y

proceder al dictado de una nueva reglamentación en materia de contratación de

coberturas de seguro en atención a lo enunciado en el cuarto considerando.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 675/16,

LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Disposición N° 60/DGSEGUROS/12.

Artículo 2°.- Establézcase la metodología detallada en la presente como de aplicación

para aquellas contrataciones realizadas al amparo de los procedimientos

contemplados en la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su

reglamentación, el Decreto N° 95/14 y modificatorios, por los términos y criterios que

se encuentran detallados en los Anexos (DI-2017-04728920-DGCYC), que a todos sus

efectos forman parte integrante de la presente, a tenor de proveer mayor celeridad en

el tratamiento de las gestiones para las contrataciones de coberturas de seguro de los

distintos ramos asegurativos.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Tojo


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5072

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1°  de la Disposicion N° 330-DGCYC-23 deroga la Disposición N° 130-DGCYC-17.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 Anexo I, establece que el organismo que requiera la contratación de un a cobertura de seguro deberá remitir el Expediente Electrónico conforme lo dispuesto por el artículo Nº 2 de la Resolución Nº 9/MMGC/MJGGC/SECLYT/12</p><p> </p>
DEROGA
<p>Art.1 de la Disposición N° 130/DGCYC/17 deja sin efecto la Disposición N° 60/DGSEGUROS/12.</p>