LEY 876 2002

Síntesis:

PRÓRROGA DE PLAZOS DE ENTRADA EN VIGENCIA - PROHIBICIÓN DE INGRESO DE GANADO VACUNO EN PIE AL TERRITORIO DE LA CIUDAD - LEY 622

Publicación:

07/10/2002

Sanción:

05/09/2002

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

30/09/2002


LA LEGISLATURA DE LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° Prorrógase la entrada en vigencia de la prohibición establecida en el artículo 1° de la Ley N° 622, hasta el 8 de marzo de 2003.

Artículo 2° Comuníquese, etc.Caram - Alemany

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 876, prorroga la entrada en vigencia de la prohibición establecida en el art. 1 de la Ley 622, hasta el 8 de marzo de 2003.</p>
PROMULGADA POR