DECRETO 1260 2002

Síntesis:

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES DE CRÉDITOS. SE ESTABLECE LA COMUNICACIÓN INMEDIATA A LA SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y LEGAL Y TÉCNICA, PARA SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL - PROCEDIMIENTO

Publicación:

07/10/2002

Sanción:

30/09/2002

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto las Leyes N° 70 y 801, el Decreto N° 818/GCBA/2002 y el expediente N° 38.029/02;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 801 se modificó el artículo 63 de la Ley N° 70, de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad;

Que en el mencionado artículo se establecen las distintas competencias para efectuar modificaciones a la Ley de Presupuesto General, disponiéndose que dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los cinco (5) días de firmada la Resolución correspondiente;

Que, dada la brevedad del citado plazo legal, se hace necesario reglamentar el circuito que los actos administrativos deben realizar una vez suscriptos por el funcionario competente;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias (Artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°- Las Resoluciones que modifiquen la Ley de Presupuesto General, de conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la Ley N° 70, modificado por la Ley N° 801, deben ser comunicadas a la Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica, el día siguiente al de su suscripción, antes de las 18 horas, en soporte papel con dos (2) copias certificadas y en soporte magnético.

Artículo 2°- El presente decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete y por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Artículo 3°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a todas las Secretarías del Poder Ejecutivo, a las Subsecretarías dependientes del área Jefe de Gobierno y a la Sindicatura General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Dto. 1260-02 establece procedimiento para la remisión de modificaciones al Presupuesto Gral, a la SSJLYT, para su publicación según Ord. 33701</p>