RESOLUCIÓN 2114 2014 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

AUTORIZACIÓN - DOCENTES INTERINOS PRESENTARSE A ELECCIONES - COBERTURA DE CARGOS - RECTOR - VICERRECTOR Y REGENTE DEL NIVEL TERCIARIO - RECTOR Y SECRETARIO ACADÉMICO DE INSTITUTOS DE FORMACIÓN TÉCNICO SUPERIOR - INSTITUCIONES DONDE SE DESEMPEÑAN - UN SÓLO PERÍODO - REQUISITOS

Publicación:

03/06/2014

Sanción:

15/05/2014

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

El Expediente electrónico N° 4.754.290/14-SSGECP, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 4.563 se confirmó en carácter de titulares a la fecha de

promulgación de la mencionada Ley, a los docentes que hubiesen accedido en

carácter de interinos a todas las Instituciones de Nivel Superior, a saber: Escuelas

Normales Superiores, Institutos de Educación Superior, Escuela Superior de

Enfermería, Instituto de Tiempo Libre y Recreación, Instituto Superior de Deportes,

Instituto Superior del Profesorado de Educación Especial, Institutos Superiores del

Profesorado, Institutos Superiores de Educación Física, Institutos de Formación

Técnica Superior (ex Centros Educativos de Nivel Terciario: CENT) y Tecnicaturas o

Carreras de Nivel Terciario dependientes de la Dirección de Formación Docente y de

la Dirección de Formación Técnica Superior del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en las horas cátedra, en cargos de base y en los cargos de: Secretario,

Prosecretario, Asesor Pedagógico, Profesor, Profesor de Enfermería, Jefe de Trabajos

Prácticos; Jefe de Laboratorio, Jefe de Biblioteca, Bibliotecario, Jefe de Bedeles,

Bedel, Jefe de Preceptores, Preceptor, Visitador Social, Ayudante de Clases Prácticas,

Ayudante de Trabajos Prácticos, Profesor Asistente de Trabajos Prácticos, Asistente

de Trabajos Prácticos;

Que la reglamentación de la norma mencionada precedentemente tramita por la vía

administrativa correspondiente;

Que la Ley N° 24.521 regula las instituciones de formación superior, sean

universitarias o no universitarias, cumplimentada por la Ley N° 26.206 de Educación

Nacional y la Ley N° 2.185 CABA que incorpora a la Ordenanza N° 40.593 los

Institutos de Formación Técnica Superior junto a los de Formación Docente;

Que, hasta tanto se cumplimente el procedimiento de titularización, corresponde

arbitrar los procedimientos necesarios a fin de evitar las dificultades que surgen en las

Instituciones de Nivel Superior para la cobertura de cargos de ascenso;

Que resulta imprescindible para el desarrollo y buen funcionamiento de las

instituciones educativas contar con los cuadros de conducción completos existiendo

razones de oportunidad, mérito y conveniencia para adoptar una decisión de

excepcionalidad que contemple la situación de los docentes alcanzados por la Ley N°

4.563, hasta el dictado de la reglamentación correspondiente;

Que ha tomado la intervención de su competencia la Subsecretaria de Gestión

Educativa y Coordinación Pedagogica;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Articulo 1.- Autorízase excepcionalmente, a los docentes interinos, alcanzados por la

Ley N° 4.563, a presentarse a elecciones para la cobertura de cargos de Rector,

Vicerrector y Regente del Nivel Terciario, y Rector y Secretario Académico de

Institutos de Formación Técnico Superior, en las instituciones en que se desempeñan,

por un sólo periodo en tal carácter.

Articulo 2.- Establécese que los docentes interinos, autorizados en virtud de la

presente Resolución, deberán reunir los mismos requisitos que para los docentes

titulares establecen los Reglamentos Orgánicos de las respectivas instituciones

educativas, dependientes de las Direcciones de Formación Docente y de Formación

Técnica Superior.

Artículo 3.- Dispónese que los docentes interinos que accedieren a cargos de ascenso

como titulares a término, en función de los dispuesto por el artículo 1 de la presente,

serán titularizados en virtud de la Ley N° 4.563 en sus respectivos cargos de base, aún

cuando estén con licencia.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese mediante las comunicaciones oficiales pertinentes a la Subsecretaría de

Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, a las Direcciones Generales de

Educación Superior y de Personal Docente y No Docente, a las Direcciones de

Formación Docente y Formación Técnica Superior. Cumplido, archívese. Bullrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la  Resolución 2114-MEGC-14, autoriza en forma excepcional a los docentes interinos, alcanzados por la<br />Ley 4563, a presentarse a elecciones para la cobertura de cargos de Rector,<br />Vicerrector y Regente del Nivel Terciario, y Rector y Secretario Académico de<br />Institutos de Formación Técnico Superior, en las instituciones en que se desempeñan, por un sólo periodo en tal carácter.</p><p>Art. 3, dispone que los docentes interinos que accedieren a cargos de ascenso como titulares a término, serán titularizados en virtud de la Ley 4563 en sus respectivos cargos de base, aún cuando estén con licencia.</p>