RESOLUCIÓN 171 2014 JEFATURA DE POLICÍA METROPOLITANA

Síntesis:

ESPEDIENTE ELECTRÓNICO - SADE -  ESTABLECE EL CARÁCTER DE RESERVADO AL USO DE LA TRATA PM 000101A­ INSTRUCCIÓN AVERIGUACIONES PREVIAS - PERSONAL DE LA POLICÍA METROPOLITANA - ESCLARECIMIENTO DE HECHOS - INSTRUCCIÓN DILIGENCIAS PRELIMINARES 

Publicación:

04/06/2014

Sanción:

02/06/2014

Organismo:

JEFATURA DE POLICÍA METROPOLITANA


VISTO:

Las Leyes Nros. 2894 y 3304, los Decreto Nros. 765/10, 196/11 y 36/11, EE N°

6547889-MGEYA- PMCABA/14, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 2.894, establece en su artículo 35 inciso a), que el Jefe de Policía,

debe: "Conducir orgánica y funcionalmente la Fuerza, siendo su responsabilidad la

organización, prestación y supervisión de los servicios policiales de la Ciudad, en el

marco de la Constitución, de la presente Ley y de las restantes normas aplicables", y

por su parte, su inciso b) prescribe que el Jefe de la Policía Metropolitana está

facultado para: "Dictar resoluciones, impartir directivas y órdenes generales o

particulares necesarias para el cumplimiento de su misión";

Que, por Ley N° 3304 se creó el Plan de Modernización de la Administración Pública

con el fin de encarar un proceso de modernización administrativa y promover la

aplicación de nuevas tecnologías de la información y comunicación en el Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por su parte el Decreto N° 765/10 instruyó a todos los organismos del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar, del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos (SADE), el módulo "GENERADOR DE

DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO" como medio de creación,

registro y archivo de informes y providencias;

Que, en dicho contexto se procedió al dictado del Decreto N° 196/11 por el cual se

incorporó al Sistema de Administración de Documentos Electrónicos, el módulo

Expediente Electrónico;

Que, el Expediente Electrónico goza de independencia respecto al espacio físico, lo

que facilita su localización y visualización por cualquier usuario del sistema SADE;

Que, se prevé también la posibilidad de exceptuarlos de esa condición mediante el uso

de tratas de carácter "Reservado";

Que, el Anexo I del Decreto N° 36/11 "Reglamentación del Capítulo XV del Título II y

del Capítulo VIII del Título III del Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana Ley

N° 2947" establece en que, ante la advertencia de la posible comisión de una falta

administrativa que por las características propias del hecho requiera la realización de

diligencias preliminares, se podrán labrar actuaciones denominadas averiguaciones

previas a efectos de determinar si corresponde la aplicación de sanciones directas o la

instrucción de sumario administrativo;

Que, en virtud de lo establecido en el art 101 del mismo cuerpo normativo, el sumario

administrativo será secreto hasta el auto fundado que ordena tomarle declaración al

imputado. Solo quien acredite interés legítimo podrá tomar vista del mismo una vez

clausurado el periodo secreto;

Que, las diligencias preliminares que tramitan como Averiguaciones Previas, pueden

derivar en un sumario concreto, motivo por el cual deberían estar alcanzadas por el

secreto mencionado ut supra;

Que de tal forma, se garantiza que las diligencias preliminares o la instrucción

sumarial, no se vean influenciada por factores externos ajenos a la correcta

tramitación de las actuaciones, ni se vea afectado el honor y el buen nombre del

imputado hasta tanto se tenga la convicción de la comisión de la falta administrativa;

Que, por las consideraciones vertidas corresponde el dictado del pertinente acto

administrativo por medio del cual se disponga el carácter de reservado al uso de la

trata PM 000101A-INSTRUCCIÓN AVERIGUACIONES PREVIAS;

Que, la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana ha tomado

la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL JEFE DE LA POLICIA METOPOLITANA

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese el carácter de reservado al uso de la trata PM

000101A-INSTRUCCIÓN AVERIGUACIONES PREVIAS, para todos las diligencias

preliminares que se instruyan efectos de esclarecer los hechos y deslindar las

responsabilidades que pudieren atribuírsele a personal de esta Policía Metropolitana.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

pase a la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, para su

intervención y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Administración de

Aplicativos Informáticos (GOAAI) de la Dirección General de Mesa de Entradas,

Salidas y Archivos de la Secretaria Legal y Técnica de Jefatura de Gobierno.

Cumplido, archívese. Gimenez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art.1, Res. 171-PMCABA-14:Establece el uso de la trata reservada para el trámite de Instrucción averiguaciones previas, de la Policía Metropolitana, en el marco de lo dispuesto por el Dec. 196-11.