RESOLUCIÓN 868 2014 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - NOMENCLADOR INDICATIVO DE PRESTACIONES DE ALTA COMPLEJIDAD Y TRASPLANTES DE ÓRGANOS - SE APRUEBA NOMENCLADOR INDICATIVO DE PRESTACIONES DE ALTA COMPLEJIDAD Y TRASPLANTES DE ORGANOS - FONDOS COMPENSADORES - FIJA EL 31 DE AGOSTO 2014 FECHA LÍMITE - PRESENTACIÓN ANTE LA GERENCIA OPERATIVA SERVICIOS MÉDICOS Y DE PREVENCIÓN DE LA SALUD - PRESTACIONES REALIZADAS HASTA EL 1° DE AGOSTO DE 2014 INCLUSIVE - PAUTAS DE COBERTURA - VALORES DE REFERENCIA - PAGO DE PRESTACIONES Y-O PROVISIONES
Publicación:
04/06/2014
Sanción:
30/05/2014
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
Estado:
No vigente
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1721/GCBA/97, ratificado por la Resolución N°
46/98 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y modificado por las
Leyes N° 19 y 3021, las Resoluciones N° 2989/MHGC/07 y 3828/MHGC/08 y el
Expediente N° 5564892/2014, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° del Decreto citado se instituye, en forma genérica, un
fondo compensador para todo el personal dependiente del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, quedando a su vez comprendidos las entidades, los
funcionarios y agentes activos y pasivos indicados en su artículo 2°;
Que en dicho contexto, en sus artículos 8° a 11 instituye fondos compensadores por
los siguientes conceptos: fallecimiento del agente del Gobierno de la Ciudad,
fallecimiento de un familiar del agente del Gobierno de la Ciudad, trasplante de
órganos para el agente del Gobierno de la Ciudad y familiares a su cargo y cobertura
por prestaciones de alta complejidad médica que requiera el agente del Gobierno de la
Ciudad y familiares a su cargo;
Que por el artículo 24 del mencionado Decreto, se faculta a la por entonces Secretaría
de Hacienda y Finanzas, hoy Ministerio de Hacienda, a dictar las normas
reglamentarias y complementarias para la ejecución de la norma referida;
Que en la actualidad y desde el año 2008 se encuentra vigente el Nomenclador
Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad Médica y Trasplantes establecido
mediante Resolución N° 3828/MHGC/08;
Que desde la creación del Fondo Compensador, sucesivas normas fueron
actualizando el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad y
Trasplante de Organos, con fundamento en la variación de los precios testigos y en la
necesidad de incorporar nuevas prestaciones a las ya establecidas y eliminar otras por
no corresponder;
Que mediante la Resolución N° 2.989/MHGC/07 se crea una Comisión permanente
integrada por representantes de este Ministerio y de la Obra Social de la Ciudad de
Buenos Aires, tendiente a que, a través de un enfoque multidisciplinario, realice un
análisis exhaustivo de las variables referidas a los fondos compensadores creados por
los artículos 10 y 11 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.721/GCABA/97, tanto
desde el punto de vista cuantitativo como cualitativo, a fin de proponer a la autoridad
de aplicación, los cambios y actualizaciones que considere pertinentes relativos a los
referidos fondos compensadores;
Que en función de las estimaciones formuladas, la comisión referida considera
necesario actualizar el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad y
Trasplantes de Organos, tomándose en juicio, entre otras, razones de corte
epidemiológico y la variación sustancial de los precios de mercado;
Que este Ministerio comparte las conclusiones a las que en dichos aspectos ha
arribado la comisión señalada;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 24 del Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1.721/GCABA/97,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto, a partir del 1° de agosto de 2014, el Nomenclador
Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad y Trasplantes de Organos determinado
en la Resolución N° 3828-MHGC-08.
Artículo 2°.- Apruébase a partir del 1° de agosto de 2014, el Nomenclador Indicativo de
Prestaciones de Alta Complejidad y Trasplantes de Organos, en relación con los
fondos compensadores creados por los artículos 10 y 11 del Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1721/GCABA/97, según se detalla en los Anexos I que se adjuntan a la
presente y, a todos sus efectos, forman parte integrante de la misma.
Artículo 3°.- Fíjase en el día 31 de agosto 2014 la fecha límite para la presentación
ante la Gerencia Operativa Servicios Médicos y de Prevención de la Salud respecto de
prestaciones que se hubiesen realizado hasta el 1° de agosto de 2014 inclusive. En
tales casos, serán de aplicación las pautas de cobertura previstas en el Nomenclador
Indicativo aprobado por Resolución N° 3828/MHCG/2008.
Artículo 4.- Los valores de referencia establecidos en el Nomenclador Indicativo de
Prestaciones de Alta Complejidad y Trasplantes de Organos al que se refiere el
artículo 2° de la presente, expresados en dólares estadounidenses (USD) serán, a los
efectos del pago de las prestaciones y/o provisiones, reexpresados a la cantidad de
pesos de curso legal en la República Argentina que resulten de aplicar el tipo de
cambio transferencia vendedor del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, vigente al día
en que se emita la correspondiente factura.
Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las diversas Obras Sociales a las cuales aportan los agentes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Instituto Nacional Central Único
Coordinador de Ablación e Implantes (I.N.C.U.C.A.I.), al Banco Ciudad de Buenos
Aires y al Ministerio de Modernización y para su conocimiento y demás fines, remítase
a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda.
Grindetti