RESOLUCIÓN 105 2014 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO EL REQUISITO DE ADMISIÓN RELATIVO A LA APROBACIÓN DE LOS EXÁMENES PSICOMOTRIZ Y PSICOTÉCNICO EN EL GABINETE DE LA ESCUELA DE CONDUCTORES - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA
Publicación:
11/06/2014
Sanción:
23/05/2014
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO:
La Ley N° 2.895, la Resolución N° 82/ISSP/12, el Expediente Electrónico N°
6020390/MGEYA/SGISSP/14, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 7 de la Ley N° 2.895 dispone que la formación y capacitación en
general tiende a la profesionalización y especialización del desempeño policial de
acuerdo a la función específica de cada uno de los cargos que ejerciera el/la oficial a
lo largo de la carrera policial. El plan de formación y capacitación se desarrolla
teniendo en cuenta las competencias funcionales necesarias para el desempeño
eficiente del cargo;
Que sobre esas bases se introdujeron las modificaciones pertinentes para adecuar los
contenidos a las nuevas necesidades de capacitación de la fuerza a la vez que se
crean espacios curriculares diferenciados que apuntan a completar las instrucciones
en temáticas operativas específicas;
Que como consecuencia de ello, mediante Resolución N° 82/ISSP/12 fueron
aprobados entre otros el "Curso Regular de Patrulleros", el "Curso de Motociclista
Policial para Oficiales con Experiencia", el "Curso de Motociclista Escoltas de
Protección", el "Curso de Cuatriciclo" y el "Curso de Adaptación a Flota Pesada",
cuyas características y contenidos obran en los cuadernillos que como Anexos II a VI
forman parte integrante de dicha Resolución, teniendo como eje la continua necesidad
de capacitación y actualización en las labores propias del servicio policial,
intrínsecamente relacionada con los aspectos inherentes a la seguridad pública;
Que los mentados cursos poseen como requisito de admisión contar con licencia de
conducir válida para cada una de las categorías correspondientes y la aprobación de
los exámenes psicomotriz y psicotécnico en el Gabinete de la Escuela de
Conductores;
Que el último de los requisitos mencionados se encuentra en realidad ya satisfecho
por el primero de los mismos, toda vez que a los fines del otorgamiento de la
pertinente licencia de conducir los solicitantes son sometidos a rigurosos exámenes
tanto físicos como psicológicos por parte de la Dirección General de Licencias;
Que asimismo, por razones funcionales y de ordenamiento administrativo, a partir del
día 28 de febrero del corriente año, la Escuela de Conductores dependiente de la
Dirección de Especialización del Instituto Superior de Seguridad Pública dejó de contar
con el citado el Gabinete Psicológico que cumplía dicha función;
Que en virtud de lo expuesto se impone dictar el correspondiente acto administrativo a
los fines de dejar sin efecto el requisito de admisión relativo a la aprobación de los
exámenes psicomotriz y psicotécnico en el Gabinete de la Escuela de Conductores
establecido en los Anexos II a VI de la Resolución N° 82/ISSP/12, manteniendo los
restantes requisitos allí contemplados.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Dejar sin efecto el requisito de admisión relativo a la aprobación de los
exámenes psicomotriz y psicotécnico en el Gabinete de la Escuela de Conductores
establecido en los Anexos II a VI de la Resolución N° 82/ISSP/12, manteniendo las
restantes exigencias contempladas en los mismos.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública y
a la Dirección de Especialización Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. De Langhe