RESOLUCIÓN 82 2012 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO LOS ARTÍCULOS 2 Y 3 DE LA RESOLUCIÓN 1183-MJYSGC-09 - APRUEBA CURSOS - CURSO REGULAR DE PATRULLEROS PARA CADETES - CURSO REGULAR DE PATRULLEROS - CURSO DE MOTOCICLISTA POLICIAL PARA OFICIALES CON EXPERIENCIA - CURSO DE MOTOCICLISTA ESCOLTAS DE PROTECCIÓN - CURSO DE CUATRICICLO - CURSO DE ADAPTACIÓN A FLOTA PESADA - CURSO BÁSICO DE PROTECCIÓN DE DIGNATARIOS - CURSO DE GUÍA DE CANES DETECTORES DE EXPLOSIVOS - CURSO DE GUÍA DE CANES DETECTORES DE NARCÓTICOS - CURSO DE GUÍA DE CANES DE SEGURIDAD - CURSO DE ENCARGADO DE SALAS DE ARMAS - CURSO DE OPERADOR BÁSICO DE ARMAS POLICIALES - CURSO DE OPERADOR BÁSICO DE ESCOPETA - CURSO DE OPERADOR AVANZADO DE ESCOPETA - CURSO DE TIRO VIRTUAL - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICO

Publicación:

22/06/2012

Sanción:

13/06/2012

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688


TEXTO ACTUALIZADO

VISTO:

Las Leyes N° 2.894, N° 2.895, las Resoluciones N° 1133/MJYSGC/09, N°

1183/MJYSGC/09, el Expediente N° 1174723/12, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de

Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y encomienda al

Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción

política e institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana y el Instituto

Superior de Seguridad Pública;

Que consecuentemente el Artículo 56 de la mencionada Ley de Seguridad Pública

crea el Instituto Superior de Seguridad Pública como ente autárquico, dependiente

orgánica y funcionalmente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que asimismo la Ley N° 2.894 en su Artículo 57 establece que el Instituto Superior de

Seguridad Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar

funcionalmente al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as

responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y

estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del

sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los

asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en

materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad

de oportunidades, mérito y capacidad;

Que mediante la Resolución N° 1133/MJYSGC/09 el Sr. Ministro de Justicia y

Seguridad asumió las facultades y funciones de Rector del Instituto Superior de

Seguridad Pública, hasta tanto se designara a su titular;

Que en ese contexto y en virtud de las facultades conferidas por la mencionada

Resolución N° 1133/MJYSGC/09 se dictó la Resolución N° 1183/MJYSGC/09 por la

cual a través de su Artículo 2 se aprobaron los cursos de capacitación detallados en el

Anexo II de la misma;

Que dicho Anexo ilustra sobre el "Curso de Conductores para Oficiales con

Experiencia", "Curso de Conductores para Oficiales sin Experiencia", "Curso de

Adaptación a la Conducción de Flota Pesada", "Curso de Motociclista Policial para

Oficiales con Experiencia" y "Curso de Motociclista Policial para Oficiales sin

Experiencia";

Que asimismo por el Artículo 3 de la Resolución N° 1183/MJYSGC/09 se designó al

personal individualizado en el Anexo III para el dictado de los citados cursos;

Que la Ley N° 2.895 establece los principios básicos para la capacitación, formación e

investigación científica y técnica en materia de seguridad pública y la formación y

capacitación del personal policial;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública a través de

la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados y la

producción de conocimientos científicos y técnicos sobre la seguridad;

Que asimismo el Artículo 7 de la mencionada Ley N° 2.895 dispone que la formación y

capacitación en general tiende a la profesionalización y especialización del

desempeño policial de acuerdo a la función específica de cada uno de los cargos que

ejerciera el/la oficial a lo largo de la carrera policial. El plan de formación y

capacitación se desarrolla teniendo en cuenta las competencias funcionales

necesarias para el desempeño eficiente del cargo;

Que en ese entendimiento y luego de una evaluación de la experiencia recogida desde

el dictado de la Resolución N° 1183/MJYSGC/09 hasta la fecha se advierte la

necesidad de actualizar y agiornar el contenido curricular de los cursos aprobados

mediante el citado acto administrativo;

Que sobre esas bases se introdujeron las modificaciones pertinentes para adecuar los

contenidos a las nuevas necesidades de capacitación de la fuerza a la vez que se

crean espacios curriculares diferenciados que apuntan a completar las instrucciones

en temáticas operativas específicas;

Que como consecuencia de ello son elevados a consideración de esta instancia para

su aprobación el "Curso Regular de Patrulleros para Cadetes", el "Curso Regular de

Patrulleros", el "Curso de Motociclista Policial para Oficiales con Experiencia", el

"Curso de Motociclista Escoltas de Protección", el "Curso de Cuatriciclo", el "Curso de

Adaptación a Flota Pesada", el "Curso Básico de Protección de Dignatarios", el "Curso

de Guía de Canes Detectores de Explosivos", el "Curso de Guía de Canes Detectores

de Narcóticos", el "Curso de Guía de Canes de Seguridad", el "Curso de Encargado de

Salas de Armas", el "Curso de Operador Básico de Armas Policiales", el "Curso de

Operador Básico de Escopeta", el "Curso de Operador Avanzado de Escopeta" y el

"Curso de Tiro Virtual";

Que los mentados Cursos tienen como eje la continua necesidad de capacitación y

actualización en las labores propias del servicio policial, intrínsecamente relacionada

con los aspectos inherentes a la seguridad pública;

Que en virtud de las tareas que desarrolla la Policía Metropolitana dentro del ejido de

esta Ciudad se impone que el personal policial destinado a conducir vehículos de la

mencionada fuerza, se encuentre debidamente capacitado para desarrollar tal función;

Que por lo expuesto corresponde dejar sin efecto los Artículos 2 y 3 de la Resolución

N° 1183/MJYSGC/09 dictada en uso de las facultades conferidas por la Resolución N°

1133/MJYSGC/09 y aprobar las características y contenidos de los cursos arriba

mencionados.

Por ello en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley N° 2.895,

LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Dejar sin efecto los Artículos 2 y 3 de la Resolución N° 1183/MJYSGC/09

dictada en uso de las facultades conferidas por la Resolución N° 1133/MJYSGC/09.

Artículo 2.- Aprobar el "Curso Regular de Patrulleros para Cadetes" cuyas

características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo I forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Aprobar el "Curso Regular de Patrulleros" cuyas características y contenido

obran en el cuadernillo que como Anexo II forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 4.- Aprobar el "Curso de Motociclista Policial para Oficiales con Experiencia"

cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo III forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 5.- Aprobar el "Curso de Motociclista Escoltas de Protección" cuyas

características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo IV forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 6.- Aprobar el "Curso de Cuatriciclo" cuyas características y contenido obran

en el cuadernillo que como Anexo V forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 7.- Aprobar el "Curso de Adaptación a Flota Pesada" cuyas características y

contenido obran en el cuadernillo que como Anexo VI forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 8.- Aprobar el "Curso Básico de Protección de Dignatarios" cuyas

características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo VII forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 9.- Aprobar el "Curso de Guía de Canes Detectores de Explosivos" cuyas

características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo VIII forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 10.- Aprobar el "Curso de Guía de Canes Detectores de Narcóticos" cuyas

características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo IX forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 11.- Aprobar el "Curso de Guía de Canes de Seguridad" cuyas características

y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo X forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 12.- Aprobar el "Curso de Encargado de Salas de Armas" cuyas

características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo XI forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 13.- Aprobar el "Curso de Operador Básico de Armas Policiales" cuyas

características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo XII forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 14.- Aprobar el "Curso de Operador Básico de Escopeta" cuyas características

y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo XIII forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 15.- Aprobar el "Curso de Operador Avanzado de Escopeta" cuyas

características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo XIV forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 16.- Aprobar el "Curso de Tiro Virtual" cuyas características y contenido obran

en el cuadernillo que como Anexo XV forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 17.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad y al Sr. Jefe de la Policía

Metropolitana, para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de

Administración de la Policía Metropolitana y a la Dirección General de Administración

de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana. Cumplido, archívese. De Langhe


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3937

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 13-ISSP/24 deja sin efecto el “Curso Regular de Patrulleros” aprobado mediante el artículo 2° de la Resolución N° 168-ISSP/21, modificatoria de la Resolución N° 82-ISSP/12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución 272-ISSP/21 deja sin efecto el “Curso de Adaptación a Flota Pesada” aprobado por el artículo 7° de la Resolución N° 82-ISSP/12.</p><p>Artículo 2° aprueba el “Curso de Adaptación a Flota Pesada para Transporte de Personas”.</p><p>Artículo 3° aprueba el “Curso de Adaptación a Flota Pesada de más de 3.500 KG”.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 240/ISSP/21, deja sin efecto el “Curso de Cuatriciclo” aprobado por el artículo 6 de la Resolución 82/ISSP/12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 238/ISSP/21 deja sin efecto  el Curso de Motociclista Escoltas de Protección aprobado<br />por el artículo 5 de la Resolución N° 82/ISSP/12.</p><p>Art. 2 aprueba el Curso de Motociclista Policial para Escolta de Protección.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 212-ISSP/21 deja sin efecto el “Curso de Motociclista Policial para Oficiales con Experiencia”, el cual aprobado por el artículo 4 de la Resolución N° 82-ISSP12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 168-ISSP/21 deja sin efecto el “Curso Regular de Patrullero para cadetes” y el “Curso Regular de Patrulleros” aprobados respectivamente por los artículos 2 y 3 de la Resolución N° 82-ISSP/12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 142/ISSP/21 deja sin efecto el Curso de Tiro Virtual aprobado por el artículo 16 de la<br />Resolución 82/ISSP12.</p><p>Art. 2 aprueba el Curso de Tiro Virtual,</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 143-ISSP/21 deja sin efecto el “Curso de Operador Básico de Armas Policiales”, aprobado por Resolución N° 82-ISSP/12.</p><p>Art. 2 aprueba el Curso de Operador de Armas Cortas Policiales. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 140-ISSP/21 deja sin efecto el Curso de Operador Avanzado de Escopeta aprobado por el Art. 15 de la Resolución 82/ISSP12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 141-ISSP/21 deja sin efecto el “Curso de Operador Básico de Escopeta” aprobado por el artículo 14 de la Resolución N° 82-ISSP/12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 135-ISSP/21 deja sin efecto el Curso de Encargado de Sala de Armas, aprobado por el Art. 12 de la Resolución  82/ISSP/12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución 146-ISSP-17 deja sin efecto el Art. 8 de la Resolución 82-ISSP-12.</p>
INTEGRADA POR
Art 1 de la Disp 36-SGISSP-14 establece el costo de la hora cátedra del Curso Básico de Protección de Dignatarios, aprobado por Art 8 de la Res 82-ISSP-12
MODIFICADA POR
Artículo 1 de la Resolución 105-ISSP-14, deja sin efecto el requisito de admisión relativo a la aprobación de los exámenes psicomotriz y psicotécnico en el Gabinete de la Escuela de Conductores establecido en los Anexos II a VI de la Resolución 82-ISSP-12.
MODIFICA
Artículo 1 de la Resolución 82-ISSP-12, deja sin efecto los artículos 2 y 3 de la Resolución 1183-MJYSGC-09.
COMPLEMENTADA POR
Disp.23-SGISSP-13 Establece precio de la hora cátedra Curso Guía de Canes Detectores de Narcóticos, aprobado por Res. 82-ISSP-12
INTEGRADA POR
Res.24-SGISSP-13 fija aranceles para el curso de Guía de Canes de Seguridad, aprobado por res. 82-ISSP-82
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución 14-ISSP-20 deja  sin efecto el Curso de Guía de Canes Detectores de Narcóticos aprobado por artículo 10 Resolución 82-ISSP-12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 13-ISSP-20 deja sin efecto el Curso de Guía de Canes Detectores de Explosivos, aprobado por el Art. 9 de la Resolución 82-ISSP-12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución 15-ISSP-20 deja sin efecto el Curso de Guía de Canes de Seguridad aprobado por art. 11 Resolución 82-ISSP-12.</p>