RESOLUCIÓN 82 2012 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO LOS ARTÍCULOS 2 Y 3 DE LA RESOLUCIÓN 1183-MJYSGC-09 - APRUEBA CURSOS - CURSO REGULAR DE PATRULLEROS PARA CADETES - CURSO REGULAR DE PATRULLEROS - CURSO DE MOTOCICLISTA POLICIAL PARA OFICIALES CON EXPERIENCIA - CURSO DE MOTOCICLISTA ESCOLTAS DE PROTECCIÓN - CURSO DE CUATRICICLO - CURSO DE ADAPTACIÓN A FLOTA PESADA - CURSO BÁSICO DE PROTECCIÓN DE DIGNATARIOS - CURSO DE GUÍA DE CANES DETECTORES DE EXPLOSIVOS - CURSO DE GUÍA DE CANES DETECTORES DE NARCÓTICOS - CURSO DE GUÍA DE CANES DE SEGURIDAD - CURSO DE ENCARGADO DE SALAS DE ARMAS - CURSO DE OPERADOR BÁSICO DE ARMAS POLICIALES - CURSO DE OPERADOR BÁSICO DE ESCOPETA - CURSO DE OPERADOR AVANZADO DE ESCOPETA - CURSO DE TIRO VIRTUAL - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICO
Publicación:
22/06/2012
Sanción:
13/06/2012
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO:
Las Leyes N° 2.894, N° 2.895, las Resoluciones N° 1133/MJYSGC/09, N°
1183/MJYSGC/09, el Expediente N° 1174723/12, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de
Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y encomienda al
Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción
política e institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana y el Instituto
Superior de Seguridad Pública;
Que consecuentemente el Artículo 56 de la mencionada Ley de Seguridad Pública
crea el Instituto Superior de Seguridad Pública como ente autárquico, dependiente
orgánica y funcionalmente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo la Ley N° 2.894 en su Artículo 57 establece que el Instituto Superior de
Seguridad Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar
funcionalmente al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as
responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y
estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del
sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los
asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en
materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad
de oportunidades, mérito y capacidad;
Que mediante la Resolución N° 1133/MJYSGC/09 el Sr. Ministro de Justicia y
Seguridad asumió las facultades y funciones de Rector del Instituto Superior de
Seguridad Pública, hasta tanto se designara a su titular;
Que en ese contexto y en virtud de las facultades conferidas por la mencionada
Resolución N° 1133/MJYSGC/09 se dictó la Resolución N° 1183/MJYSGC/09 por la
cual a través de su Artículo 2 se aprobaron los cursos de capacitación detallados en el
Anexo II de la misma;
Que dicho Anexo ilustra sobre el "Curso de Conductores para Oficiales con
Experiencia", "Curso de Conductores para Oficiales sin Experiencia", "Curso de
Adaptación a la Conducción de Flota Pesada", "Curso de Motociclista Policial para
Oficiales con Experiencia" y "Curso de Motociclista Policial para Oficiales sin
Experiencia";
Que asimismo por el Artículo 3 de la Resolución N° 1183/MJYSGC/09 se designó al
personal individualizado en el Anexo III para el dictado de los citados cursos;
Que la Ley N° 2.895 establece los principios básicos para la capacitación, formación e
investigación científica y técnica en materia de seguridad pública y la formación y
capacitación del personal policial;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública a través de
la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados y la
producción de conocimientos científicos y técnicos sobre la seguridad;
Que asimismo el Artículo 7 de la mencionada Ley N° 2.895 dispone que la formación y
capacitación en general tiende a la profesionalización y especialización del
desempeño policial de acuerdo a la función específica de cada uno de los cargos que
ejerciera el/la oficial a lo largo de la carrera policial. El plan de formación y
capacitación se desarrolla teniendo en cuenta las competencias funcionales
necesarias para el desempeño eficiente del cargo;
Que en ese entendimiento y luego de una evaluación de la experiencia recogida desde
el dictado de la Resolución N° 1183/MJYSGC/09 hasta la fecha se advierte la
necesidad de actualizar y agiornar el contenido curricular de los cursos aprobados
mediante el citado acto administrativo;
Que sobre esas bases se introdujeron las modificaciones pertinentes para adecuar los
contenidos a las nuevas necesidades de capacitación de la fuerza a la vez que se
crean espacios curriculares diferenciados que apuntan a completar las instrucciones
en temáticas operativas específicas;
Que como consecuencia de ello son elevados a consideración de esta instancia para
su aprobación el "Curso Regular de Patrulleros para Cadetes", el "Curso Regular de
Patrulleros", el "Curso de Motociclista Policial para Oficiales con Experiencia", el
"Curso de Motociclista Escoltas de Protección", el "Curso de Cuatriciclo", el "Curso de
Adaptación a Flota Pesada", el "Curso Básico de Protección de Dignatarios", el "Curso
de Guía de Canes Detectores de Explosivos", el "Curso de Guía de Canes Detectores
de Narcóticos", el "Curso de Guía de Canes de Seguridad", el "Curso de Encargado de
Salas de Armas", el "Curso de Operador Básico de Armas Policiales", el "Curso de
Operador Básico de Escopeta", el "Curso de Operador Avanzado de Escopeta" y el
"Curso de Tiro Virtual";
Que los mentados Cursos tienen como eje la continua necesidad de capacitación y
actualización en las labores propias del servicio policial, intrínsecamente relacionada
con los aspectos inherentes a la seguridad pública;
Que en virtud de las tareas que desarrolla la Policía Metropolitana dentro del ejido de
esta Ciudad se impone que el personal policial destinado a conducir vehículos de la
mencionada fuerza, se encuentre debidamente capacitado para desarrollar tal función;
Que por lo expuesto corresponde dejar sin efecto los Artículos 2 y 3 de la Resolución
N° 1183/MJYSGC/09 dictada en uso de las facultades conferidas por la Resolución N°
1133/MJYSGC/09 y aprobar las características y contenidos de los cursos arriba
mencionados.
Por ello en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley N° 2.895,
Artículo 1.- Dejar sin efecto los Artículos 2 y 3 de la Resolución N° 1183/MJYSGC/09
dictada en uso de las facultades conferidas por la Resolución N° 1133/MJYSGC/09.
Artículo 2.- Aprobar el "Curso Regular de Patrulleros para Cadetes" cuyas
características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo I forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Aprobar el "Curso Regular de Patrulleros" cuyas características y contenido
obran en el cuadernillo que como Anexo II forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 4.- Aprobar el "Curso de Motociclista Policial para Oficiales con Experiencia"
cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo III forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 5.- Aprobar el "Curso de Motociclista Escoltas de Protección" cuyas
características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo IV forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 6.- Aprobar el "Curso de Cuatriciclo" cuyas características y contenido obran
en el cuadernillo que como Anexo V forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 7.- Aprobar el "Curso de Adaptación a Flota Pesada" cuyas características y
contenido obran en el cuadernillo que como Anexo VI forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 8.- Aprobar el "Curso Básico de Protección de Dignatarios" cuyas
características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo VII forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 9.- Aprobar el "Curso de Guía de Canes Detectores de Explosivos" cuyas
características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo VIII forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 10.- Aprobar el "Curso de Guía de Canes Detectores de Narcóticos" cuyas
características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo IX forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 11.- Aprobar el "Curso de Guía de Canes de Seguridad" cuyas características
y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo X forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 12.- Aprobar el "Curso de Encargado de Salas de Armas" cuyas
características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo XI forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 13.- Aprobar el "Curso de Operador Básico de Armas Policiales" cuyas
características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo XII forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 14.- Aprobar el "Curso de Operador Básico de Escopeta" cuyas características
y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo XIII forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 15.- Aprobar el "Curso de Operador Avanzado de Escopeta" cuyas
características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo XIV forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 16.- Aprobar el "Curso de Tiro Virtual" cuyas características y contenido obran
en el cuadernillo que como Anexo XV forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 17.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad y al Sr. Jefe de la Policía
Metropolitana, para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de
Administración de la Policía Metropolitana y a la Dirección General de Administración
de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana. Cumplido, archívese. De Langhe
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3937