RESOLUCIÓN 135 2021 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO Y SE APRUEBA EL CURSO DE ENCARGADO DE SALA DE ARMAS - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - CAPACITACIÓN DE AGENTES - POLICÍA DE LA CIUDAD
Publicación:
22/06/2021
Sanción:
10/06/2021
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: La ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°
6.395, la Resolución N° 82/ISSP/12, la Notas N° 15449028/DCEISSP/20 y N°
17472293/SAISSP/21, el Expediente Electrónico N° 15507819/SGISSP/21, y
CONSIDERANDO:
Que la ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°
6.395, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema
Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente
a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, y para la formulación, implementación y control de las políticas y
estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública, y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados, entre los que se encuentra la Policía de la Ciudad;
Que el artículo 68 de la citada ley, prescribe que la Policía de la Ciudad cumple
funciones de seguridad general, prevención, investigación de los delitos, protección y
resguardo de personas y bienes, y de auxiliar de la justicia;
Que entre los derechos esenciales del personal policial se encuentra la capacitación
permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores policiales, y entre
sus deberes y obligaciones, se encuentra el de asistir a las actividades de
capacitación, actualización, entrenamiento y especialización que establezca este
Instituto;
Que conforme establece el artículo 372, la formación y capacitación en general, tiende
a la profesionalización y especialización del desempeño policial de acuerdo a la
función específica de cada uno de los cargos que ejerciera el oficial a lo largo de la
carrera policial. Asimismo, el plan de formación y capacitación se desarrolla teniendo
en cuenta las competencias funcionales necesarias para el desempeño eficiente del
cargo;
Que la capacitación consiste en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y
actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional, y está asentada en
la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de las tareas
básicas propias de los perfiles y especialidades policiales, como surge del artículo 375;
Que con el objetivo de satisfacer adecuadamente las demandas de seguridad, la
Policía de la Ciudad cuenta en sus dependencias con personal que se desempeña
como encargado de sala de armas, efectuando el mantenimiento preventivo, tal como
las reparaciones que sean necesarias en las armas que utiliza la dotación;
Que mediante el artículo 12 de la Resolución N° 82/ISSP/12, se aprobó el "Curso de
Encargado de Sala de Armas";
Que por medio de la Nota N° 15449028/DCEISSP/21, desde el Departamento de
Especialización Policial, dada la experiencia colectada en el dictado del mentado
curso, y considerando el nuevo armamento incorporado a la fuerza, se requirió una
actualización de los contenidos del mismo, en aras de perfeccionar la capacitación que
se imparte a los encargados de sala de armas de la Policía de la Ciudad, para
garantizar el debido desarrollo de sus labores en las dependencias policiales,
elevando un proyecto al efecto;
Que analizado el proyecto, y con las adecuaciones efectuadas desde la Secretaría
Académica, por Nota N° 17472293/SAISSP/21, se remitió a consideración de esta
instancia la propuesta de un nuevo "Curso de Encargado de Sala de Armas";
Que este curso es superador en su diseño curricular y contenidos al vigente, en tanto
se introducen cuestiones sugeridas por la experiencia, actualizando los contenidos y
profundizando nuevas temáticas, en pos de una formación de excelencia que
profesionalizaría al encargado de sala de armas, bregando por un desarrollo eficaz y
eficiente de sus funciones;
Que a la luz de lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el artículo 12 de la
Resolución N° 82/ISSP12, y proceder a la aprobación este nuevo curso.
Por ello, en uso de las facultades que son propias,
Artículo 1.- Dejar sin efecto el "Curso de Encargado de Sala de Armas", aprobado por
el artículo 12 de la Resolución N° 82/ISSP12.
Artículo 2: Aprobar el "Curso de Encargado de Sala de Armas", cuyo programa y
contenidos obran en el Anexo que como IF-17594519-ISSP-2021 forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Jefatura de la Policía de la
Ciudad de Buenos Aires, a la Secretaría Académica y a la Secretaría General del
Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. Unrein