RESOLUCIÓN 143 2021 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - CURSO DE OPERADOR BÁSICO DE ARMAS POLICIALES - APROBADO POR RESOLUCIÓN 82-ISSP-12 - SE APRUEBA - CURSO ARMAS CORTAS POLICIALES - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA
Publicación:
01/07/2021
Sanción:
24/06/2021
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: La ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°
6.395, la Resolución N° 82/ISSP/12, la Notas N° 15450008/DCEISSP/21 y N°
17723037/SAISSP/21, el Expediente Electrónico N° 15509188/SGISSP/21, y
CONSIDERANDO:
Que la ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°
6.395, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema
Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente
a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, y para la formulación, implementación y control de las políticas y
estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública, y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados, entre los que se encuentra la Policía de la Ciudad;
Que el artículo 68 de la citada ley, prescribe que la Policía de la Ciudad cumple
funciones de seguridad general, prevención, investigación de los delitos, protección y
resguardo de personas y bienes, y de auxiliar de la justicia;
Que entre los derechos esenciales del personal policial se encuentra la capacitación
permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores policiales, y entre
sus deberes y obligaciones, se encuentra el de asistir a las actividades de
capacitación, actualización, entrenamiento y especialización que establezca este
Instituto;
Que conforme establece el artículo 372, la formación y capacitación en general, tiende
a la profesionalización y especialización del desempeño policial de acuerdo a la
función específica de cada uno de los cargos que ejerciera el oficial a lo largo de la
carrera policial. Asimismo, el plan de formación y capacitación se desarrolla teniendo
en cuenta las competencias funcionales necesarias para el desempeño eficiente del
cargo;
Que la capacitación consiste en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y
actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional, y está asentada en
la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de las tareas
básicas propias de los perfiles y especialidades policiales, como surge del artículo 375;
Que con el objetivo de satisfacer adecuadamente las demandas de seguridad, la
Policía de la Ciudad cuenta entre su equipamiento con armas de fuego cortas
brindadas por la Institución;
Que por el artículo 13 de la Resolución N° 82/ISSP/12, se aprobó el "Curso de
Operador Básico de Armas Policiales";
Que por medio de la Nota N° 15450008/DCEISSP/21, desde el Departamento de
Especialización Policial, dada la experiencia colectada en el dictado del mentado
curso, y considerando la necesidad de profundizar determinados temas e incorporar
contenidos -como cuestiones propias de primeros auxilios-, se requirió una
actualización del mismo en aras de perfeccionar la capacitación que sobre el particular,
se imparte al personal de la Policía de la Ciudad, a efectos de dotarlo de todas las
herramientas necesarias para su debido uso en el desarrollo de sus labores, elevando
un proyecto con una nueva denominación al efecto;
Que analizada la propuesta y con las adecuaciones efectuadas desde la Secretaría
Académica, por Nota N° 17723037/SAISSP/21, se remitió a consideración de esta
instancia la propuesta de "Curso de Operador de Armas Cortas Policiales";
Que este curso es superador en su diseño curricular y contenidos al vigente, en tanto
se introducen cuestiones sugeridas por la experiencia, actualizando los contenidos y
profundizando nuevas temáticas en aras de brindar una formación de excelencia, que
profesionaliza al personal policial bregando por un desarrollo adecuado, seguro, eficaz
y eficiente de sus funciones;
Que a la luz de lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el artículo 13 de la
Resolución N° 82/ISSP12 y proceder a aprobar este nuevo Curso.
Por ello, en uso de las facultades que son propias,
Artículo 1.- Dejar sin efecto el "Curso de Operador Básico de Armas Policiales"
aprobado por el artículo 13 de la Resolución N° 82/ISSP12.
Artículo 2: Aprobar el "Curso de Operador de Armas Cortas Policiales", cuyo programa
y contenidos obran en el Anexo que como IF-17935931-ISSP-2021, forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Jefatura de la Policía de la
Ciudad de Buenos Aires, al Departamento de Especialización Policial, la Secretaría
Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. Unrein