RESOLUCIÓN 143 2021 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - CURSO DE OPERADOR BÁSICO DE ARMAS POLICIALES - APROBADO POR RESOLUCIÓN 82-ISSP-12 - SE APRUEBA - CURSO ARMAS CORTAS POLICIALES - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

Publicación:

01/07/2021

Sanción:

24/06/2021

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688


VISTO: La ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°

6.395, la Resolución N° 82/ISSP/12, la Notas N° 15450008/DCEISSP/21 y N°

17723037/SAISSP/21, el Expediente Electrónico N° 15509188/SGISSP/21, y

CONSIDERANDO:

Que la ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°

6.395, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema

Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente

a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, y para la formulación, implementación y control de las políticas y

estrategias de seguridad pública;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública, y órgano

rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados, entre los que se encuentra la Policía de la Ciudad;

Que el artículo 68 de la citada ley, prescribe que la Policía de la Ciudad cumple

funciones de seguridad general, prevención, investigación de los delitos, protección y

resguardo de personas y bienes, y de auxiliar de la justicia;

Que entre los derechos esenciales del personal policial se encuentra la capacitación

permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores policiales, y entre

sus deberes y obligaciones, se encuentra el de asistir a las actividades de

capacitación, actualización, entrenamiento y especialización que establezca este

Instituto;

Que conforme establece el artículo 372, la formación y capacitación en general, tiende

a la profesionalización y especialización del desempeño policial de acuerdo a la

función específica de cada uno de los cargos que ejerciera el oficial a lo largo de la

carrera policial. Asimismo, el plan de formación y capacitación se desarrolla teniendo

en cuenta las competencias funcionales necesarias para el desempeño eficiente del

cargo;

Que la capacitación consiste en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y

actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional, y está asentada en

la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de las tareas

básicas propias de los perfiles y especialidades policiales, como surge del artículo 375;

Que con el objetivo de satisfacer adecuadamente las demandas de seguridad, la

Policía de la Ciudad cuenta entre su equipamiento con armas de fuego cortas

brindadas por la Institución;

Que por el artículo 13 de la Resolución N° 82/ISSP/12, se aprobó el "Curso de

Operador Básico de Armas Policiales";

Que por medio de la Nota N° 15450008/DCEISSP/21, desde el Departamento de

Especialización Policial, dada la experiencia colectada en el dictado del mentado

curso, y considerando la necesidad de profundizar determinados temas e incorporar

contenidos -como cuestiones propias de primeros auxilios-, se requirió una

actualización del mismo en aras de perfeccionar la capacitación que sobre el particular,

se imparte al personal de la Policía de la Ciudad, a efectos de dotarlo de todas las

herramientas necesarias para su debido uso en el desarrollo de sus labores, elevando

un proyecto con una nueva denominación al efecto;

Que analizada la propuesta y con las adecuaciones efectuadas desde la Secretaría

Académica, por Nota N° 17723037/SAISSP/21, se remitió a consideración de esta

instancia la propuesta de "Curso de Operador de Armas Cortas Policiales";

Que este curso es superador en su diseño curricular y contenidos al vigente, en tanto

se introducen cuestiones sugeridas por la experiencia, actualizando los contenidos y

profundizando nuevas temáticas en aras de brindar una formación de excelencia, que

profesionaliza al personal policial bregando por un desarrollo adecuado, seguro, eficaz

y eficiente de sus funciones;

Que a la luz de lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el artículo 13 de la

Resolución N° 82/ISSP12 y proceder a aprobar este nuevo Curso.

Por ello, en uso de las facultades que son propias,

EL DIRECTOR

DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Dejar sin efecto el "Curso de Operador Básico de Armas Policiales"

aprobado por el artículo 13 de la Resolución N° 82/ISSP12.

Artículo 2: Aprobar el "Curso de Operador de Armas Cortas Policiales", cuyo programa

y contenidos obran en el Anexo que como IF-17935931-ISSP-2021, forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Jefatura de la Policía de la

Ciudad de Buenos Aires, al Departamento de Especialización Policial, la Secretaría

Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública.

Cumplido, archívese. Unrein


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6160

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 143-ISSP/21 deja sin efecto el “Curso de Operador Básico de Armas Policiales”, aprobado por Resolución N° 82-ISSP/12.</p><p>Art. 2 aprueba el Curso de Operador de Armas Cortas Policiales. </p>