RESOLUCIÓN 212 2021 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - ARTÍCULO 4 - RESOLUCIÓN 82-ISSP-12 - SE APRUEBA - CURSO DE MOTOCICLISTA POLICIAL - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - CAPACITACIÓN DEL PERSONAL - AGENTES DE POLICÍA
Publicación:
07/09/2021
Sanción:
02/09/2021
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: La ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°
6.395, la Resolución N° 82/ISSP/12, la Notas N° 20377794/DCEISSP/21 y N°
25723982/SAISSP/21, el Expediente Electrónico N° 22574079/SGISSP/21, y
CONSIDERANDO:
Que la ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°
6.395, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema
Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente
a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, y para la formulación, implementación y control de las políticas y
estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados, entre los que se encuentra la Policía de la Ciudad;
Que el artículo 68 de la citada ley, prescribe que la Policía de la Ciudad cumple
funciones de seguridad general, prevención, investigación de los delitos, protección y
resguardo de personas y bienes, y de auxiliar de la justicia;
Que entre los derechos esenciales del personal policial se encuentra la capacitación
permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores policiales, y entre
sus deberes y obligaciones, se encuentra el de asistir a las actividades de
capacitación, actualización, entrenamiento y especialización que establezca este
Instituto;
Que conforme establece el artículo 372, la formación y capacitación en general, tiende
a la profesionalización y especialización del desempeño policial de acuerdo a la
función específica de cada uno de los cargos que ejerciera el oficial a lo largo de la
carrera policial. Asimismo, el plan de formación y capacitación se desarrolla teniendo
en cuenta las competencias funcionales necesarias para el desempeño eficiente del
cargo;
Que la capacitación consiste en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y
actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional, y está asentada en
la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de las tareas
básicas propias de los perfiles y especialidades policiales, como surge del artículo 375;
Que con el objetivo de satisfacer adecuadamente las demandas de seguridad local, la
Policía de la Ciudad cuenta entre su equipamiento con motocicletas brindadas por la
institución resultando indispensable mantener capacitado al personal para su debido
uso;
Que el artículo 4 de la Resolución N° 82/ISSP/12 aprobó el "Curso de Motociclista
Policial para Oficiales con Experiencia";
Que la experiencia colectada en su dictado, la necesidad de actualizar, adecuar y
reorganizar sus contenidos, su denominación, como la mención de sus destinatarios,
ahora la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, e incluir a los cadetes del Curso de
Formación Inicial, ha llevado a promover el diseño de una nueva capacitación;
Que atendiendo a las cuestiones mencionadas, se ha trabajado en la mejora y
perfeccionamiento de la capacitación a efectos de lograr una preparación adecuada en
el uso de la motocicleta, para los alumnos del Curso de Formación Inicial para
Aspirante a Oficial de Policía de la Ciudad "Tecnicatura Superior en Seguridad
Pública - Oficial de Policía", como para el personal policial en funciones;
Que en tal sentido, mediante Nota N° 20377794/DCEISSP/21 el Sr. Responsable del
Departamento de Especialización Policial, elevó al Sr. Secretario Académico del
Instituto Superior de Seguridad Pública, un proyecto de "Curso de Motociclista
Policial";
Que analizado el proyecto con las adecuaciones efectuadas desde la Secretaría
Académica, por Nota N° 25723982//SAISSP/21 se elevó a consideración de esta
instancia la propuesta de un nuevo "Curso de Motociclista Policial" a efectos que de
estimarlo pertinente proceda a su aprobación, dejando sin efecto el "Curso de
Motociclista Policial para Oficiales con Experiencia" aprobado por el artículo 4 de la
Resolución N° 82/ISSP/12;
Que este curso es superador en su diseño curricular al vigente, en tanto se introducen
cuestiones sugeridas por la experiencia, se adecuan los destinatarios y se actualizan
los contenidos en aras de brindar una formación de excelencia al cadete y de
profesionalizar al personal policial, bregando por el uso adecuado, seguro, eficaz y
eficiente de la motocicleta policial en el desarrollo de sus funciones;
Que a la luz de lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el "Curso de Motociclista
Policial para Oficiales con Experiencia" aprobado por el artículo 4 de la Resolución N°
82/ISSP12, y proceder a la aprobación de este nuevo Curso.
Por ello, en uso de las facultades que son propias,
Artículo 1.- Dejar sin efecto el "Curso de Motociclista Policial para Oficiales con
Experiencia" aprobado por el artículo 4 de la Resolución N° 82/ISSP12.
Artículo 2: Aprobar el "Curso de Motociclista Policial", cuyo programa y contenidos
obran en el Anexo que como IF-26181905-ISSP-2021, forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Jefatura de la Policía de la
Ciudad de Buenos Aires, al Departamento de Especialización Policial, a la Secretaría
Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. Unrein