RESOLUCIÓN 1183 2009 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

FE DE ERRATAS - APRUEBA - REGLAMENTO PARA OTORGAR USO DE LICENCIA DE CONDUCIR VEHÍCULOS DE LA POLICÍA METROPOLITANA - CURSOS DE CAPACITACIÓN LOS CUALES SE DICTARÁN EN EL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - DESIGNA PERSONAL PARA SU

Publicación:

21/12/2009

Sanción:

10/12/2009

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO: Las Leyes N° 2.894 y N° 2.895, la Resolución N° 1.133-MJYSGC/09, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.894 de Seguridad Pública establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aries y encomienda al Jefe de Gobierno en su carácter de titular del Poder Ejecutivo, la conducción político-institucional de dicho sistema de seguridad;

Que la Ley N° 2.895 incorpora los principios básicos para la capacitación, formación, investigación científica y técnica en materia de seguridad pública para el personal con y sin estado policial de la Policía Metropolitana y de todas aquellas personas que intervengan en procesos de formación de políticas públicas en materia de seguridad, así como también en la prestación del servicio de seguridad en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, dicho plexo normativo indica que la capacitación de los/as oficiales de la Policía Metropolitana debe estar articulada en función de núcleos que se constituyen como pautas de formación de la estructura pedagógica y curricular, entre los que señala al personal policial destinado a la capacitación especializada en relación con las actividades que habitualmente desarrolla el/la oficial dentro de la Institución, a través de la adquisición de conocimientos, habilidades y aptitudes especiales relacionadas con la seguridad, investigaciones, operaciones especiales, inteligencia criminal y logística policial;

Que también cita el eje referido a la continua y generalizada necesidad de actualización en las labores propias del servicio policial, intrínsecamente relacionada con los aspectos inherentes a la seguridad pública;

Que en virtud de las tareas que desarrollara la Policía Metropolitana dentro del ejido de esta Ciudad, corresponde que el personal policial destinado a conducir vehículos de esta fuerza policial, se encuentre debidamente habilitado para desarrollar tal función;

Que la citada habilitación presupone que al personal policial se le reconozca el requisito de idoneidad exigido en la normativa legal vigente;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública resulta el órgano competente para el dictado de los cursos de capacitación y la emisión de los certificados que acrediten su aprobación, garantizando así, el cumplimiento de los requisitos necesarios.

Por ello en uso de las facultades conferidas en las Leyes N° 2.894, N° 2.895 y lo dispuesto en la Resolución N° 1.133-MJYSGC/09,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el Reglamento para el Otorgamiento y Uso de la Licencia de Conducir Vehículos de la Policía Metropolitana, que como Anexo I, forma parte integrante de la presenta Resolución.

Artículo 2°.- Apruébense los cursos de capacitación detallados en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Resolución, que serán dictados en el Instituto Superior de Seguridad Pública.

Artículo 3°.- Desígnase al personal para el dictado de los cursos, que en base a las pautas del reglamento aprobado, se detalla en el Anexo III que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Metropolitana, al Instituto Superior de Seguridad Pública y a la Unidad de Organización Administrativa de la Policía Metropolitana. Cumplido, archívese.


El presente texto tiene incorporada la fe de erratas publicada en el BOCBA 3370 del 01/03/2010


ANEXOS


El Anexo puede consultarse en la Separata del BOCBA 3370 del 01/03/2010

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Artículo 1 de la Resolución 82-ISSP-12, deja sin efecto los artículos 2 y 3 de la Resolución 1183-MJYSGC-09.
REGLAMENTA
<p>La Res 1183-MJYSGC-09 aprueba el Reglamento para otorgar uso de licwencia de conducir vehículos de la policía Metropolitana e el marco de la Res 1133-MJYSGC-09</p>
INTEGRADA POR
Res. 344-MJYSGC-10 Los agentes que se desempeñen como choferes de la Pol. Metropolitana serán designados conforme los requisitos establecidos en la Res. 1183-MJYSGC-09
MODIFICADA POR
Art 1 de la Res 871-MJYS-10 Autoriza al Personal perteneciente a la Policía Metropolitana, sin estado policial, a conducir vehículos pertenecientes a la Policía Metropolitana que no contengan identificación policial visible, quedando modificado Anexo I Art 2 con respecto al ámbito de aplicación del Reglamento.
INTEGRADA POR
Art 2 de la Res 871-MJYS-09 establece que se Cumplimente la Resolución 1.183-MJYS-09, en todas las disposiciones establecidas en la misma, para la implementación de la autorización al Personal perteneciente a la Policía Metropolitana, sin estado policial, a conducir vehículos que no contengan identificación policial visible
MODIFICADA POR
Incorpórase “Procedimiento para el dictado de los Cursos de Conducción de Cuatriciclos de la Policía Metropolitana” al anexo II y deja sin efecto punto 4, inciso b), del art.10 del Anexo I de la Resolución N° 1183/MJYSGC/09.
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 912-MJYS-16 establece que el Reglamento para el Otorgamiento y Uso de la<br />Licencia de Conducir Vehículos de la Policía Metropolitana, aprobado mediante la Resolución 1183-MJYS-09, es<br />aplicable a la Policía de la Ciudad a partir del 1-1-2017.</p>