RESOLUCIÓN 344 2010 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
SE APRUEBA REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS VEHÍCULOS DE LA POLICÍA METROPOLITANA - AUTOMOTORES -AUTOMÓVILES - CUATRICICLOS - UNIDADES HIDRANTES - CAMIONES DE TRASLADO DE DETENIDOS - REMOLQUES - RODADOS - CONDUCTORES - CHOFERES - DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA - LICENCIAS DE CONDUCIR - VIGENCIA - USO INDEBIDO - MANTENIMIENTO - SANCIONES - GUARDA
Publicación:
15/04/2010
Sanción:
09/04/2010
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO: La Ley N° 2.894, el Decreto N° 120/10, el Expediente N° 313485/2010, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana;
Que la mencionada Ley crea la Policía Metropolitana con dependencia jerárquica y funcional del Jefe de Gobierno a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, conforme lo establecido en los Artículos 18 y 20 de la precitada norma;
Que la Ley de Seguridad Pública crea un régimen especial para la organización integral de la Policía Metropolitana en virtud de la especificidad de sus funciones de carácter excluido y diferenciadas del resto de las dependencias del Gobierno de la Ciudad, destacándose, entre otras, aquellas vinculadas a la operatividad y seguridad de los vehículos afectados a su competencia;
Que el Decreto N° 120/10 faculta a la Policía Metropolitana a ...administrar la totalidad del parque automotor perteneciente a ese Organismo y el abastecimiento de los insumos en general para su mantenimiento, coordinando y supervisando la compra de repuestos, el mantenimiento y la reparación del referido parque.;
Que, en ese orden y a efectos de posibilitar el cumplimiento de lo estipulado en el Decreto precitado, mediante los Expedientes N°. 1.311.392/09 y 1.311.350/09 han tramitado las contrataciones del Servicio de mantenimiento de vehículos y del Servicio de provisión de combustible, respectivamente, y a efectos de dotar a la flota vehicular de las herramientas que aseguren su adecuado funcionamiento;
Que en el mismo sentido, resulta menester reglamentar el uso de los vehículos asignados a la Policía Metropolitana, en base a principios de eficiencia y eficacia administrativa;
Que, en la especie, el uso de los vehículos que afectados a la Policía Metropolitana, requieren un tratamiento diferenciado y exclusivo respecto del parque automotor del Gobierno de la Ciudad.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el Reglamento para el Uso de los Vehículos de la Policía Metropolitana, que como Anexo, forma parte integrante de la presenta Resolución.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana, a las Direcciones Generales Administrativa y Legal y de Suministros de la Policía Metropolitana y a la Jefatura de la Policía Metropolitana, la cual procederá a notificar a las Superintendencias dependientes. Cumplido, archívese. Montenegro
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3400