RESOLUCIÓN 344 2010 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE APRUEBA REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS VEHÍCULOS DE LA POLICÍA METROPOLITANA - AUTOMOTORES -AUTOMÓVILES - CUATRICICLOS - UNIDADES HIDRANTES - CAMIONES DE TRASLADO DE DETENIDOS - REMOLQUES -   RODADOS - CONDUCTORES - CHOFERES - DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA -  LICENCIAS DE CONDUCIR - VIGENCIA - USO INDEBIDO - MANTENIMIENTO - SANCIONES - GUARDA

Publicación:

15/04/2010

Sanción:

09/04/2010

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO: La Ley N° 2.894, el Decreto N° 120/10, el Expediente N° 313485/2010, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana;

Que la mencionada Ley crea la Policía Metropolitana con dependencia jerárquica y funcional del Jefe de Gobierno a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, conforme lo establecido en los Artículos 18 y 20 de la precitada norma;

Que la Ley de Seguridad Pública crea un régimen especial para la organización integral de la Policía Metropolitana en virtud de la especificidad de sus funciones de carácter excluido y diferenciadas del resto de las dependencias del Gobierno de la Ciudad, destacándose, entre otras, aquellas vinculadas a la operatividad y seguridad de los vehículos afectados a su competencia;

Que el Decreto N° 120/10 faculta a la Policía Metropolitana a “...administrar la totalidad del parque automotor perteneciente a ese Organismo y el abastecimiento de los insumos en general para su mantenimiento, coordinando y supervisando la compra de repuestos, el mantenimiento y la reparación del referido parque.“;

Que, en ese orden y a efectos de posibilitar el cumplimiento de lo estipulado en el Decreto precitado, mediante los Expedientes N°. 1.311.392/09 y 1.311.350/09 han tramitado las contrataciones del “Servicio de mantenimiento de vehículos“ y del “Servicio de provisión de combustible“, respectivamente, y a efectos de dotar a la flota vehicular de las herramientas que aseguren su adecuado funcionamiento;

Que en el mismo sentido, resulta menester reglamentar el uso de los vehículos asignados a la Policía Metropolitana, en base a principios de eficiencia y eficacia administrativa;

Que, en la especie, el uso de los vehículos que afectados a la Policía Metropolitana, requieren un tratamiento diferenciado y exclusivo respecto del parque automotor del Gobierno de la Ciudad.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el Reglamento para el Uso de los Vehículos de la Policía Metropolitana, que como Anexo, forma parte integrante de la presenta Resolución.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana, a las Direcciones Generales Administrativa y Legal y de Suministros de la Policía Metropolitana y a la Jefatura de la Policía Metropolitana, la cual procederá a notificar a las Superintendencias dependientes. Cumplido, archívese. Montenegro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3400

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 912-MJYS-16 establece que el Reglamento para el Uso de los Vehículos de<br />la Policía Metropolitana, aprobado mediante la Resolución 344-MJYS-10 , es aplicable a la Policía de la Ciudad a partir del 1-1-2017.</p>
INTEGRA
Res. 344-MJYSGC-10 Los agentes que se desempeñen como choferes de la Pol. Metropolitana serán designados conforme los requisitos establecidos en la Res. 1183-MJYSGC-09